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El agua es un derecho. ¿Y ahora qué? Aplicación según la Relatora de NN.UU.

Sobre el blog

Alberto Guijarro Lomeña
Ingeniero Industrial y Posgrado en Cooperación Internacional. Agua, saneamiento, Agenda ODS, desarrollo, sostenibilidad, RSE.

Ya comentaba en mi anterior post que uno de los hitos internacionales más relevantes de la última década en el sector del agua y saneamiento era, en mi opinión, el reconocimiento del agua y saneamiento como derecho humano por Naciones Unidas en julio de 2010. Bien, pero, ¿y ahora qué?.

Como comenta Catarina de Albuquerque, ex-Relatora Especial de NN.UU. para el derecho humano al agua y saneamiento, tras reconocerse el derecho mucha gente se le acercaba diciéndole: Ya estamos convencidos del derecho humano al agua y saneamiento, pero no sabemos cómo hacerlo realidad, qué tenemos que cambiar en nuestra forma de trabajar para contribuir a la realización de estos derechos. Ante estas demandas, la entonces Relatora Espacial se sintió en la responsabilidad de hacer algo más.

Este fue el punto de partida del Manual práctico para la realización de los derechos humanos al agua y al saneamiento, que presentó la propia Catarina de Albuquerque el pasado 18 de marzo en Madrid, en la X Jornada Derecho Humano al Agua y Saneamiento organizada por ONGAWA, Ingeniería para el Desarrollo Humano, en colaboración con la Oficina de Derechos Humanos y la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo.

No es sencillo implementar en la práctica el derecho humano al agua y saneamiento

Con este manual, Catarina de Albuquerque pretende, en primer lugar, aclarar el significado del derecho humano al agua y saneamiento, ya que todavía numerosas entidades que trabajan en el sector desconocen las características que rigen este derecho.

Para ello, desarrolla las obligaciones que se desprenden del derecho al agua y saneamiento y que deben ser tenidas en cuenta por las entidades que regulan y operan en el sector, y por aquellas que directa o indirectamente afectan a los recursos hídricos y al saneamiento. También propone pautas para la implementación, incluyendo ejemplos de buenas y malas prácticas que pueden dar orientaciones útiles a los actores públicos y privados.

Adicionalmente, el manual explora cómo se puede exigir a los estados que cumplan sus obligaciones, y proporciona listas de control para evaluar en qué medida se cumple con las obligaciones emanadas del derecho humano al agua y saneamiento, ayundando a identificar puntos fuertes y áreas de mejora.

El manual se dirige fundamentalmente a gobiernos (locales, reginales, nacionales), y también a agencias de desarrollo, ya que son los titulares de obligaciones frente al derecho. Pero también puede ser usado por otros actores, para, por ejemplo, monitorear cómo se están haciendo los progresos o tener orientaciones para respetar el derecho.

Como dice la propia ex-Relatora, no es sencillo implementar en la práctica el derecho humano al agua y saneamiento, pero el manual puede servir de orientación para avanzar hacia la realización progresiva.

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