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SUNASS garantiza que las inversiones en servicios de saneamiento sean sostenibles

Sobre la Entidad

Sunass
El organismo regulador de la prestación de servicios de agua potable y alcantarillado del Perú.
  • Aprueba procedimiento para incorporar nuevos proyectos de inversión en el sector. Proyectos de inversión en saneamiento financiados por las distintas instancias de gobierno, por la modalidad de Obras por Impuestos y Asociaciones Público-Privadas podrán ser incluidos en los estudios tarifarios.

La Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento (SUNASS) publicó la resolución que aprueba el procedimiento que permitirá incluir nuevos proyectos de inversión en los estudios tarifarios vigentes de las empresas de agua potable (EPS), con la finalidad de asegurar su sostenibilidad. Dentro de este grupo de proyectos se encuentran aquellos financiados por el gobierno central, gobiernos regionales y locales; aquellos financiados mediante Obras por Impuestos; así como aquellos ejecutados mediante la modalidad de Asociación Público-Privada (APP).

Al respecto, debe tenerse en cuenta que en los últimos años el dinamismo en la inversión pública y privada ha ocasionado que muchos de los proyectos ejecutados por los distintos niveles gubernamentales no fueran incluidos en los Planes Maestros Optimizados (PMO) de las EPS, utilizados como base para la aprobación de sus estudios tarifarios.

Como consecuencia de lo anterior, una vez que dichos proyectos eran entregados o transferidos a las EPS para su operación, estas no siempre contaban con los recursos económicos necesarios para cubrir los costos de operación y mantenimiento de la nueva infraestructura. De esta forma, el procedimiento aprobado por la SUNASS brinda una solución proactiva a este posible inconveniente.

Así, el “Procedimiento para incorporar en el periodo regulatorio vigente proyectos de inversión no incluidos en la fórmula tarifaria” ha sido publicado en la página web institucional del organismo regulador (www.sunass.gob.pe), habiendo sido aprobado luego de haber recibido y absuelto los comentarios de los interesados.

Es importante señalar que la SUNASS tiene la facultad normativa de aprobar estos procedimientos, en el marco de la Ley de Modernización de los Servicios de Saneamiento, aprobada el 2013 mediante la Ley N° 30045 y su reglamento; y por la Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos, Ley N° 27332.

La función de la SUNASS, el regulador del agua potable, es normar, regular, supervisar y fiscalizar a las empresas de saneamiento a nivel nacional, resolviendo los reclamos en segunda instancia administrativa. 

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