La Comisión Europea publicó su propuesta de nueva “Directiva de tratamiento de aguas residuales urbanas” el pasado 26-10-2022. Con esta revisión se pretenden abordar tres grandes temas: (1) Reducir la emisión de contaminación procedente de pequeñas aglomeraciones, sistemas individuales mal gestionados, desbordamientos de redes, escorrentía urbana y eliminación insuficiente de nutrientes; (2) Adaptarse a nuevos retos y alinearlos con el Pacto Verde Europeo, incorporando microcontaminantes, economía circular, eficiencia energética, emisiones de gases de efecto invernadero y vigilancia sanitaria en las aguas residuales; y (3) Aspectos de gobernanza, como la transparencia, información al público, planificación de inversiones, la Responsabilidad Ampliada del Productor (RAP) y el acceso al saneamiento.
Tanto el Parlamento Europeo como el Consejo han trabajado intensamente para acordar un texto final consensuado, que se aprobó en el Plenario del Parlamento el 5-10-2023 y en el Consejo el 16-10-2023. Los trílogos comenzaron en octubre de 2023 y, en marzo de 2024, se llegó a un acuerdo final de Directiva que se publicará en el Diario Oficial de la UE y entrará en vigor veinte días después.
Será necesaria una estrategia de financiación sólida y una adecuada planificación, enfrentándose al gran reto de la neutralidad energética
Los principales aspectos novedosos son: (1) Las aglomeraciones a partir de 1.000 h-e (habitantes-equivalentes) deberán construir sistemas colectores para recoger sus aguas residuales (artículo 3); (2) El artículo 5 establece la obligatoriedad de elaborar Planes Integrales de Gestión de Sistemas de Saneamiento. El 31-12-2033 será la fecha máxima para aglomeraciones mayores a 100.000 h-e y el 31-12-2039 para aglomeraciones entre 10.000 y 100.000 h-e (medianas), cuando los desbordamientos supongan un riesgo. Se introduce un objetivo de reducción indicativo no-vinculante inferior al 2% de la carga anual recogida, que se tendrá que alcanzar en 2039 para aglomeraciones grandes y en 2045 para las medianas; (3) El tratamiento terciario de eliminación de nutrientes, será obligatorio en depuradoras mayores a 150.000 h-e el 31-12-2039 mientras que todas las aglomeraciones medianas, de una lista de zonas con riesgo de eutrofización, deberán de cumplirlo antes del 31-12-2045. Se establecen valores máximos de N y P, fijando dos límites distintos en función del tamaño de la aglomeración/depuradora; (4) El tratamiento cuaternario para reducción de microcontaminantes será obligatorio en depuradoras mayores a 150.000 h-e el 31-12-2045. Las aglomeraciones medianas, de una lista de zonas con riesgo de acumulación de microcontaminantes, deberán cumplirlo el 31-12-2045. Se establece un porcentaje mínimo de reducción del 80% para una lista de sustancias indicadoras; (5) Los artículos 9 y 10 introducen la obligación de que los fabricantes contribuyan a los costes del tratamiento cuaternario mediante la RAP, por la que los sectores que introduzcan en el mercado ciertos productos, tendrán que contribuir financieramente. Con la RAP se aplicará el principio “Quien contamina paga” y se promueve el control de la contaminación en origen, claves en el Tratado de funcionamiento de la UE; y (6) La neutralidad energética (artículo 11) ha sido muy debatida. Se debe lograr la neutralidad a nivel de sector nacional en depuradoras mayores a 10.000 h-e. A más tardar, el 31-12-2040, se garantizará que la energía renovable total anual producida sea equivalente a la consumida. Se establecen fechas intermedias con distintos porcentajes y cierta flexibilidad para compra de energía externa de fuentes no-fósiles.
Esta nueva Directiva es clave para alcanzar el objetivo de contaminación cero en la UE y supondrá un gran avance para una mayor protección medioambiental y de la salud humana, pero tendrá un gran impacto. Será necesaria una estrategia de financiación sólida y una adecuada planificación, enfrentándose al gran reto de la neutralidad energética. La transposición al ordenamiento jurídico español será clave por el cambio tan profundo que supone en la gestión de las aguas residuales en España.