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La gestion del ciclo del agua y las Diputaciones

Sobre el blog

J. L. González Vallvé
Director general de la Asociación Española de Empresas Gestoras de los Servicios de Agua a Poblaciones, AGA.
  • Diputación de Pontevedra

9h. de la mañana en cualquier provincia de una autonomía pluriprovincial: un camión con obreros, material y maquinaria de conservación de carreteras sale para mantener un tramo de carretera de la red estatal; a la misma hora, otro camión con equipo similar sale para mantener otro tramo de la red autonómica y también a la misma hora, otro camión y otro equipo casi idéntico a los anteriores sale para trabajar en un tramo de la red provincial de la Diputación, en ocasiones, los “baches” estatal, autonómico y provincial están juntitos, tres equipos, tres parques, tres sistemas para lo mismo. ¿No sería más eficaz, mantener las tres redes con un solo sistema? Incluso pudiera ser que hubiera también próximo un bache municipal que deberá reparar el ayuntamiento. ¿Una pista para el abaratamiento y simplificación de nuestra Administración?

Las competencias sobre el ciclo del agua son claramente municipales

Pero, allí, junto a los baches hay un pueblito de pocos vecinos, donde se construyó una estación depuradora de aguas residuales financiada por el estado, la CCAA, la diputación y el Feder, hoy, parada, porque el Ayuntamiento no tiene capacidad para gestionarla.

Actualmente, las leyes señalan:

“Son fines propios y específicos de la Provincia .. Asegurar la prestación integral y adecuada en la totalidad del territorio provincial de los servicios de competencia municipal y: Son competencias propias de la Diputación:

a) La coordinación de los servicios municipales entre sí para la garantía de la prestación integral y adecuada…en la totalidad del territorio provincial de los servicios de competencia municipal.

b) La asistencia y la cooperación jurídica, económica y técnica a los Municipios, especialmente los de menor capacidad económica y de gestión.

c) La prestación de servicios públicos de carácter supramunicipal y, en su caso, supracomarcal.

Además existen algunas regulaciones regionales que tampoco prescriben, sino que dejan a iniciativa de la diputación el ciclo del agua. Eso sí, han implantado cánones por doquier.

En resumen, actualmente, respecto de las competencias y participación de las diputaciones en el ciclo integral del agua, creemos se puede decir:

  • las competencias sobre el ciclo del agua son claramente municipales.
  • la diputación no parece tener competencias propias directamente exigibles, sino: la coordinación, la asistencia… , y la potestad .., es decir, parece depender de su iniciativa, de forma que la casuística es muy variada.
  • las diputaciones suelen actuar en el ciclo del agua realizando obras concretas a través de planes provinciales, en situaciones de emergencia, llevando agua en camiones o haciendo pozos.
  • no parecen considerarse responsables en la gestión del ciclo del agua, especialmente en la depuración, (aunque algunas si lo han pedido expresamente) a pesar de que la ley ya las señala como garantes ante la carencia municipal.
  • el establecimiento de ámbitos territoriales eficientes para la gestión integral del ciclo del agua, es una cuestión a resolver caso por caso, generalmente por agrupación municipal que no necesariamente tiene por qué coincidir con una provincia y que repercutirá en el precio del agua.

La existencia de las diputaciones ha sido últimamente puesta en cuestión, en las encuestas, la opinión pública parece favorable en más de un 80% a su extinción, pero el último proyecto de ley planteado por el gobierno, potencia su papel, en todo caso, respecto de ellas, hasta la fecha, se puede decir:

