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Archivada la causa abierta por la adjudicación de depuradoras en la Diputación de Ourense

Temas

El juez Antonio Piña, responsable hasta hace dos días de la instrucción del caso de las 100 depuradoras compactas de la Diputación de Ourense, ha archivado la causa relativa a la licitación y adjudicación de las plantas en el marco de los proyectos Daredo y Deputrans y ha mandado continuar la investigación de los trabajos de asistencias técnicas posteriores.

En un auto al que ha tenido acceso Europa Press, el juez Piña, desde este jueves presidente de la Audiencia Provincial de Ourense, detalla la investigación y posibles indicios penales en relación con la adjudicación de las plantas depuradoras a la empresa Soluciones Medioambientales y Agua S.A. (SMA) y con la contratación de asistencias técnicas a Netglobal, del mismo grupo.

Asimismo, señala la existencia de tres denuncias sobre esas cuestiones, una de un particular que ya fue archivada en 2009 y dos de 2013 presentadas por PSOE y BNG, tras la investigación realizada por la Oficina Europea de Lucha contra el Fraude (OLAF). Ésta detectó irregularidades y recomendó la determinación de posibles ilícitos penales en el proceso administrativo desarrollado por la Diputación de Ourense, que contó con una subvención europea de 10,12 millones de euros.

Sobre la adjudicación y licitación para la compra e instalación de las depuradoras, el juez indica que se hizo por procedimiento abierto y con publicidad en el Boletín Oficial de la Provincia de marzo de 2003. En la investigación judicial, el perito afirmó que las características técnicas exigidas "eran las de mercado y no se apreciaron elementos predeterminados en favor de una de las empresas".

Discrepa con la OLAF

Igualmente, pone de manifiesto su "discrepancia" con la OLAF al "no ver incidencia penal" en la exigencia de características técnicas accesorias que para los investigadores europeos "suponían una restricción de la competencia", pues eso sólo tendría relevancia penal "si fuesen predeterminadas hacia una empresa" y de esto no existen indicios.

El instructor también descarta del ámbito penal otras apreciaciones de la OLAF como las referidas a la generación de lodos o el supuesto conocimiento previo que podía tener la empresa SMA para certificarlos antes de que fuese una exigencia.

"No hay además ningún dato que permita conectar esa actuación de la empresa con la de ninguno de los funcionarios de la Diputación", concluye el juez en el auto. Tampoco ve "ilicitud" en la forma de hacer acopio de 19 depuradores en el "escaso" tiempo de 10 días pues "era el plazo para no perder la subvención".

Seguir investigando asistencias técnicas

Por todo, el juez determina el sobreseimiento y archivo en relación a la licitación y adjudicación de las depuradoras, pero insta a continuar la investigación para averiguar si "concurre ilicitud penal" en la contratación de las asistencias técnicas a la empresa Netglobal, del mismo grupo que SMA, el 27 de enero de 2004.

Para ello, deja por escrito la diligencia de pedir a la Seguridad Social un listado de trabajadores afiliados a Netglobal en los meses de diciembre de 2003 y enero de 2004 para citarlos y tomarles declaración.

La Diputación, según el auto, firmó 10 contratos de asistencias técnicas por 280.800 euros, el 75 por ciento financiado con fondos Feder, para redactar fichas técnicas de los municipios donde se instalarían las depuradoras, para redactar los proyectos de obra civil para las plantas y para la dirección de las obras.

Se hizo por procedimiento negociado sin publicidad y fueron invitadas cuatro empresas, aunque la adjudicación fue para Netglobal.

"Este aspecto de la contratación de las asistencias técnicas es el menos desarrollado en las investigaciones ante la imposibilidad de localizar al que era gerente de Netglobal, y a los autores de las fichas", reza el auto, y el juez considera "difícil de explicar la redacción de 27 fichas en el escaso período de tiempo que transcurre entre la contratación y la facturación de las mismas, salvo que se estuviesen haciendo antes".

No está aclarado

Ése fue el argumento base de la OLAF para concluir que el concurso fue ilícito, según el juez, y el examen que él hizo de la documentación "no permite afirmar" que haya irregularidades en el concurso. Por ello, subraya la importancia de valorar "jurídicamente si la inmediatez de las fichas respecto al contrato --una de ellas tiene incluso fecha de diciembre, antes de ser contratada-- es suficiente para seguir el procedimiento".

El único imputado en este caso es el jefe del servicio de aguas de la Diputación de Ourense y fue el responsable en 2004 de la contratación de las asistencias técnicas, según el auto, que es recurrible. "Este instructor ve insuficientes los indicios, pero no está suficientemente aclarado en la investigación", por lo que insta a tomar declaración a los autores de las fichas.

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