Redacción iAgua
Connecting Waterpeople
Barmatec
Cajamar Innova
Consorcio de Aguas Bilbao Bizkaia
Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
Fundación Biodiversidad
Saint Gobain PAM
ACCIONA
Agencia Vasca del Agua
Almar Water Solutions
s::can Iberia Sistemas de Medición
LACROIX
ICEX España Exportación e Inversiones
Sacyr Agua
ESAMUR
Catalan Water Partnership
Xylem Water Solutions España
J. Huesa Water Technology
GS Inima Environment
HRS Heat Exchangers
Sivortex Sistemes Integrals
RENOLIT ALKORPLAN
AMPHOS 21
FLOVAC
Minsait
TEDAGUA
Hidroconta
Hach
AECID
Fundación CONAMA
Confederación Hidrográfica del Segura
Molecor
Laboratorios Tecnológicos de Levante
Filtralite
TRANSWATER
Aqualia
Schneider Electric
Fundación Botín
ISMedioambiente
SCRATS
Likitech
Innovyze, an Autodesk company
AGS Water Solutions
Grupo Mejoras
Baseform
Red Control
Idrica
CAF
Global Omnium
ADECAGUA
IAPsolutions
Kamstrup
ADASA
Amiblu
ONGAWA
Centro Nacional de Tecnología de Regadíos (CENTER)
EPG Salinas
Lama Sistemas de Filtrado
Asociación de Ciencias Ambientales
Vector Energy
DATAKORUM
Ingeteam
FENACORE
Hidroglobal
TecnoConverting
IRTA
KISTERS
Rädlinger primus line GmbH

Se encuentra usted aquí

La Confederación del Guadiana debe restablecer los derechos de agua de un propietario privado tras un recurso

  • El usuario presentó un recurso para reclamar la extensión y cantidad de agua que antaño tenía reconocida en el Registro o Catálogo de Aguas Privadas para sus cultivos

La Confederación Hidrográfica del Guadiana restablecerá los derechos de agua de un propietario privado que presentó un recurso para reclamar la extensión y cantidad de agua que antaño tenía reconocida en el Registro o Catálogo de Aguas Privadas para sus cultivos.

Los hechos ocurrieron en septiembre de 2011, cuando la Confederación, con ocasión de la actualización del registro informático de los derechos de agua de dicha propiedad privada, registró una modificación por la que se reducía el número de hectáreas con derecho a riego de este propietario, según ha informado la parte demandante en nota de prensa.

Por ello, dicha resolución de la Confederación fue recurrida por este propietario mediante reposición, al considerar que se estaba realizando una limitación de derechos no prevista legalmente en contradicción con el título originario y, por tanto, fuera de toda cobertura legal.

Finalmente, la Confederación Hidrográfica del Guadiana ha estimado el recurso interpuesto, estableciendo que efectivamente el régimen y características de cada aprovechamiento será el que se reconoció en su día por la correspondiente resolución de inscripción en el Registro o Catálogo de Aguas Privadas.

La redacción recomienda