El plazo para la Declaración de Fuentes de Agua vía web se ha extendido 30 días más.
El plazo vence el 30 de Agosto de 2014
Se ha extendido un mes más la Declaración de todo aprovechamiento de Agua (pozos, tajamares, represas, tanques excavados y polders, diques de protección contra inundaciones, tomas de agua). Este año la Declaración tiene carácter de jurada y obligatoria según la Ley 19.149 de 24/10/2013. El plazo vence el 30 de Agosto de 2014
El objetivo de la Declaración es ser un instrumento para crear el primer Inventario Nacional de Aprovechamientos de Agua. La información aquí generada será de gran utilidad para planificar el uso eficiente del Recurso Hídrico de todas las cuencas que integran el territorio nacional. Conocer la disponibilidad de agua que tiene cada predio es fundamental para que el productor pueda planificar y gestionar su sistema productivo en forma eficiente.
Realizar la presente Declaración no otorga un derecho de uso de agua, para obtenerlo es preciso tramitar el registro de la obra en las oficinas Regionales de DINAGUA.