Una vez finalizado el año 2018 es un buen momento para recopilar algunos de los acontecimientos jurídicos relacionados con el mundo del agua más importantes que han acaecido durante dicho periodo:
1. El Defensor del Pueblo, por decisión de 10 de agosto de 2018, acordó sugerir a la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir declarar, de acuerdo con el artículo 56 del Texto Refundido de la Ley de Aguas (TRLA), como acuífero sobreexplotado a las masas de agua subterránea de Almonte, Marismas y Rocina (esto es, el acuífero de Doñana), y aprobar un programa de actuación que ordene las extracciones y coordine las medidas previstas en los diferentes instrumentos de planificación sobre recursos hídricos, actividad agrícola y protección de los espacios naturales, con el fin de garantizar el uso sostenible del recurso.
2. La Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 25 de julio de 2018, por el retraso en el cumplimiento de la Directiva 91/271/CEE del Consejo, de 21 de mayo de 1991, sobre el tratamiento de las aguas residuales urbanas, condenó a España a abonar 12 millones de euros y una multa a la Comisión Europea coercitiva de un importe de 10.950.000 euros por cada semestre de retraso.
3. El Tribunal Supremo, por sentencia de 3 de octubre de 2018, por el recurso interpuesto por la Sociedad Española de Ornitología (SEO/BirdLife) y la Asociación para el estudio y mejora de los salmónidos (AEMS-Ríos con Vida), anuló el artículo 49 quinquies apartado 2 del Reglamento del Dominio Público Hidráulico (RDPH), que determinaba márgenes de reducción generales al cumplimiento del régimen de caudales ecológicos en las masas de agua, posibilitando que los planes hidrológicos de cuenca pudieran fijar unas reglas menos exigentes referidas a masas de agua específicas.
4. La Sentencia del Tribunal Supremo de 3 de diciembre de 2018 confirmó el acuerdo del Consejo de Ministros de 15 de julio de 2016 que, resolviendo expediente sancionador, impuso a la empresa que explota la mina de Cobre las Cruces (Sevilla) una multa de 923.091 euros y una indemnización por daños al dominio público hidráulico en la cantidad de 276.927,45 euros, por extracción ilegal de aguas, conducta constitutiva de tres infracciones muy graves, las tipificadas en el art. 116.3 a), c) y g) del TRLA, en concordancia con el art. 317 del RDPH y en relación con el art. 42 del Plan Hidrológico de Demarcación del Guadalquivir y la condición específica determinada por una autorización administrativa.