Redacción iAgua
Connecting Waterpeople
Hidroglobal
SCRATS
TecnoConverting
Likitech
Filtralite
ESAMUR
Xylem Water Solutions España
TRANSWATER
ADECAGUA
Molecor
Saint Gobain PAM
Fundación CONAMA
Minsait
Idrica
Fundación Biodiversidad
Catalan Water Partnership
RENOLIT ALKORPLAN
Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
Hach
Rädlinger primus line GmbH
AECID
GS Inima Environment
Fundación Botín
Cajamar Innova
J. Huesa Water Technology
LACROIX
TEDAGUA
Lama Sistemas de Filtrado
Barmatec
Aqualia
Sivortex Sistemes Integrals
Consorcio de Aguas Bilbao Bizkaia
ACCIONA
CAF
Almar Water Solutions
Hidroconta
Vector Energy
Ingeteam
Schneider Electric
Baseform
AMPHOS 21
Amiblu
ICEX España Exportación e Inversiones
Centro Nacional de Tecnología de Regadíos (CENTER)
AGS Water Solutions
ADASA
Grupo Mejoras
ISMedioambiente
Laboratorios Tecnológicos de Levante
EPG Salinas
ONGAWA
DATAKORUM
FLOVAC
KISTERS
FENACORE
Asociación de Ciencias Ambientales
Agencia Vasca del Agua
IRTA
HRS Heat Exchangers
s::can Iberia Sistemas de Medición
Red Control
Innovyze, an Autodesk company
Global Omnium
Sacyr Agua
Kamstrup
Confederación Hidrográfica del Segura
IAPsolutions

Se encuentra usted aquí

El TSJA reduce en 100.000 euros la sanción a Fertiberia por los vertidos a la ría de Huelva

  • TSJA reduce 100.000 euros sanción Fertiberia vertidos ría Huelva
    Imagen de WWF en Huelva.

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha reducido en 100.000 euros una sanción impuesta a la empresa Fertiberia por la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía por un vertido a la ría de Huelva, ocurrido en 2007 y que originó la muerte de diversas especies, pasando la multa de 192.000 a 90.000 euros.

Según reza en la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso Administrativo con sede en Sevilla ha estimado de forma parcial el recurso de apelación interpuesto por la citada compañía contra la sentencia, procedente del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo 1 de Huelva, que desestimaba el recurso formulado contra la resolución de la viceconsejera de Medio Ambiente de fecha 25 de julio de 2011, confirmando en alzada la dictada por la Delegación Provincial de Huelva el 28 de mayo de 2007 imponiendo a la apelante la sanción de multa por importe de 192.000.

Por su parte, Fertiberia pidió la sustitución de la sanción de 192.000 euros por la de 24.051 o, subsidiariamente, por otra cuya cuantía no excediera de 80.000, fundamentando dicha pretensión en la aplicación de la norma sancionadora posterior más favorable, en concreto, la Ley de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental de 2007 en vez de la de Protección Ambiental de 1994.

Al respecto, el TSJA considera que la infracción es "formal y se particulariza en el incumplimiento de los condicionantes estipulados en la autorización de vertidos que obligan a la remisión a la Administración medioambiental de un informe detalle del vertido", a lo que añade que esta conducta encuentra su correspondencia en la Ley de 2007, de redacción prácticamente idéntica a la de 1994, con la única diferencia puramente terminológica, que viene dada por la sustitución de la expresión "autorización de vertidos" por la de "autorización ambiental integrada o unificada", ajustándolo a la nueva terminología de ley.

El TSJA detalla que la Ley de 1994 consideraba como infracción muy grave el incumplimiento de las condiciones impuestas en la autorización de vertidos, sancionable con multa de 150.253,03 euros hasta 300.506,05, con independencia de la gravedad o no del daño causado al medio ambiente.

Por su parte, la Ley de 2007 considera que se trata de una infracción grave, con posibilidad de imposición de multa de 24.051 euros hasta 240.400 cuando se ha producido un daño o deterioro grave, tipificándola como muy grave cuando el daño alcanza igual intensidad y la sanción ha de superar los 240.400 euros y alcanzar los 2.404.000.

Así, examinando el expediente administrativo, se advierte de que en ningún instante el daño medio ambiental producido es considerado o calificado como muy grave y se concreta en la mortandad de diversas especies de peces en la ría -mojarras, herreras, doradas, lenguados, lisas y cangrejos- hasta alcanzar los 30 kilos retirados.

La redacción recomienda