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Nueva ley de servicios sanitarios rurales en Chile

Sobre el blog

Gabriel Caldés
Consultor Senior (MBA) Gestión Hídrica, Dirigió creación ECONSSAChile S.A, Consejero del CPI Chile. Autor del libro La Industria Sanitaria en Chile. Asesor de FCh, EH2030. Consultorías en Latinoamérica y BID.
  • Nueva ley servicios sanitarios rurales Chile

Chile es uno de los países que tiene una de las mejores coberturas urbanas de servicios sanitarios, no solo de América Latina si no que dentro de los países de OCDE (100% en agua potable y en tratamiento de aguas servidas y un 97% en alcantarillado). Este logro ha sido posible, entre otras razones, a la prioridad que el Estado le ha dado a los servicios sanitarios en el país que se reflejan en la vigencia de una institucionalidad estable en el tiempo, una tarifa que permita la sustentabilidad económica de los servicios y un subsidio al consumo de los sectores más vulnerables que en la actualidad incluyen, tanto del sector urbano como rural. Sin embargo, existía una tarea pendiente y era el modelo e institucionalidad del sector rural, que se encontraba rezagada. Esta tarea se cumplió el primer semestre del 2017, con la promulgación de la ley de estos servicios rurales, donde se “regulan los servicios sanitarios en áreas rurales prestados por Cooperativas y Comités y, en casos fundados, por otras personas inscritas en un registro público que deberá llevar la Superintendencia de Servicios Sanitarios” (Artículo N°1).

La ley, además de detallar el marco normativo de los servicios de agua potable, alcantarillado y tratamiento de las aguas servidas, entrega a la Superintendencia de Servicios Sanitarios la facultad fiscalizadora de la explotación, aprobación de tarifas y aspectos administrativos de estos servicios, quedando en manos de esa institución la fiscalización integrada del sector urbano como rural a nivel nacional.

El mundo rural, actualmente cuenta con una población de poco mas de 2 millones, distribuida en 1.685 localidades, con unas 400.000 viviendas conectadas y tienen una cobertura en agua potable del 90% principalmente en localidades concentradas. Para estos efectos se entiende por localidades concentradas a aquellas cuya densidad habitacional sobrepasa las 15 viviendas y con al menos 150 habitantes por cada kilómetro de red. Por su parte, las localidades desconcentradas, son aquellas cuya densidad habitacional es entre 8 y 14 viviendas por kilómetro de red y con al menos entre 80 y 149 habitantes.

En el caso del saneamiento, según los datos del estudio de la Facultad de Ciencias Agronómicas de la Universidad de Chile “Estado del arte y desafíos en los servicios sanitarios rurales”, muestran que un 11% de las localidades cuentan con sistema de alcantarillado y un 9,6% con un sistema de tratamiento de aguas servidas en funcionamiento.  

En relación a las inversiones, el Estado ha sido quien ha financiado y ejecutado las obras como un subsidio para las comunidades y hacer sustentable los servicios. El total de infraestructura de estos servicios son aproximadamente 950 millones de dólares en los últimos 40 años, a través de aportes del BID y Ministerio de Obras Públicas en agua potable, el Ministerio del Interior en obras de alcantarillado y tratamiento de las aguas servidas eventualmente con aportes de Municipios y Gobiernos Regionales. 


La etapa que viene, es la implementación de la ley y este proceso no será fácil. Estos servicios de APR son administrados y operados por dos tipos de organizaciones privadas conformadas por la propia comunidad: las cooperativas y los comités de agua potable Rural. Sin embargo las cooperativas (aproximadamente 150) poseen una institucionalidad con mayor formalidad administrativa y financiera. Los comités (1.535) son organizaciones más informales asimilables a la junta de vecino por lo que tenían menos exigencias y en general son más adecuadas a la realidad de las medianas y pequeñas comunidades. La gestión de estas organizaciones comunitarias, incluía la fijación de tarifas que debían cubrir los costos de operación, mantención y administración.  Un aspecto destacable, es que la totalidad de las viviendas rurales conectadas al sistema, tienen medidores, debido a que el cobro del servicio es mensual

Una de las complejidades de la implementación de la nueva ley está referido a la capacidad de la organización comunitaria de hacerse cargo de las nuevas exigencias, no solo de una calidad de servicio, si no que de requisitos técnicos como cumplir con el registro de operadores, desarrollar un plan de inversiones, garantizar la continuidad de servicio, cumplir con los deberes y derechos de los usuarios y operadores, implementar y determinar tarifas con la SISS, hacer los informes y balances financieros, etc. Esta nueva etapa significa una mayor profesionalización de la gestión, siendo este es uno de los mayores desafíos. 

Otro aspecto importante a destacar, es que la comunidad deberá operar y administrar conjuntamente el agua potable, alcantarillado y el tratamiento de las aguas servidas, situación que hoy no se da por que la responsabilidad de estos servicios recaen en dos organizaciones distintas. El adaptar a estas organizaciones comunitarias a las nuevas exigencias de la ley será complejo técnica, económica y políticamente.

Las instituciones encargadas de este proceso de implementación son la Superintendencia de Servicios Sanitarios (SISS) quien se hará cargo de normalizar y fiscalizar la operación, fijar tarifas, conceder concesiones y velar por el cumplimiento de las exigencias de la nueva Ley. Por su parte, el apoyo técnico y asesoría a las comunidades en la operación le corresponderá a la Dirección de Obras Hidráulica del Ministerio de Obras Públicas. 

La ley no es la mejor solución para el sector rural, pero sin duda significa un importante avance en la sustentabilidad y desarrollo de las comunidades rurales y para el país.