  • No ejercen ninguna competencia exclusiva, que no sea o pueda ser ejercida por la CCAA o los ayuntamientos.
  • Cuestan 8000M €/año, con cabildos y sin forales (otra problemática) y su deuda ha aumentado un 23% desde el inicio de la crisis.
  • Gastan en personal hasta el 50% de su presupuesto, un porcentaje desproporcionado y alejado del 30%, también excesivo, de la Administración pública, cuando además, no prestan servicios directos a los ciudadanos.
  • Son democráticas en segundo grado, sus diputados no son elegidos directamente.
  • No parecen haber cumplido con su objetivo de desarrollo provincial, las provincias, exceptuando las capitales, se han despoblado y no se han desarrollado, incluso en muchas de ellas sus actuaciones más relevantes son en y para la capital.
  • Las CCAA uniprovinciales, han absorbidas sus competencias, ello que se ahorran y no ha pasado nada.
  • En general, la escasa atención prestada al ciclo del agua en los municipios, a pesar de ser garantes por ley, paradójicamente contrasta con los medios destinados a su red de carreteras o a otras cuestiones más discutibles como construir y explotar teatros en la capital de la provincia donde, por cierto hay otros municipales y no parece que haya función para los dos, o subvencionar al equipo de futbol también capitalino, mientras buena parte de las aguas residuales provinciales están sin depurar.
  • El ruido político de una estructura intermedia podría ser perturbador, y parece que, en general hay una gestión política mas sencilla donde no hay diputaciones.
  • Fueron creadoras de cajas de ahorros, pero sus “consejeros”, han sido otros mas de los contribuyentes al desastre “cajario”
  • Francia, Dinamarca, Suecia o Grecia han agrupado municipios, e Italia ha desmantelado hasta 36 provincias.
  • El debate sobre las diputaciones ya se produjo en la etapa constituyente: se constitucionalizo la “provincia”, pero no él: “Como Administrarlas”.
  • La reasignación de su competencias compartidas y la supresión de su estructura política ahorraría en edificios, gastos corrientes y de funcionamiento, personal a amortizar, economías de escala en servicios prestados, protocolo, remuneraciones de políticos, dietas viajes y gasto, publicidad etc., etc..Procesos similares, muestran que repartir las funciones de una estructura intermedia entre la superior (CCAA) y la inferior (Municipios) produce ahorros del orden del 30%, de donde se deduce que en una primera aproximación, podrían ahorrarse 2.400 Millones de euros.

Volviendo al Ciclo del Agua:

El nuevo PROYECTO DE LEY DE RACIONALIZACIÓN Y SOSTENIBILIDAD DE LA ADMINISTRACIÓN LOCAL potencia el papel de las Diputaciones pero a falta de un análisis más profundo, que en todo caso habrá que hacer, parece que la competencia de la diputación en el ciclo del agua ya no sería tan potestativa, pero tampoco obligatoria, pues la asunción o ¿Coordinación? del servicio municipal estaría sujeta, al menos, a dos condiciones:

  • que el municipio tenga menos de 20.000 habitantes.
  • que el municipio no justifique la prestación del servicio a un coste efectivo menor que el que resultaría mancomunado.

Esperemos que ahora sí, con esta nueva ley, al fin, resuelvan el grave problema de la incapacidad de los pequeños municipios para la depuración del agua 

Debemos suponer que otro supuesto seria que el ayuntamiento no preste el servicio, aunque tal supuesto ya se da actualmente y la ley actual también obliga a la diputación a ser garante, sin que ello parezca haber servido de mucho.

Si la agrupación municipal parece necesaria, hay básicamente dos formas de abordarla:

  • Una inmediata y directa agrupando municipios, lo que también incentiva el nuevo proyecto de ley, aunque habría que resolver los problemas planteados por las mancomunidades en el plan de pago a proveedores por su indefinición
  • Otra: a través de una institución supra o intermunicipal que es lo que, actualmente, en buena medida son las diputaciones, pero como la gestión de las CCAA esta provincializada, las Delegaciones provinciales de la CCAA son como otra diputación, que podría asumir sus funciones, algo que los puristas locales rechazan porque entienden pervertiría la esencia de la Administración Local, aunque a sensu contario también cabria decir que las Diputaciones “impiden” la agrupación municipal, y en todo caso y por lo que respecta al ciclo del agua, el establecimiento de unidades eficientes, como ya hemos señalado, no tiene por qué coincidir territorialmente con el ámbito estrictamente provincial, lo que, por ej: en el supuesto de unidad eficiente interprovincial recomendaría coordinar a través de la CCAA y no de la Diputación

Hay 38 Diputaciones excluidos Cabildos y las Forales, 28 son del PP, 6 del PSOE y 4 de CiU y 1.040 diputados provinciales. Teniendo en cuenta la ambigüedad de sus competencias y la correspondiente discrecionalidad de su presupuesto y que en muchas provincias son el principal empleador (alguna ha llegado a 17 empleados de equitación para cuidar 15 caballos), resultan instrumento esencial del poder político/electoral

En todo caso, esperemos que ahora sí, con esta nueva ley, al fin, resuelvan el grave problema de la incapacidad de los pequeños municipios para la depuración del agua.