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Condenan a FCC a pagar 878.000 euros a una empresa que le suministró tubos defectuosos para una obra en Cantabria

  • La Audiencia desestima la petición de FCC de resolver el contrato con la suministradora porque los defectos no hacían inservible la tubería.

La Audiencia Provincial ha confirmado una sentencia que obligaba a la constructora FCC a pagar 878.000 euros y cumplir el contrato suscrito con una empresa que le suministró tuberías defectuosas para una obra de abastecimiento del Gobierno de Cantabria que estaba realizando.

El contrato de suministro suscrito por FCC con la otra empresa por el suministro de los tubos se celebró en agosto de 2009 y ascendía a 2,4 millones de euros.

Una vez que las dos primeras entregas presentaron defectos, FCC presentó una demanda contra la suministradora pidiendo la resolución del contrato y reclamándole el abono de 1,9 millones del contrato.

La suministradora también demandó a FCC exigiendo el pago de 885.000 euros.

La suministradora también demandó a FCC exigiendo el pago de 885.000 euros más intereses y la obligación de que la constructora cumpliese el contrato de suministro hasta su completa ejecución o que, alternativamente, le abonase 480.000 más intereses.

El Juzgado de Primera Instancia Número 8 de Santander estimó la demanda presentada por la suministradora de tubos y desestimó la de FCC al señalar que, aunque los tubos de las dos primeras entregas presentaron defectos a causa del transporte por parte de la proveedora, no había quedado acreditado que éstos afectasen o comprometiesen su conformidad con la normativa, ni su durabilidad, ni su seguridad.

Se señalaba que los tubos, a excepción de tres, fueron usados por la constructora para la obra a pesar de presentar hendiduras.

En esa sentencia, tal y como recoge la de la Audiencia, señalaba que uno de los peritos judiciales apuntó a que la incidencia de los defectos descritos resulta "despreciable a la hora de cumplir con la finalidad que le es propia: el transporte de agua a presión".

A la vista de esto, la Audiencia confirma la sentencia anterior y considera que la petición de FCC de resolver el contrato no puede ser admitida. "Los defectos, por su naturaleza, no hacían que las tuberías fueran impropias para su destino, ni impedían su reparación , de mínimo coste, y utilización en obra con plenas garantías".

Además, y ante los retrasos en el suministro que alegaba FCC, en la sentencia se señala que se debieron a que la constructora se negaba a pagar esas entregas.

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