Siete procesados por delito ambiental, implicados en actividades de minería ilegal en el cantón Sigsig, parroquia Sigsig, provincia del Azuay, aceptaron su responsabilidad y manifestaron su voluntad de reparar el daño ambiental que cometieron en el Bosque Protector de la Cuenca del Río Paute.
El 30 de enero pasado Ángel M., Franklin J., Walter G., Luis A., Silvio A., Nilson P. y Jorge U. fueron implicados en actividades extractivas ilegales junto a otras 34 personas, luego de un operativo interinstitucional denominado Ayllón 3.
Esa madrugada 235 policías y 105 miembros de las Fuerzas Armadas, junto a funcionarios del Ministerio del Ambiente (MAE), la Agencia de Regulación y Control Minero (ARCOM) y la Fiscalía llegaron a una zona afectada por la minería aurífera aluvial. Además de ejecutar las detenciones se inhabilitó cinco campamentos y se detuvo a 41 personas, 21 ecuatorianos y 20 colombianos.
Posteriormente, se abrió cinco procesos judiciales de carácter penal, uno por cada campamento ubicado en parte del bosque protector. Los procesados a los que se hace referencia en este comunicado trabajaban en el campamento cinco.
El 17 de octubre del 2013 los acusados presentaron ante el Tribunal de Garantías Penales del Azuay una solicitud de suspensión condicional del procedimiento, una medida alternativa de mediación que considera el cumplimiento de ciertas condiciones a fin de que los acusados puedan reparar el daño causado, manteniendo su libertad.
El Tribunal puso a consideración de la Fiscalía y del Ministerio del Ambiente (MAE) la solicitud de los acusados. Las dos instituciones aceptaron, teniendo en cuenta que los implicados deberán aplicar un plan de manejo que se ajuste al Informe de Valoración por Daños Ambientales generados en esa zona.
Para que la suspensión condicional sea concedida los implicados se comprometieron a cumplir con los siguientes requisitos:
- Los acusados deben abstenerse de realizar actividades de minería ilegal en el Bosque Protector de la Cuenca del Río Paute, cantón Sigsig.
- En un plazo de dos meses, los acusados deberán presentar al Programa de Reparación Ambiental y Social (PRAS) del Ministerio del Ambiente el Plan de remediación y reparación del área afectada (campamento 5). Ese plan deberá ser ejecutado por los acusados y supervisado por el PRAS-MAE, sobre el informe de Valoración de Pasivos Ambientales y Sociales, presentado como prueba en el juicio.
- En un plazo de tres meses los acusados deberán capacitarse en temas ambientales y mineros
Este es el segundo caso que en el cual la Justicia ecuatoriana acepta una solicitud de suspensión condicional del procedimiento en delitos de materia ambiental. La primera vez que se procedió de esta manera fue el 14 de octubre pasado, cuando cuatro procesados por delito de contaminación ambiental como resultado de actividades de minería ilegal en Yacuambi, provincia de Zamora Chinchipe, aceptaron su participación y manifestaron su voluntad de reparar el daño ambiental que cometieron. En esa ocasión el Tribunal de Garantías Penales de Zamora aceptó la suspensión condicional del procedimiento, condicionando a los implicados a cumplir una serie de requisitos.
En los dos casos la aplicación de esta medida alternativa no representa la terminación de los procesos judiciales. Ya que de incumplir los acusados con alguna de las condiciones, se procederá a solicitar la revocatoria de la suspensión condicional y entonces se continuaría con la audiencia de juzgamiento sin opción a un segundo pedido de suspensión.