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Código de agua, mercado del agua y escasez de agua

Sobre el blog

Gabriel Caldés
Consultor Senior (MBA) Gestión Hídrica, Dirigió creación ECONSSAChile S.A, Consejero del CPI Chile. Autor del libro La Industria Sanitaria en Chile. Asesor de FCh, EH2030. Consultorías en Latinoamérica y BID.
  • Código agua, mercado agua y escasez agua

En Chile la propiedad del acceso al agua se transfirió a los privados en forma permanente o indefinida a través de los derechos de aprovechamientos de agua y estos se rigen por las fuerzas de la oferta y demanda del mercado, donde se transan sin restricciones, determinando el precio el uso que tendrá el agua. Este mercado del agua, sin información pública y poco transparente, también permite que particulares puedan comprar y vender estos derechos, sin considerar ningún tipo de uso del agua, solo con el fin de rentabilizar una operación financiera que algunos llaman especulación.

Estas afirmaciones, además de ser cierta, tienen una serie de consideración que es necesario aclarar.

El Estado de Chile, durante el siglo pasado, en las décadas del 30 al 50 y después de varios intentos por crear un Código de Aguas, recién en 1951 pudo implementar el primer Código de Aguas que perduró en el tiempo, dando origen a un modelo hídrico, donde el Estado, como responsable del agua por ser un bien nacional de uso público, cumplía un importante rol en la entrega de concesiones hídricas transitorias y mercedes de agua según el uso del agua. Además, se reconocía al consumo humano como prioritario en las preferencia por sobre cualquier otros usos y que el agua estaba ligada a la tierra, es decir, cuando se vendía la tierra se entregaba con el agua.

El actual Código de Agua, tiene su origen en 1981 producto de la reforma del Código del año 1951, que adaptó este cuerpo jurídico, sin un debate público ni búsqueda de consensos, al profundo, difícil y doloroso proceso de transformación política, económica y social que vivía el país, con la implementación de una economía abierta y neoliberal, que propiciaba el libre mercado y lo definía como “el” motor del desarrollo económico. Este modelo económico, se basaba en el pensamiento de la Escuela de Chicago, liderada por uno de sus fundadores Milton Friedman, economista y Premio Nobel de Economía el año 1976.

La reforma al Código de Aguas de 1981, incorporó una sería de cambios orientados a crear las condiciones para su adaptación a la nueva economía, como separar el agua de la tierra, eliminar la prioridad del consumo humano y tal vez el más importante, cambiar el derecho de aprovechamiento de agua de un derecho administrativo, que se relaciona con una concesión transitoria, a ser un derecho real indefinido, que genera propiedad privada a su poseedor en forma indefinida. Estos cambios, crean las condiciones para que emerja un mercado de derechos de agua, donde este es considerado un bien económico, transable libremente por su propietario permitiendo que el agua siga siendo un bien nacional de uso público, pero que se puede a acceder a su uso, goce o aprovechamiento, solo si se tiene en propiedad un derechos de aprovechamientos de agua. 

La figura descrita anteriormente, pareciera ser una “regla de tres simple jurídica” que define al agua como un bien nacional de uso público, pero para ser usada, solo basta tener un derecho de aprovechamiento de agua, sin siquiera tener interés en utilizar los recursos hídricos. Es decir, se puede concluir que para acceder a utilizar el agua, es solo facultad de los privados dueños de los derechos de agua. Resultado de la ecuación = el acceso al agua es privada en forma permanente. De allí a definir que en Chile el agua es privada, existe una muy delgada línea roja difícil de percibir.

El Código de Agua vigente, al igual que la legislación transformadora realizada en la década de los 80 de los servicios públicos básicos, como la electricidad, agua potable, teléfono, gas, transporte público y otros, que en su gran mayoría se encontraba en manos del Estado, recogen la mirada neo liberal y se abren a la participación de privados, consolidando el nuevo modelo económico.

Hoy no es posible, ni sustentable hacer cambios profundos en el modelo hídrico, sin un consenso y un debate público, pero también es posible avanzar sin tener que estar mirando todo el tiempo para el Parlamento

Dicho lo anterior, lo que no consideró esta legislación economicista, dentro de otros temas, fue la mirada ambiental de cómo la sociedad debería relacionarse con el medio ambiente. Tampoco concibió los efectos del cambio climático, como que el agua podía dejar de ser un recurso natural renovable y permanente y que un derecho de agua podría no contar con recursos hídricos para hacer efectivo el derecho  uso del agua.

