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"En la situación actual, el sector del agua en España es un sistema no sostenible"

  • " situación actual, sector agua España es sistema no sostenible"
    Manuel Navarro, Responsable de la gestión de los Contratos del Ciclo Integral de Acciona Agua

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ACCIONA es una empresa líder con capacidad para diseñar, construir y operar plantas de tratamiento de agua potable, depuradoras de aguas residuales, tratamientos terciarios para reutilización y plantas desalinizadoras por ósmosis inversa.

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Manuel Navarro es el Director de Servicios de Depuración y Desalación y Responsable de la gestión de los Contratos del Ciclo Integral del Agua de Acciona Agua, una posición desde la que ve fundamental la constitución de un regulador del sector del agua a nivel nacional. Navarro considera que esa regulación permitiría la consecución de un sistema sostenible en el tiempo y, además, sería la palanca perfecta para desarrollar un potente motor de generación de riqueza.

P: Desde 2011 ocupa el cargo de Director del Ciclo del Agua en Acciona. ¿Cuáles son sus principales responsabilidades?

Acciona Agua gestiona contratos del ciclo del agua en los cinco continentes. Estos contratos abarcan la desalación, abastecimientos de agua en alta, en baja, alcantarillado, depuración y reutilización, así como, las actividades complementarias derivadas de los mismos, por ejemplo  planes directores, proyectos de ingeniería, obras, etc.  La coordinación, supervisión y gestión de estos contratos constituye mi responsabilidad desde mi incorporación a Acciona Agua.

P: ¿Qué logros destacaría de su gestión en estos 4 años? ¿Cuál es la posición actual de Acciona en este ámbito?

Planta de tratamiento de aguas residuales de Hadda

El logro de Acciona Agua, donde hay un potente equipo  multidisciplinar de profesionales altamente motivados, ha sido en estos últimos años,  sin ningún género de dudas, la  consolidación en el mercado Internacional del sector del agua.

Acciona Agua ha evolucionado desde la construcción de infraestructuras hidráulicas en el área internacional hasta la gestión de contratos a largo plazo de servicios de agua a nivel global.

El éxito de la organización ha consistido en haber sido capaz de adaptarse en muy poco tiempo a los nuevos entornos socio-culturales y jurídico-económicos.

Actualmente nuestra actividad principal reside en el exterior. Un ejemplo de ello es que las nuevas  incorporaciones de directivos y técnicos a la organización van destinadas a ocupar puestos de responsabilidad en contratos internacionales.

Más del 50 % de los ciudadanos españoles reciben el servicio de agua potable de empresas privadas y este porcentaje irá en aumento

P: ¿Hacia dónde cree que se dirige la gestión del ciclo integral del agua en España? ¿Más peso de la gestión privada o  “vuelta a lo público”?

Más del 50 % de los ciudadanos españoles reciben el servicio de agua potable de empresas privadas y este porcentaje irá en aumento, al menos en el medio plazo,  aunque de una forma más moderada que en el pasado.

La razón que justifica la afirmación anterior es que a igualdad de calidad del servicio, éste debe de ser lo más eficiente posible en beneficio del usuario. La gestión privada es más eficiente que la pública por lo que la balanza se irá inclinando paulatinamente en favor de la gestión indirecta realizada por empresas privadas.

En España, el agua superficial, subterránea y marina es de dominio público, es decir, es la administración pública quien tiene el derecho sobre la misma; las infraestructuras hidráulicas, depósitos, redes, bombeos, potabilizadoras, depuradoras, etc. son de propiedad pública, inalienables e inembargables y; las tarifas de agua son aprobadas por los ayuntamientos y autorizadas por las comisiones de precios de las Comunidades Autónomas. Por lo tanto, en el caso de la gestión indirecta, donde actúa la empresa privada bajo las condiciones del contrato de concesión, solo la operación y mantenimiento y, en su caso, la ejecución de obras, queda para la gestión privada.

P: ¿Qué opinión le merece el proceso de contratación de los servicios relacionados con el agua a nivel municipal y en concreto el “canon concesional?

El canon concesional es un derecho económico que la legislación vigente le concede al titular del servicio del agua (el ayuntamiento) y que nace del proceso administrativo de concesionar el servicio del agua por un plazo de tiempo finito a un tercero. Pero nuestro ordenamiento jurídico no fija condición alguna en cuanto a la finalidad, cuantificación o disposición del mismo.

La consecuencia es que los cánones concesionales, recuperados en la tarifa del agua, se destinan al pago, principalmente, de las deudas contraídas por las administraciones públicas locales.

Si la fuente de pago del canon concesional es la tarifa del agua, que pagan todos los usuarios, sería razonable pensar que estos recursos económicos deban retornar a las infraestructuras del agua en forma de inversiones que permitan la renovación y reposición de las mismas.

P: En los últimos años se ha producido una cierta judicialización del sector con varios casos que se están dirimiendo actualmente en los tribunales. ¿Es una situación normal? ¿Cuáles cree que son las causas?

Esta es una situación muy particular del mercado nacional donde los operadores del sector del agua intentan dirimir las adjudicaciones de los contratos por la vía judicial. Desafortunadamente para el sector del agua en España, una vía extraordinaria como es la judicial se ha convertido en una vía ordinaria.

