Los servicios urbanos del agua tienen un importante grado de desarrollo y especialización y una altísima cobertura en todo el territorio español. Sin embargo, así como podríamos concluir que los servicios de abastecimiento están implantados en cualquier población de nuestro ámbito nacional, la cobertura de saneamiento no es todavía completa, sobre todo si entendemos por saneamiento el conjunto de los servicios de alcantarillado y drenaje urbano más los de depuración de las aguas residuales producidas.
Los servicios de saneamiento de aguas son de responsabilidad municipal. En algunos territorios autonómicos, y cada vez en mayor número, la depuración que, junto al alcantarillado constituyen el servicio de saneamiento urbano, se ha considerado de interés general comunitario y se ha venido gestionando de forma unitaria y centralizada, lo que resulta coherente con emisarios y depuradoras que sirven a más de un término municipal. Dado el importante número de entidades municipales, con distintos tamaños y capacidades de gestión, así como la intervención de distintos poderes autonómicos, y la diversidad de características de las aguas residuales producidas, por razón de diferentes composiciones del entramado urbano, comercial e industrial, es fácil concluir que se producen múltiples orientaciones en la forma de desarrollar su gestión, y condiciones diferenciadas en los objetivos y niveles de calidad en cuanto a la prestación del servicio se refiere.
Tanto la Federación Española de Municipios y Provincias, como la Asociación Española de Abastecimientos de Agua y Saneamiento, han considerado que podría ser útil para muchos municipios, en particular para aquellos pequeños y medianos, el que se pudiera disponer de unas recomendaciones técnicas para la redacción de un Reglamento de los servicios de saneamiento, actualizado y adaptado a las estrategias que emanan de las legislaciones europeas y estatales más recientes, pero ya consolidadas, con los objetivos de:
- Disponer de un soporte técnico unificado y actualizado.
- Establecer unas condiciones mínimas pero detalladas y concretas, y por tanto prácticas, para el desarrollo de los servicios de saneamiento de agua en los núcleos urbanos.
- Ofrecer un documento de apoyo, consulta o soporte que pueda ser utilizado por cualquier entidad municipal, o supramunicipal, que lo requiera. Que, al mismo tiempo, tenga un valor didáctico para los actores involucrados en la gobernanza y gestión y en el uso de los servicios de saneamiento de agua urbana: Ayuntamientos u otros órganos competentes, Comunidades Autónomas, Entidades gestoras de alcantarillado y depuración, usuarios y ciudadanos en general.
- Favorecer la necesaria divulgación entre los ciudadanos de la obligación individual de proteger el medio ambiente acuático.
Este documento ha sido desarrollado en el marco del Convenio de Colaboración entre la FEMP y AEAS, durante el año 2012 por un Grupo de Trabajo Mixto, constituido por un panel de expertos nombrados por dichas entidades, y ha sido aprobado por la Junta de Gobierno de la FEMP (en su reunión del 28 de enero de 2014) y el Consejo de Dirección de AEAS (en su reunión de 12 de junio de 2013).