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La Emtre de Valencia desestima miles de recursos interpuestos contra el incremento de la Tamer en el recibo del agua

Sobre la Entidad

Redacción iAgua
Redacción de iAgua. La web líder en el sector del agua en España y Latinoamérica.

(EuropaPress) La Entidad Metropolitana para el Tratamiento de Residuos (Emtre) de Valencia ha desestimado miles de recursos interpuestos por ciudadanos contra el incremento de la Tasa Metropolitana para el Tratamiento, Valoración y Eliminación de Residuos Urbanos (Tamer) en el recibo del agua por considerar que la subida está "plenamente justificada" y que "la excepcionalidad del incremento atiende a razones de interés general".

Así se recoge en un edicto emitido por la presidenta de esta entidad y concejala en el Ayuntamiento de Valencia, Mª Àngels Ramón-Llin, publicado este miércoles en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP) de Valencia. Con este escrito, consultado por Europa Press, se desestiman todos los recursos de reposición interpuestos y la petición de suspensión de la liquidación de la tasa.

La Emtre agrupa en esta resolución la respuesta a más de 9.000 recursos presentados contra el aumento de la Tamer, teniendo en cuenta, como precisa el BOP, que ante el volumen de reclamaciones ha decidido "acumular" en "un sólo procedimiento" los escritos de los reclamantes, los trámites para estudiarlos y resolverlos conjuntamente. Asimismo, para resolver en un "acto único" todos los recursos la entidad apunta la similitud entre todas las reclamaciones, en las que "los argumentos y peticiones" son "sustancialmente idénticos".

La desestimación de estos recursos se suma a la que recientemente, el pasado mes de mayo, la entidad hizo de otros cientos tras analizar quejas por el mismo motivo. El edicto recuerda que la Emtre acordó en su asamblea del 29 de julio de 2008 la imposición y ordenación de la Tamer y que en septiembre de 2011 la modificó para recoger un aumento.

Igualmente, destaca que desde los meses del inicio de la vigencia de la modificación, hasta este momento en que continúa su presentación, se han registrado en la entidad "varias decenas de miles de escritos con el mismo objeto", para "mostrar su disconformidad con el incremento de la cuota".

El escrito publicado en el BOP asevera también, respecto a los motivos por los que se han presentado las quejas, que "junto al objeto principal, la referida impugnación indirecta de la Tamer", los recurrentes también solicitan, "según los casos, el reembolso de la cuota pagada, la anulación de la liquidación" de la tasa y "la suspensión cautelar de la liquidación".

Los ciudadanos que han recurrido estiman "desproporcionado y excesivo" el incremento de las tarifas de las Tamer y señalan que "las tasas deben tener en cuenta la capacidad económica del sujeto pasivo de la misma", además de aducir "la falta de notificación individual de las nuevas cuotas de la Tamer por suponer un incremento" y argumentar que "la colaboración social realizada por la compañía suministradora de agua en la aplicación" de esta tasa "requería la previa autorización de los obligados tributarios".

La Emtre explica en su edito, para justificar el rechazo a las reclamaciones, que "la modificación de la tasa que se alega resulta plenamente justificada" y que "así consta en los informes técnico-económicos presentados para su aprobación".

Cubrir el coste del servicio

En este sentido, el escrito publicado en el BOP apunta que "la puesta en funcionamiento de las nuevas infraestructuras obligadas por la normativa europea, estatal y autonómica significan un antes y un después en el tratamiento de residuos en el área metropolitana" de Valencia y señala que "como han representado un incremento significativo en los costes" esto "ha provocado la necesidad de modificar la cuantía de la tasa para poder cubrir, como máximo, el coste del servicio que se presta".

La Emtre afirma además que "la excepcionalidad del incremento atiende a razones de interés general, pues, de no haberse producido esta modificación en la cuantía de la tasa, no se hubiera podido disponer de recursos financieros suficientes siquiera para prestar el servicio de tratamiento y eliminación de residuos, cuyos costes totales ascienden a más de 79 millones de euros anuales".

Respecto a otras razones citadas por los recurrentes contra la subida de la tasa, la entidad indica que no hay obligación de tener en cuenta la capacidad económica del sujeto pasivo al calcular la cuantía de un pago de este tipo y que "la norma no prevé como presupuesto legal para la aplicación de la tasa la realización de una campaña previa de información". 

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