Redacción iAgua
Connecting Waterpeople
Saint Gobain PAM
Almar Water Solutions
Filtralite
Fundación CONAMA
Laboratorios Tecnológicos de Levante
Consorcio de Aguas Bilbao Bizkaia
Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
DATAKORUM
Hach
Likitech
Hidroglobal
ICEX España Exportación e Inversiones
TEDAGUA
Cajamar Innova
GS Inima Environment
ISMedioambiente
AECID
Amiblu
ONGAWA
Catalan Water Partnership
TRANSWATER
Agencia Vasca del Agua
Barmatec
Hidroconta
TecnoConverting
Confederación Hidrográfica del Segura
CAF
Aqualia
Sivortex Sistemes Integrals
Idrica
Ingeteam
s::can Iberia Sistemas de Medición
J. Huesa Water Technology
Fundación Biodiversidad
FENACORE
ADECAGUA
ACCIONA
IAPsolutions
Rädlinger primus line GmbH
RENOLIT ALKORPLAN
Global Omnium
EPG Salinas
HRS Heat Exchangers
Centro Nacional de Tecnología de Regadíos (CENTER)
SCRATS
Asociación de Ciencias Ambientales
ESAMUR
Lama Sistemas de Filtrado
AMPHOS 21
Sacyr Agua
Innovyze, an Autodesk company
Red Control
LACROIX
Schneider Electric
Kamstrup
IRTA
KISTERS
Aganova
Vector Energy
AGS Water Solutions
Minsait
Baseform
Grupo Mejoras
FLOVAC
Fundación Botín
ADASA
Molecor
MOLEAER
Xylem Water Solutions España

Se encuentra usted aquí

El Puerto de Sevilla prepara una respuesta a la CE en defensa del dragado del Guadalquivir

  • Castreño se reunirá "próximamente" con Puertos del Estado para la reconducción de los fondos europeos cosechados para el proyecto

La presidenta de la Autoridad Portuaria de Sevilla, Carmen Castreño, ha anunciado este viernes que la institución que preside prepara ya una "respuesta" a la Comisión Europea, después de que las autoridades comunitarias hayan incoado un procedimiento por infracción contra España, a cuenta del posible impacto del dragado de profundización del río Guadalquivir en el parque natural y nacional de Doñana, declarado Patrimonio de la Humanidad.

La Comisión Europea, en concreto, considera que dentro del dragado de profundización del tramo navegable del río Guadalquivir que promueve la Autoridad Portuaria de Sevilla, no ha sido examinado en detalle, tal como exigen las normas de la UE, el posible impacto medioambiental del proyecto, especialmente en lo que se refiere al parque de Doñana. Sobre el proyecto, además, pesa una sentencia del Tribunal Supremo (TS) que anula las disposiciones del Plan Hidrológico del Guadalquivir relativas expresamente al dragado de profundización del río.

Las autoridades españolas disponen de un plazo de dos meses para adoptar medidas correctivas

Dado el caso, Carmen Castreño ha defendido este viernes ante los medios de comunicación que la Comisión Europea "ha dado dos meses para preparar la respuesta" ante el mencionado procedimiento por infracción incoado por las autoridades comunitarias contra España. "Estamos preparando la respuesta, porque los planteamientos que se han hecho a la Comisión Europea no responden a la realidad ni al informe científico que se emitió en su momento", ha manifestado Castreño.

Dos meses

Y es que en el marco de este procedimiento por infracción, las autoridades españolas disponen de un plazo de dos meses para adoptar medidas correctivas. En ausencia de una respuesta satisfactoria, el Ejecutivo comunitario podría llevar a España ante el Tribunal de Justicia de Luxemburgo.

En cuanto a la idea de reconducir a otros proyectos propios las partidas del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (Feder) cosechadas para el dragado de profundización, para no perder tales fondos a cuenta de las dificultades que afronta el proyecto del dragado, Castreño ha anunciado que "próximamente" celebrará una reunión con el organismo público Puertos del Estado. "Seguimos nuestra hoja de ruta. Espero que Puertos del Estado nos permita aprovechar estos fondos", ha dicho.

Hablamos del proyecto de dragado de profundización del río que desde hace años promueve la Autoridad Portuaria, para permitir que barcos de mayor calado lleguen hasta el Puerto de Sevilla, un proyecto que cuenta con el rechazo de los agricultores del Bajo Guadalquivir, al temer los mismos que un hipotético incremento de la salinidad del agua del río afecte a sus cultivos.

El proyecto de dragado de profundización, en concreto, prevé ampliar el calado del río de 6,5 a ocho metros de profundidad y su diseño inicial fue desechado en la pasada legislatura por el Ministerio de Medio Ambiente, Medio Rural y Marino, lo que obligó a la Autoridad Portuaria a reformular los términos del mismo.

El diseño de la actuación, así, ha sido replanificado para acometer una profundización de 85 centímetros en 2015 y 65 centímetros en 2016 y 2017, una fórmula gracias a la cual se esperaba conservar las subvenciones europeas cosechadas para el proyecto.

Sentencia del Supremo

Mientras la iniciativa tan sólo esperaba la aprobación de su proyecto de protección de márgenes del río para dar pleno cumplimiento a la declaración de impacto ambiental (DIA) que desde 2003 regula este tipo de actuaciones en el Guadalquivir, una sentencia del Tribunal Supremo ha imprimido un serio giro al asunto.

La sentencia del Supremo, recogida por Europa Press, atiende un recurso de WWF-Adena y anula las disposiciones del Plan Hidrológico de la Demarcación Hidrográfica del Guadalquivir que hacen referencia al dragado de profundización, una actuación que el Supremo considera no está "justificada" y que no puede ser concebida como una medida complementaria del mencionado plan. Según el Supremo, no se ha justificado de forma "específica" en el plan los motivos por los que se proyecta esa obra que "ocasionará modificaciones o alteraciones de las masas de agua, con el consiguiente deterioro y su repercusión sobre uno de los enclaves más protegidos de Europa, Doñana".

Y es que el Reglamento de Planificación Hidrológica exige que los motivos de las actuaciones se consignen y expliquen "específicamente" en el plan hidrológico, no con posterioridad al mismo, y tampoco a través de "motivaciones genéricas" sino con una "específica". También recoge la sentencia que medidas complementarias son las que conducen a conseguir los objetivos medioambientales previstos. Sin embargo, el dragado de profundización no pretende eso, sino que "persigue que puedan navegar por el canal embarcaciones de mayor calado, porque puede ser beneficioso desde el punto de vista económico".

"Esta obra, en definitiva, no es una medida complementaria. Se trata de una actuación que puede modificar las masas de agua y que precisa del correspondiente programa de medidas que tenga en cuenta los estudios realizados", señala el Supremo. Dado el caso, la Autoridad Portuaria prevé aprovechar el vigente periodo de revisión del Plan Hidrológico del Guadalquivir, para introducir de nuevo en el mismo este proyecto corrigiendo los aspectos censurados por la sentencia.

La redacción recomienda