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El desafío del agua para un mundo en mutación

Sobre la Entidad

Redacción iAgua
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La Comisión Europea adoptaba en pasado 27 de octubre una Recomendación relativa a la iniciativa de programación conjunta de investigación «El desafío del agua para un mundo en mutación».

A continuación, reproducimos sus considerandos y recomendaciones:

Considerando lo siguiente:

(1) Disponer de agua en cantidades suficientes y con la calidad adecuada es una cuestión altamente prioritaria, así como un reto social paneuropeo, e incluso mundial.

(2) Dentro de la estrategia Europa 2020, la iniciativa emblemática establecida por la Comunicación de la Comisión, de 26 de enero de 2011, «Una Europa que utilice eficazmente los recursos — Iniciativa emblemática con arreglo a la Estrategia Europa 2020» recuerda la importancia del agua como recurso natural fundamental para el funcionamiento de la economía europea y mundial, así como para nuestra calidad de vida. Además, la iniciativa establecida por la Comunicación de la Comisión, de 6 de octubre de 2010, «Iniciativa emblemática de Europa 2020 Unión por la innovación» reconoce que el agua constituye un reto social de importancia creciente y un ámbito prioritario para la innovación a fin de permitir a la Unión alcanzar sus objetivos en materia de política de aguas al tiempo que garantiza el buen estado ecológico, químico y cuantitativo del agua, así como su uso sostenible, reduce su huella hídrica, mejora la seguridad hídrica y promueve el liderazgo mundial de la industria europea del agua.

(3) Se espera que la distancia que separa la demanda de agua en el mundo de su disponibilidad aumente considerablemente a lo largo de los próximos veinte años. A fin de equilibrar esta difícil ecuación de la oferta y la demanda de agua, de fijar prioridades que permitan gestionar el estrés hídrico o la escasez de agua y de conservar nuestros ecosistemas hídricos a largo plazo, es necesaria una actuación concertada y un sólido fundamento científico y técnico, junto con una toma en consideración plena de la situación geográfica, política, socioeconómica y cultural a nivel local. A tal efecto, la Comisión Europea está elaborando un Programa de Salvaguardia de las Aguas de Europa para 2012, que contendrá medidas tendentes a garantizar un agua de buena calidad y en cantidad suficiente para todos los usos legítimos en la UE.

(4) Se corre el riesgo de que una proporción sustancial de las aguas dulces de Europa no alcance para 2015 el objetivo de buen estado ecológico establecido por la Directiva 2000/60/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2000, por la que se establece un marco comunitario de actuación en el ámbito de la política de aguas. Este riesgo deriva de diversos factores y presiones, según señala la AEMA en su Informe sobre el Estado del Medio Ambiente de 2010. La contaminación del agua sigue planteando problemas de salud pública, en particular en lo que se refiere a la exposición a nuevos contaminantes, los efectos de las mezclas químicas que se encuentran en algunas aguas europeas y los posibles riesgos de contaminación microbiológica.

(5) Se espera que el cambio climático siga dejando sentir su efecto en los ecosistemas hídricos europeos, haciendo que la escasez de agua sea más frecuente, las sequías más frecuentes y graves, en particular en los países mediterráneos, y el riesgo de inundación más elevado en buena parte de Europa.

(6) La agricultura intensiva, cuyo propósito es producir más alimentos y biomasa, podría intensificar la demanda de agua dulce para regadío y, por consiguiente, la presión sobre las reservas hídricas. Es preciso elaborar rápidamente soluciones en relación con el agua, de forma que aumente la eficiencia del riego, se reduzca el consumo de agua y se gestionen y conserven de manera sostenible los acuíferos. 

(7) La creciente urbanización y la ampliación de la superficie construida, incluidas las infraestructuras energéticas y de navegación, inducen modificaciones hidromorfológicas que repercuten en las masas de agua superficiales y subterráneas, en los hábitats y en otros aspectos de la biodiversidad. 

Sería muy ventajoso aplicar enfoques más integrados en materia de ordenación, basados en sistemas de control fiables y en una evaluación más global de las relaciones causa-efecto entre los cambios en el uso del territorio y los ecosistemas hídricos.

