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8 meses de cárcel para el exvicepresidente de la Diputación de Castellón por la EDAR de Borriol

  • 8 meses cárcel exvicepresidente Diputación Castellón EDAR Borriol
    (Imagen: Diputación de Castellón)

La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha ratificado la pena de ocho meses de prisión para el exvicepresidente de la Diputación de Castellón Francisco Martínez Capdevila en la causa que se abrió por irregularidades en la tramitación de la depuradora de Borriol.

Así consta en la resolución, facilitada por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV), en la que el Alto Tribunal desestima los recursos interpuestos por el ministerio fiscal y por el condenado contra la sentencia de la Audiencia de Castellón.

En concreto, en la resolución de la Audiencia se condenaba a Martínez a ocho meses de cárcel, al pago de una multa de 12.600 euros y se le inhabilitaba para empleo o cargo público durante dos años por un delito de negociación prohibida a funcionarios.

Así mismo, se absolvió de todos los delitos a los otros cinco acusados en este procedimiento: el exalcalde de Borriol Adelino Santamaría, los dos hijos de Francisco Martínez, un empresario y un trabajador de éste.

Frente a esta resolución, el fiscal, quien reclamaba cuatro años de prisión para Martínez, presentó un recurso ante el Supremo por vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva al ver lesionado su derecho fundamental "de la exigencia de que el razonamiento esté asentado en las reglas del criterio humano o en las de la experiencia común".

En la resolución de la Audiencia se condenaba a Martínez a ocho meses de cárcel, al pago de una multa de 12.600 euros y se le inhabilitaba para empleo o cargo público durante dos años por un delito de negociación prohibida a funcionarios

Por su parte, el condenado también recurrió por no habérsele comunicado el contenido de la imputación de manera que no pudo defenderse en el enjuiciamiento.

El Alto Tribunal desestima ambos recursos y llega a la siguiente conclusión: el relato fáctico es "claro y preciso" en la relación de la presencia de un funcionario público --Martínez-- con competencias en el área de infraestructuras, y el aprovechamiento de esa condición para forzar o participar y, de esta manera, obtener una ventaja o beneficio respecto a un interés particular.

Hechos probados

Tal y como estimó acreditado la Audiencia de Castellón, una de las fincas donde se proyectaba la depuradora de Borriol fue adquirida por la hija del exvicepresidente de la Diputación Francisco Martínez en mayo de 2008 y aportada a la empresa Fanvaltur, de la que ésta era socia junto a su padre y su hermano.

La sentencia subrayaba que Martínez y el exalcalde de Borriol Adelino Santamaría eran conocedores de los proyectos realizados para la construcción de la depuradora, mientras que el último también conocía los terrenos en los que se había programado la instalación de esta infraestructura, "sin que ello añadiera o aportara elemento alguno de ilegalidad o desvío del procedimiento ordinario ni de su resultado".

Además, se indicaba que no ha quedado acreditado que Santamaría conociera la vinculación de la parcela donde se proyectaba la depuradora con Francisco Martínez y su hija y que el hecho de que no hiciera referencia a la misma en anteriores comunicaciones que se había hecho fuera con intención de ocultarla, como tampoco que la actuaciones tendentes a incluir dicha finca en el proyecto fueran innecesarias, ni contrarias a derecho, ni destinadas a beneficiar a los propietarios.

La sentencia también subrayaba que, pese al "entramado" destinado a ocultar la titularidad real de la parcela para que no se descubriera que estaba vinculada al entonces vicepresidente de la Diputación o a su familia, no quedó acreditado que hubiera un concierto entre los acusados al efecto de elevar ficticiamente el precio de adquisición de los terrenos.

No obstante, la Audiencia considera la conducta de Francisco Martínez constitutiva de un delito de negociaciones prohibidas a los funcionarios, pues no puede desconocerse que el cargo político que ostentaba le obligaba a ser "muy cuidadoso" en cuanto al ejercicio público de su cargo y a la posible actividad empresarial que podía deducirse de la participación en ciertas empresas que tenía y en sus propiedades.

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