(Senagua) De acuerdo con el Artículo 318, Inciso 4 de la Constitución Política del Ecuador, el Estado por medio de la Senagua, será responsable de la planificación y gestión de los recursos hídricos que se destinarán al consumo humano, riego, caudales ecológicos y actividades productivas.
Fabricio Jara, subsecretario regional de la Demarcación Hidrográfica de Jubones (DHJ), mencionó que “todos los usos de agua provenientes de lagos, lagunas, ríos, quebradas, esteros, vertientes, galerías y pozos deben ser registrados y quienes se beneficien de este recurso deben obtener la correspondiente autorización de aprovechamiento del líquido”, misma que otorga la Secretaría Nacional del Agua en sus diferentes sedes a nivel nacional.
Los trámites del registro de uso del agua y la obtención del derecho de aprovechamiento son gratuitos y los interesados deberán acercarse a los centros zonales que tiene la DHJ, en las ciudades de Machala, Naranjal, Urdaneta y Santa Isabel.
El subsecretario enfatizó, que el uso del agua para consumo humano y abrevadero de animales no genera tarifas, pero debe ser registrado y autorizado para que el aprovechamiento se enmarque dentro de la legalidad.
Finalmente, Jara manifestó que “hacemos un llamado a quienes aprovechan o desean utilizar el recurso, es necesario que se acerquen a las oficinas de la Demarcación para que registren el uso del agua y obtengan la autorización pertinente”.