Cuantas veces lo urgente deja de lado lo que es importante. ¡Cuántas veces parece que solo es importante lo urgente! Cuantas veces la importancia de un asunto se mide por los apremios de las consecuencias de no haberlo afrontado debidamente en su momento.
Algo así ha pasado con nuestros acuíferos. Sobreexplotados, contaminados, salinizados desde hace décadas, olvidados de la planificación hidrológica que los consideró recursos, pero no los protegió.
Siempre me llamó la atención el artículo 28.1 de la Ley 22/1973 de Minas:
La autorización o concesión de aprovechamiento de aguas minerales otorga a su titular el derecho exclusivo de utilizarlas, así como el de impedir que se realicen en el perímetro de protección que le hubiere sido fijado trabajos o actividades que puedan perjudicar el normal aprovechamiento de las mismas.
De modo que una ley de la dictadura protege desde hace 50 años los acuíferos explotados por las empresas envasadoras de agua (que por eso, por la ley que las protege, se llaman aguas minerales). Ni las captaciones de agua subterránea para el abastecimiento de poblaciones han tenido nunca un tratamiento parecido. Ya no digamos las captaciones para otros usos. Hay que felicitar al sector envasador de agua y preguntarse por los motivos de un éxito ciertamente envidiable.
Los demás usuarios de aguas freáticas hemos debido esperar el informe de la Comisión Europea sobre los planes hidrológicos del segundo ciclo de planificación española, que indica
- que el 25% de las masas de agua subterránea no alcanza el buen estado cualitativo
- que de estas, el 92% no alcanzan dicho estado debido a niveles de extracción que superan los recursos disponibles
- que el 35% de las masas de agua subterránea no alcanzan el buen estado químico
- que el 26,6% de la contaminación de las masas de agua subterránea corresponde a la presencia de nitratos.
El informe, de febrero de 2019, constata que el control de las zonas protegidas para la captación de agua potable ha disminuido tanto en las masas de agua superficial como en las de agua subterránea, principalmente el control de las aguas subterráneas, que en el segundo ciclo se redujo a aproximadamente una tercera parte del notificado en el primero. Se observa una situación similar en lo relativo al control de las zonas protegidas designadas en virtud de las Directivas sobre los nitratos y la Directiva relativa a las aguas de baño.
Esto ha llevado a que España se encuentre, desde 2018, en un proceso sancionador abierto por la UE.
Esa urgencia, la sanción, ha despertado la conciencia de la importancia del problema. No bastó la desecación de zonas húmedas ni el eufemismo de la denominación zonas vulnerables a los acuíferos vulnerados. Al no ser urgente, al no tener una presión a la que responder, ni los cuerpos técnicos de la Administración hidráulica ni sus dirigentes políticos identificaron la importancia del problema. También es cierto que la urgencia es relativa, pues se empieza a reaccionar ahora, a los 4 años del inicio del procedimiento sancionador, y a los tres del Informe de la comisión.
Ahora sí, el MITERD anuncia a bombo y platillo en el CONAMA que invertirá 500 M€ para dotar de instrumentos a la gobernanza de las aguas subterráneas. El Plan de Acción de Aguas Subterráneas que actualmente se está desarrollando no está listo, pero da la señal de enterado a las sanciones que anuncia Bruselas con la esperanza de evitarlas.
El informe de la Comisión Europea subraya la relevancia del recurso que, según indicó el ponente, parece invisible. ¿Claro, es invisible porque está bajo tierra, como se pueden despachar asuntos tan graves con obviedades?
¿Hay alguien más?