Redacción iAgua
Connecting Waterpeople
Agencia Vasca del Agua
CAF
Fundación Biodiversidad
ADECAGUA
AMPHOS 21
ISMedioambiente
Confederación Hidrográfica del Segura
FENACORE
Molecor
EPG Salinas
Rädlinger primus line GmbH
Innovyze, an Autodesk company
GS Inima Environment
Grupo Mejoras
FLOVAC
Filtralite
Fundación CONAMA
Fundación Botín
Saint Gobain PAM
Kamstrup
IAPsolutions
Red Control
Almar Water Solutions
Sivortex Sistemes Integrals
SCRATS
Lama Sistemas de Filtrado
ACCIONA
Hidroglobal
Catalan Water Partnership
Asociación de Ciencias Ambientales
AGS Water Solutions
Centro Nacional de Tecnología de Regadíos (CENTER)
IRTA
Aqualia
Global Omnium
Likitech
RENOLIT ALKORPLAN
Xylem Water Solutions España
Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
s::can Iberia Sistemas de Medición
Ingeteam
KISTERS
Idrica
Barmatec
Vector Energy
ONGAWA
TRANSWATER
TecnoConverting
Schneider Electric
Hach
TEDAGUA
ICEX España Exportación e Inversiones
LACROIX
Laboratorios Tecnológicos de Levante
Cajamar Innova
J. Huesa Water Technology
Sacyr Agua
Hidroconta
HRS Heat Exchangers
AECID
ADASA
Consorcio de Aguas Bilbao Bizkaia
Baseform
Amiblu
ESAMUR
DATAKORUM
Minsait

Se encuentra usted aquí

Se reservan 32.215 metros cuadrados del dominio público marítimo-terrestre para el emisario submarino de la depuradora de Ceuta

Sobre la Entidad

Redacción iAgua
Redacción de iAgua. La web líder en el sector del agua en España y Latinoamérica.

El Consejo de Ministros ha acordado en su reunión de hoy reservar 32.215 metros cuadrados de bienes de dominio público marítimo-terrestre para la realización de las obras del emisario submarino de la estación depuradora de aguas residuales de la Ciudad Autónoma de Ceuta.

Esta reserva se declara, entre otras, con las siguientes condiciones:

  • La duración de la reserva se limitará al tiempo necesario para el cumplimiento de sus fines.
  • La reserva no podrá amparar, en ningún caso, la realización de otros usos y actividades distintas de las que justifican su declaración.
  • Se deberá mantener la servidumbre de tránsito definida en al Ley de Costas, con anchura de 6 metros para uso público y peatonal.
  • Las obras e instalaciones para las que se declare la reserva no podrán ser modificadas, salvo que previamente se tramite la modificación de conformidad con el procedimiento previsto en la Ley de Costas.
  • El órgano encargado de la ejecución de las obras será el responsable de los daños y perjuicios que puedan ocasionar las obras autorizadas, directa o indirectamente, en los terrenos de dominio público marítimo-terrestre, debiendo presentar a estos efectos un proyecto que comprenda las obras necesarias, que deberá realizar a sus expensas, a fin de repara los daños causados por las mismas.
  • El órgano encargado de la ejecución de las obras está exclusivamente autorizado a ocupar la superficie de dominio público marítimo-terrestre destinada a la reserva.
  • El Servicio de Costas de la Delegación del Gobierno en Ceuta podrá inspeccionar, en todo momento, la ejecución de las obras, para comprobar si las mismas se ajustan al proyecto en base al cual se otorga la reserva.

La redacción recomienda