(EuropaPress) El juzgado de Instrucción número 15 de Valencia, encargado de investigar un agujero millonario en la gestión de la depuradora de Pinedo, ha rechazado la petición de la Entidad Metropolitana de Servicios Hidráulicos (Emshi) para que declarasen como testigos cuatro miembros de la Entidad Pública de Saneamiento de Aguas Residuales (Epsar). Considera que estas testificales son innecesarias para esclarecer los hechos investigados, según consta en el auto facilitado por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV).
La Emshi presentó un escrito el pasado mes de junio en el que solicitaba que se citara a declarar a una "muestra representativa" de miembros del Consejo de la Epsar con el fin de poder conocer las funciones del organismo respecto a la financiación a Emarsa.
En concreto, la Emshi -que ejerce de acusación en el 'caso Emarsa'- pedía la declaración de cuatro personas, tres de las cuales fueron miembros del Consejo de Administración y también del Consejo de Participación de Epsar, y la cuarta, secretaria del Consejo de Administración.
El único cometido de la empresa pública Emarsa era el de gestionar la explotación de la EDAR de Pinedo.
El juez, tras estudiar la solicitud, ha decidido denegarla por entender que las declaraciones resultan "innecesarias" a los fines de la investigación que se lleva a cabo. Al respecto, recuerda que la gestión y administración de la Epsar "no es objeto de investigación en esta causa".
En este sentido, indica que el núcleo central de la investigación es la gestión y administración de la empresa pública Emarsa, "cuyo único cometido era el de gestionar la explotación de la EDAR de Pinedo". Así, "no se investiga la gestión de la Epsar", insiste.
También señala que es "cierto" que están imputados en la causa el que fuera gerente en funciones de la entidad de saneamiento y el ex jefe del Departamento de Explotaciones, "pero lo están -puntualiza- por haber colaborado presuntamente con los gestores de Emarsa en la apropiación, para fines personales, de los fondos públicos que la Epsar entregaba a Emarsa para financiar los gastos de explotación y mantenimiento de la EDAR de Pinedo".
Junto a estos argumentos, el juez agrega que a la vista de las funciones que tiene atribuidas el Consejo de Participación de la Epsar, "ninguna de las cuestiones sobre las que ha de informar dicho órgano colegiado afectan a los hechos objeto de investigación" y, por tanto, entiende que "nada puede aportar la declaración testifical de las personas que en su día formaron parte de dicho Consejo".