Las causas habría que buscarlas en la indefinición y discrecionalidad de los pliegos de condiciones que permiten en exceso la subjetividad a la hora de la valoración de las ofertas y la arbitrariedad en la adjudicación de los contratos.

En un mercado maduro como es el del sector del agua en España y con operadores con larga experiencia, sería perfectamente factible, viable, y hasta necesario, la redacción y aprobación de pliegos en los que las valoraciones y adjudicaciones, así como la evolución futura del contrato, estuvieran basadas en parámetros totalmente objetivos. Estos modelos ya existen, por lo tanto no son una utopía y simplemente habría que implementarlos en la normativa y regulación del sector. Así los  técnicos responsables de las valoraciones de las ofertas dispondrían de criterios objetivos de puntuación  y los procesos de deliberación en los órganos de contratación se desarrollarían sin margen para la discrecionalidad.

Desafortunadamente para el sector del agua en España, una vía extraordinaria como es la judicial se ha convertido en una vía ordinaria

P: ¿Cubren las tarifas actuales los costes del servicio o sería necesario incrementarlas?

La tarifa media del ciclo integral del agua en España es de 1,75 €/m3, por lo tanto no cubre los costes del servicio, entendido por ello los costes de operación y mantenimiento y los de reposición de las infraestructuras.

La falta de normativa y metodología para la revisión de las tarifas del agua impide eliminar la subjetividad en las valoraciones técnicas de los expedientes tarifarios y erradicar la discrecionalidad política en la aprobación de las mismas.

Por ello el sector del agua, a través de AEAS, está solicitando continuamente a la administración central española la constitución de un regulador a nivel nacional que ponga orden, entre otras cosas, en las metodologías tarifarias del sector del agua. Ello, además de promover entre las administraciones locales y autonómicas  una mayor rigurosidad en la revisión de los expedientes tarifarios, obligaría a: definir y delimitar los conceptos de gastos repercutibles en las tarifas del agua; incluir conceptos de obligada repercusión a las tarifas como son las inversiones de reposición de infraestructuras: definir las bases de retribución a los operadores y de las retribuciones al capital, cuantificar y regular los usos de los cánones concesionales y proponer modelos objetivos de documentos (pliegos, contratos, etc.) en los procesos concesionales.

P: ¿Cómo gestionan los cortes de agua en las localidades en las que prestan servicios? ¿Disponen de algún “fondo social” para cubrir las necesidades de personas sin recursos?

Acciona Agua, como operador con responsabilidad social, anualmente presenta al ayuntamiento para su aprobación estructuras tarifarias con tarifas sociales (jubilados, familias numerosas, desempleo, etc.), una vez aprobadas las tarifas sociales se aplican a los usuarios que reúnen los requisitos para ello.

Es el ayuntamiento, titular del servicio, quien decide el tipo de tarifa social, los requisitos para acceder a ellas y, en su caso, la constitución de un fondo social con cargo a la tarifa del agua.

Los contratos concesionales de los servicios del agua no permiten que el concesionario suplante a la administración en cuanto a la definición de tarifas sociales, fondos sociales, requisitos de acceso, etc.

El “corte del agua” no es el objetivo sino un instrumento legal para reducir la morosidad. El “corte del agua” no se produce en situaciones de necesidad real del servicio de agua potable ya que hay vías como las antes mencionadas, convenios de aplazamientos de pago, etc. adoptados por cada uno de los municipios. No obstante, por el sector del agua sería muy bien recibido la existencia de una metodología al respecto aprobada por el regulador nacional antes mencionado.

El sector del agua está solicitando continuamente a la administración central la constitución de un regulador que ponga orden

P: Cada vez resuenan con más fuerza las voces que alertan del deterioro de las infraestructuras hidráulica en España. ¿Están justificadas?

Las tarifas de agua en España solo cubren una parte de los costes de operación y mantenimiento del servicio del agua y no recogen el coste de las inversiones necesarias para la renovación de las infraestructuras hidráulicas. La conclusión es simple, si no hay fuentes de financiación para la renovación de las infraestructuras, éstas no se renuevan y envejecen con el consiguiente aumento de los gastos de mantenimiento, la peor calidad del servicio y el mayor impacto negativo en el medio ambiente

En definitiva, en la situación actual, el sector del agua en España es un sistema no sostenible

P: ¿Caminamos realmente hacia las Smart Cities en materia de agua o estamos ante proyectos aislados y con una utilidad “cuestionable”?

Las Smart Cities en materia de agua representan la punta del “iceberg” de la innovación en el sector del agua. Es la “i” pequeña de la I+D+i. El sector del agua es un sector industrial donde predomina la innovación sobre la investigación. No es el sector objetivo  para realizar investigación básica pero si para la innovación

Ya damos por asentados todos los sistemas de mejora de la eficiencia energética y de automatización de las infraestructuras, del control de calidad del producto y de la calidad del servicio. Pero en cambio, ahora estamos en la fase de la gestión de la demanda en tiempo real mediante los procesos de tele-lectura, control de caudales y comunicación “on line” con los usuarios. Todo ello redundará en una mayor cantidad de datos, en decisiones más acertadas y aplicadas en menores tiempos con lo que se mejorará, no cabe la menor duda, la denominada eficiencia comercial.

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