Los efectos del cambio climático como la sequía, se han visto agravada con una escasez hídrica (no de derechos de agua), consecuencia de una inadecuada gestión hídricas de los propios usuarios y una ausencia del Estado en las cuencas, que no han logrado organizarse o coordinarse para la toma de decisiones y han permitido una sobre explotación de las fuentes, producto del aumento de la demanda de recursos hídricos que requiere el desarrollo agrícola, minero e inmobiliario del país. Esta sobre explotación, ha sido avalado, por una sobre entrega gratuita de derechos de aprovechamientos de agua, por parte del estado, que en algunas cuencas se calcula entre 5 a 7 veces más, por sobre la capacidad hídrica de los ecosistemas de esas cuencas.

Han existido esfuerzos interesantes en algunos sectores para buscar consensos hídricos nacionales, pero aún no se logra una plataforma sólida que permita avanzar. Esta tarea hay que terminarla, pero es difícil cuando algunos sectores relacionados con el mercado del agua, aun niegan la falta de recursos hídricos o de la existencia de desbalance hídrico o brechas hídricas

El escenario hídrico actual, no cuenta con los instrumentos jurídicos e institucionales más adecuados, que permitan afrontar y resolver la situación hídrica a través de una gestión o política eficaces, consensuada y sustentable del agua. Tampoco el mercado del agua, que ha mostrado cierta falta de capacidades de auto regularse para evitar la sobre explotación y sus consecuencias. Por el contrario, el mercado cuenta con escasa información validada y pública, con bajos niveles de transparencia, no prioriza el consumos humano y no ha logrado impedir el consumo intensivo, aún cuando se produzca un desbalance hídrico en la cuenca. Sin embargo, aun cuando no es un mercado perfecto y profundo, ha podido mostrar resultados económicos como poner un valor a los derechos de aguas y del agua en cada fuente que es una dato importante para la gestión hídrica, aun cuando en algunas ocasiones ha permitido o incentivado la especulación comercial de los derechos de aguas, solo por su nivel de rentabilidad y sin mediar algún tipo de uso concreto.

En la actualidad, se ha vuelto a reactivar en el Congreso Nacional, la lenta y prolongada tramitación legislativa (más de 8 años) de las modificaciones del Código de Aguas, con un inocuo e inútil debate referido, si los derechos deben ser de propiedad perpetua o indefinida o si las modificaciones deben ser para los nuevos derechos de agua o para todos. Estos debates, la falta de consensos, de sentido de urgencia y de modificaciones legales con visión de futuro y efectivas, pasan a ser parte del problema más que de la solución. Tampoco facilitará, construir una transición hídrica eficaz para adaptarnos a los nuevos requerimientos del cambio climático y del desarrollo sustentable del país, si no logramos a lo menos una base común consensuada pública privada y de los principales actores del mundo hídrico. El centro es la sustentabilidad del agua y su seguridad hídrica para todos los sectores, después busquemos  la seguridad jurídica pero también para todos los sectores.

La ausencia de un Estado en la gestión hídrica, con liderazgo técnico y político más activo, que regule al mercado en aquellas materias donde falla, que tenga presencia a nivel nacional y de cuenca, que proponga y elabore políticas hídricas nacionales e intersectoriales, que facilite y fomente los consenso y las organizaciones de usuarios y que elabore información validada del comportamiento de los acuíferos, usuarios y el mercado, para la toma de decisiones efectivas y realizar una fiscalización moderna, con tecnología, colocando las alertas oportunas para reaccionar proactivamente.

Es totalmente compatible y coherente en un modelo de mercado, el repliegue del Estado y entregar la responsabilidad de la asignación de los recursos al mercado, para regular la distribución de los recursos... Algo así ha sucedido con el agua

Debemos poner al agua en el foco del debate, la crisis es hídrica, no jurídica o política es son consecuencias pero no es el problema. Cuesta comprender que sigamos concentrando los esfuerzos en la modificación del Código de Aguas y en los derechos de agua, como si fuera suficiente o que por si sola, estos cambios nos permitirán resolver los problemas hídricos o del cambio climático. Por el contrario, estamos debatiendo los aspectos políticos que mas nos impiden llegar a acuerdos para avanzar. Los temas como diseñar la política nacional hídrica de largo plazo que traspase los gobiernos, la medición de las extracciones en todo el país y que sean de acceso público, implementar un modelo de fiscalización eficiente con incorporación de tecnología que permita evitar extracciones ilegales o hurtos o conflictos entre usuarios, el levantamiento de información robusta, levantar acuerdo sobre el uso de aguas superficiales y subterráneas cuando la fuente está perdiendo capacidad hídrica, determinar las inversiones en un plan de desarrollo, la participación de la comunidad, etc, son aspectos que en la búsqueda de soluciones nos permiten llegar a los acuerdos con todos los sectores de la cuenca entre los usuarios y de estos y las instituciones del Estado.