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Nuclenor rechaza las acusaciones sobre contaminación térmica de la central nuclear de Santa María de Garoña

Sobre la Entidad

Redacción iAgua
Redacción de iAgua. La web líder en el sector del agua en España y Latinoamérica.

Nuclenor rechaza las acusaciones realizadas por Greenpeace en la que se afirmaba que la instalación de Santa María de Garoña incumple la legislación recogida en la autorización de vertido otorgada por la Confederación Hidrográfica del Ebro en 2007.

En este sentido Nuclenor quiere subrayar que la actividad de la central de Santa María de Garoña está sujeta al cumplimiento de la legislación vigente en todos sus extremos, también en lo referente a las actividades de refrigeración de la central. Así lo ratifican las inspecciones y auditorías a las que periódicamente se somete la planta y los informes que se realizan para la Confederación Hidrográfica del Ebro.

En este sentido, el informe sobre el seguimiento de la descarga térmica de la central nuclear de Santa María de Garoña correspondiente al año 2009 (último disponible) elaborado por la consultora URS para Nuclenor y remitido a la Confederación Hidrográfica del Ebro señala en sus conclusiones que «a lo largo de 2009 se cumple con el condicionado referente a las aguas de refrigeración de la autorización de vertido de las aguas residuales de la central nuclear de Santa María de Garoña, excepto en cuatro circunstancias excepcionales, en la que se habría producido una situación semejante incluso sin la presencia de la central».

Más adelante el mencionado informe señala que en las cuatro circunstancias excepcionales mencionadas «las temperaturas que se consideran en el calculo del incremento, tanto en Garoña como en la presa de Sobrón, son muy bajas, por lo que el mencionado incremento carece de significado ecológico en el contexto regional donde se encuentra el embalse y, consecuentemente, no afecta en absoluto al embalse».

La central de Garoña como cualquier otra central de producción de energía eléctrica (carbón, gas, etc.) precisa para su operación de un caudal de agua para refrigerar en el condensador principal el vapor procedente de la turbina. Este caudal, en el caso de Garoña, se toma del río Ebro. El agua circula a través de los tubos del condensador principal para la refrigeración del vapor y se devuelve íntegra al río sin consumo y con un ligero incremento en su temperatura.

El caudal de agua necesario para la operación de la central está asegurado por el propio caudal del río Ebro. Respecto al impacto térmico provocado por el funcionamiento de la instalación, éste se ve muy reducido por el elevado volumen de agua presente en los 12 kilómetros del embalse de Sobrón.

El impacto ecológico de la operación de la central se analiza mensualmente y también con carácter anual a través del estudio limnológico que se envía a la Confederación Hidrográfica del Ebro. De acuerdo con las indicaciones de la Directiva Marco del Agua (DMA), este estudio incluye la evaluación del potencial ecológico, como medida de la calidad ecológica de las aguas del embalse de Sobrón. La valoración de este potencial ecológico, EQR, resulta ser buena o superior (valoración más alta de una escala de cuatro categorías) para el caso de las aguas del entorno de la central.

Por otro lado, desde el comienzo de la operación de la central nuclear de Santa María de Garoña nunca ha tenido que detener su producción por falta de caudal de refrigeración del río Ebro. Así lo confirman las sucesivas renovaciones de las autorizaciones de vertido otorgadas por el Ministerio de Medio Ambiente a través de la Confederación Hidrográfica del Ebro.

Fuente.- Nuclenor

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