(8) Las infraestructuras hídricas en Europa cada vez resultan más vulnerables a causa del envejecimiento, los daños derivados de excavaciones, la insuficiencia del mantenimiento o la sobrecarga. Se han constatado fugas sustanciales de agua de los sistemas de abastecimiento en algunas partes de Europa, oscilando las pérdidas del agua transportada entre el 5 % y el 40 %.

(9) El sector hídrico europeo tiene una gran importancia económica, con un crecimiento medio del 5 % y un volumen de negocios de unos 80 000 millones EUR al año, lo que representa aproximadamente un tercio del mercado mundial del agua. Un aumento de la cooperación estratégica en investigación e innovación sobre el agua en Europa puede propiciar avances científicos y tecnológicos capaces de impulsar la competitividad europea en los mercados internacionales y contribuir a la transición a una economía que utilice el agua con más eficiencia en Europa y, por ende, a alcanzar los objetivos revisados de UE2020: una economía más inteligente, sostenible e incluyente.

(10) Es esencial reforzar la base de conocimientos científicos y tecnológicos en Europa para afrontar las dimensiones social, ambiental y económica de los retos relativos al agua.

(11) Aun cuando en diversos lugares de Europa se está realizando una investigación de excelencia, la investigación sobre el agua en Europa ofrece actualmente una imagen de complejidad y fragmentación excesiva. Muchas redes y organizaciones de investigación de nivel europeo, nacional y regional definen sus programas estratégicos de investigación sobre el agua en relativo aislamiento, lo que hace que las actividades de investigación compitan y se solapen, careciendo a menudo de masa crítica.

(12) Dado que la mayor parte del territorio europeo pertenece a cuencas transfronterizas, es necesaria la colaboración entre países para alcanzar, en lo que se refiere a conocimientos, actividades y capacidad institucional, la masa crítica precisa para promover un uso más eficaz del potencial investigador europeo y fomentar las soluciones transfronterizas compatibles. 

(13) La programación conjunta de la investigación sobre «El desafío del agua para un mundo en mutación» contribuiría a coordinar la investigación en este ámbito y a establecer un Espacio Europeo de Investigación de las aguas dulces plenamente operativo, reforzando así el liderazgo de Europa y la competitividad de la investigación en este campo, al tiempo que se favorece la consecución de los objetivos de la política de aguas de la Unión.

(14) En su reunión del 26 de mayo de 2010, el Consejo de Competitividad reconoció que «El desafío del agua para un mundo en mutación» era uno de los ámbitos en que la programación conjunta aportaría un considerable valor añadido para reducir la fragmentación en las actividades de los Estados miembros en el campo de la investigación. Por ello, adoptó unas conclusiones en las que se señalaba la necesidad de poner en marcha una iniciativa de programación conjunta sobre las aguas dulces e invitaba a la Comisión a contribuir a prepararla. El Consejo también reafirmó que la programación conjunta constituye un proceso liderado por los Estados miembros, en el que la Comisión actúa en calidad de facilitadora. 

(15) La investigación hídrica es un ámbito clave dentro del Programa Marco de Investigación de la Unión, que desempeña un papel altamente estratégico al servicio del proceso político europeo, teniendo en cuenta la dimensión mundial de los retos asociados al agua. Es necesario que las actividades encuadradas en esta iniciativa de programación conjunta estén estrechamente coordinadas con el Séptimo Programa Marco de la Unión y con los futuros programas de la Unión en este ámbito, en particular el Programa Marco de Investigación e Innovación (2014- 2020) «Horizonte 2020».

(16) El análisis de las actividades nacionales de investigación que se bosqueja en el documento de trabajo de los servicios de la Comisión confirma la necesidad de una mejor coordinación para incrementar la eficacia y el impacto de la investigación, así como para evitar duplicaciones a través de la elaboración de una agenda estratégica común.

(17) Para que la Comisión pueda informar al Parlamento Europeo y al Consejo sobre los progresos conseguidos en todas las iniciativas de programación conjunta, se pedirá a los Estados miembros que faciliten a la Comisión informes periódicos sobre los progresos efectuados en relación con la presente iniciativa de programación conjunta.

