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El futuro del abastecimiento de agua

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El advenimiento del nuevo gobierno ha dado lugar a movimientos en relación al agua. La Asociación Española de Abastecimientos y Saneamiento ha desempolvado un documento de noviembre de 2015 en el que aconsejaba una serie de iniciativas para la próxima legislatura.

De una parte se propone un esfuerzo inversor sostenido para renovar el gran patrimonio en infraestructuras y equipamientos que tenemos. Es cierto que en los últimos años ese esfuerzo ha decaído. En abastecimiento y saneamiento urbano, las inversiones efectuadas en tiempos de vacas gordas fueron financiadas en gran parte con cargo a los costes urbanísticos y los Fondos de Cohesión y en menor medida por aportaciones de las administraciones autonómica y de operadores privados.[1] Al decaer esas fuentes de financiación, no han sido sustituidas por otras.

Por otra parte se refiere a la recuperación de costes en los servicios de agua urbana. Ese aspecto es ciertamente crucial para garantizar la viabilidad de unos servicios de calidad. La cuestión está en conocer cuáles son esos costes. En el recientemente celebrado Congreso Ibérico de Gestión y Planificación del Agua se ha puesto de manifiesto la opacidad con que se expresan esos costes.[2] Los investigadores se refieren a la asimetría de la información disponible, pues “son las empresas públicas y las empresas mixtas con mayor capital público las que incorporan la mayor información, mientras que las empresas concesionarias privadas o las mixtas con capital público minoritario siguen sin suministrar información pública de sus cuentas en cada municipio”. En un entorno opaco, es difícil justificar una reclamación.

Pero más allá de los costes concretos, se trata de conocer su dimensión razonable. Los datos conocidos apoyan la necesidad de incrementar los costes por la vía de reconocer e incorporar no sólo los costes financieros de nuevas inversiones, sino los de reposición de las antiguas. Las mayores incertidumbres se sitúan en tres ámbitos:

  1. Los costes asociados a contratos vinculados con sociedades del mismo grupo.
  2. Los costes de ejecución de inversiones no sometidas a licitación, pues se consideran incluidas en el perímetro concesional.
  3. El grado en que los grandes operadores transmiten al contratante una parte de las economías de escala que obtienen por su dimensión e implantación territorial.
  4. El beneficio asociado a la concesión.

En relación a esa última cuestión es de destacar que el resultado supone, en promedio, un 19,2 % sobre la cifra de negocio directo. Sobre él, se afirma que “los resultados de explotación presentan datos reseñables que marcan la diferencia entre lo público y lo privado. La cierta homogeneidad dentro de una banda de las empresas privadas y mixtas da la sensación, en comparación de las oscilaciones de otros parámetros, que ha habido un ánimo de ajustar previamente la cuenta de resultados a un propósito definido. Por el contrario, las empresa públicas han aflorado la diversidad de sus resultados con independencia de que los mismos puedan generar tensiones.”

El texto de AEAS reclama el establecimiento de un Regulador General cuyo objetivo sea el de armonizar los niveles de prestación de los servicios, las estructuras tarifarias, y la transparencia, la involucración de la participación ciudadana, buscando siempre la eficiencia en el desempeño de estos servicios públicos.

Como ya he indicado en alguna ocasión, la figura del regulador general debe situarse en el ámbito de la autoridad hidráulica y referirse a la administración del recurso, la imputación de unos costes de disponibilidad proporcionados a su uso e impactos y a una fiscalidad que estimule las inversiones y el uso eficiente en cada uso. Eso no tiene relación con los servicios urbanos de agua, que están sometidos a un entorno regulatorio cuyos condicionantes específicos son la complejidad urbana de la que forman parte y la realidad social a la que deben servir. Una prueba del efecto transmisor de la intervención de la autoridad hidráulica en los servicios urbanos la tenemos en el canon de uso del agua implantado en 2012 por la Agencia Catalana de l’Aigua, que ha producido efectos en cadena en la gestión eficiente de los abastecimientos catalanes.

Esa cuestión y el esfuerzo de transparencia son cuestiones esenciales en la definición de un marco futuro de regulación que, por otra parte, debe tener en cuenta la superación de los déficits históricos de la regulación en España, cuyo lastre ha sido glosado en numerosas ocasiones, a veces con seriedad y otras con sorna en referencia a determinados palcos.

El faro eléctrico no cesa de iluminar[3]. Ahí están los windfall profits, o beneficios caídos del cielo que disfrutan las hidroeléctricas y las nucleares gracias al sistema de establecimiento de costes aprobado para el sector eléctrico y que la ministra Ribera no ha podido desmontar.

En esas condiciones, el pacto político sugerido por AEAS debería contextualizarse en un esfuerzo para que la figura del regulador público aumente su credibilidad, fortaleza e independencia y que el sector privado, dominante en el seno de AEAS, contribuya directamente al esfuerzo de transparencia que reclama.

[1] La economía del agua. Joan Gaya. Iagua, 23/04/2018

[2] Las cifras de la gestión del agua. Martín Sevilla y Teresa Torregrosa, Dpto. Análisis Económico Aplicado. Universidad de Alicante.

[3] El faro eléctrico. Joan Gaya. Iagua 12/02/2018

Redacción iAgua

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