HA ADOPTADO LA SIGUIENTE RECOMENDACIÓN:

1. Se insta a los Estados miembros a crear una perspectiva común sobre la forma en que la cooperación y la coordinación en el ámbito de la investigación a nivel de la Unión pueden ayudar a afrontar el reto de lograr unos sistemas hídricos sostenibles que permitan una economía sostenible en Europa y fuera de ella y aprovechar las oportunidades que ofrece dicha perspectiva común. 

2. Se insta a los Estados miembros a elaborar una agenda estratégica de investigación operativa común, que determine y establezca las necesidades y objetivos de investigación a medio y largo plazo en el ámbito de las aguas dulces. La estrategia debe contener un plan de ejecución que fije las prioridades y los plazos y especifique las medidas, los instrumentos y los recursos necesarios para aplicarla.

3. Se insta a los Estados miembros a incluir las acciones siguientes en la agenda estratégica de investigación y en el plan de ejecución: 

a) identificar e intercambiar información sobre los programas nacionales pertinentes, las actividades de investigación y los programas de investigación coordinados por la Unión;

b) reforzar los ejercicios conjuntos de prospectiva y las capacidades de evaluación de la tecnología; 

c) intercambiar información, recursos, mejores prácticas, metodologías y directrices;
d) identificar áreas y actividades de investigación o piloto en las que podrían resultar beneficiosas la coordinación, las convocatorias de propuestas conjuntas o la puesta en común de recursos (incluidos los de tipo financiero);

e) definir las modalidades correspondientes a la investigación que se vaya a emprender conjuntamente en las áreas a que se refiere la letra d);

f) garantizar la coordinación y el desarrollo de sinergias con los regímenes de investigación e innovación existentes en la Unión, por ejemplo, el Programa Marco, y otras iniciativas de programación conjunta relacionadas, en particular, «La conexión de los conocimientos climáticos para Europa», «La Europa urbana — retos urbanos mundiales, soluciones conjuntas europeas» y «Mares y océanos sanos y productivos»;

g) compartir, cuando proceda, las infraestructuras de investigación existentes o crear otras nuevas, tales como bancos de datos coordinados o modelos para el estudio de los procesos relacionados con el agua; 

h) fomentar una mejor colaboración entre los sectores público y privado, así como una innovación abierta entre distintas actividades de investigación y sectores empresariales
relacionados con el agua;

g) compartir, cuando proceda, las infraestructuras de investigación existentes o crear otras nuevas, tales como bancos de datos coordinados o modelos para el estudio de los procesos relacionados con el agua; 

h) fomentar una mejor colaboración entre los sectores público y privado, así como una innovación abierta entre distintas actividades de investigación y sectores empresariales relacionados con el agua

i) exportar y publicar los conocimientos, la innovación y los enfoques metodológicos interdisciplinaria, en particular en lo que se refiere a los resultados de interés para las políticas;

j) aportar la información científica y tecnológica adecuada para la formulación de políticas a nivel nacional y de la Unión;

k) crear redes entre centros dedicados a la investigación sobre el agua.

4. Se insta a los Estados miembros a mantener una estructura de gestión común y eficiente en el ámbito de la investigación sobre el agua, con el mandato de fijar condiciones, reglas y procedimientos comunes para la cooperación y la coordinación y de supervisar la ejecución de la agenda estratégica de investigación.

5. Se insta a los Estados miembros a aplicar conjuntamente la agenda estratégica de investigación a través de sus programas nacionales de investigación, de conformidad con las directrices establecidas en las Condiciones Marco de la Programación Conjunta elaboradas por el Grupo de Alto Nivel del Consejo para la programación conjunta.

6. Se insta a los Estados miembros a cooperar con la Comisión con vistas a explorar posibles iniciativas de esta para asistir a los Estados miembros en la creación y aplicación de la agenda estratégica de investigación, y a coordinar el programa
conjunto con otras iniciativas de la Unión en la materia.

7. Se insta a los Estados miembros a vincularse estrechamente con el Foro Estratégico para la Cooperación Internacional en Ciencia y Tecnología (SFIC) en el desarrollo e implantación de una posible dimensión internacional de la agenda estratégica de investigación y a garantizar la coherencia con las iniciativas del SFIC con y ante los países no pertenecientes a la UE.

8. Se insta a los Estados miembros a informar periódicamente a la Comisión, mediante informes anuales de actividad, sobre los avances realizados en esta iniciativa de programación conjunta.

Descargar Comunicación en pdf.

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