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Releyendo a Catarina de Albuquerque: agua, saneamiento, voluntad política y sector privado

Sobre el blog

Jorge Castañeda Pastor
Activista multi-causa. Aquí me muevo por los derechos humanos al agua y el saneamiento
  • Releyendo Catarina Albuquerque: agua, saneamiento, voluntad política y sector privado

Después de ver la entrevista de Alberto a Catarina de Albuquerque me acordé que, en su día, cuando leí Derechos hacia el final seleccioné algunas ideas que me parecieron especialmente interesantes. Estos días he vuelto a leerlas y, pese a que el libro tiene algunos años, creo que están de completa actualidad, así que me he animado a compartirlas en este post:

  • “La falta de acceso al agua y al saneamiento se debe a numerosas razones, entre las que cabe citar restricciones de naturaleza financiera, social, institucional o técnica, la existencia de prácticas discriminatorias y la falta de comprensión o incluso el menosprecio de los derechos y las necesidades de determinados grupos o comunidades. La pobreza se define tanto por la falta de voz política como por la falta de dinero
  • “He comprobado que los excluidos siempre son los mismos. Se trata de los marginados, los pobres, quienes carecen de voz política. Esta falta de acceso no es una mera situación desafortunada ni una coincidencia, sino el resultado directo de las políticas y de la actividad política que excluyen a determinados segmentos de la población”.
  • Los derechos humanos cuestionan las relaciones de poder existentes, al afirmar que las desigualdades en el acceso al agua y al saneamiento no solo son moralmente inaceptables, sino que además están prohibidos por el Derecho internacional. Esto requiere que los Estados revisen su legislación, sus políticas y sus prácticas, y que determinen cómo pueden garantizar que todas las personas sean capaces de disfrutar de sus derechos con equidad”.
  • “La realización de cualquier derecho, incluidos los derechos al agua y al saneamiento, requerirá casi invariablemente la revisión de las estructuras de poder, de forma que las personas que no puedan disfrutar de sus derecho al agua y al saneamiento tengan la oportunidad de reclamarlos. Esto no se produce únicamente a través de protestas o de los tribunales, sino también por medio de políticas, leyes y reglamentos, la comprensión y el respeto de los principios claves de los derechos humanos y la priorización de las necesidades de quienes viven en la pobreza o son objeto de discriminación, de las personas y grupos marginados y vulnerables”.
  • “La satisfacción de los derechos humanos requiere un enfoque amplio, más allá de la simple construcción de instalaciones físicas, que incluya la movilización social, la realización de campañas de concienciación, educación y formación, así como el cuestionamiento de las normas en vigor y de las prácticas discriminatorias existentes. (…) los enfoques más eficaces y sostenibles sitúan a la persona y al hogar en el centro del desarrollo, pero los vinculan estrechamente con otras instituciones, particularmente el Estado, a nivel local, regional y nacional, y con los proveedores de servicios, las ONG y otros agentes”.
  • “¿Supondrá la aplicación de una perspectiva de derechos humanos al agua y al saneamiento en particular una complicación de nuestras vidas? Sí. Por desgracia, así es. El progreso que hemos registrado puede no parecernos tan estupendo si lo contemplamos a través del prisma de los derechos humanos. Pero con los derechos humanos estamos pintando un lienzo más honesto del progreso. Nos acercamos más a la realidad, por lo que tenemos una mayor capacidad de diseñar estrategias para cambiarla”.
  • “Estoy convencida de que la principal barrera para disfrutar de estos derechos es la ausencia de voluntad política. Sin voluntad política para reconocer y dar prioridad a estos derechos, su realización se antoja altamente improbable. Los planes nacionales de actuación, si son llevado a cabo de un modo completo y serio, pueden ser una manifestación importante del compromiso político”.
  • “Aunque es fundamental que exista un impulso internacional favorable a apoyar los derechos al agua y al saneamiento con carácter general, la aplicación práctica de los derechos depende estrechamente de los marcos jurídicos nacionales, que se basan en disposiciones legales y constitucionales. A su vez, esas leyes deben dar lugar a políticas nacionales y aspirar a conseguir la realización universal del derecho”.
  • “En el seno de la comunidad de derechos humanos existe un reconocimiento creciente de la importancia que reviste la transparencia presupuestaria para la realización de todos los derechos económicos, sociales y culturales. Además de ser fundamental para la rendición de cuentas y las participación de los ciudadanos, la transparencia presupuestaria respalda las obligaciones del Estado de realizar los derechos al agua y al saneamiento utilizando al máximo los recursos disponibles, contribuyendo a una mayor previsibilidad del gasto y facilitando la planificación a largo plazo”.
  • “La legislación en materia de derechos humanos no prohíbe la participación del sector privado, y existen experiencias positivas en este ámbito en la prestación de servicios de abastecimiento de agua y de saneamiento. Sin embargo, el hecho de condicionar la ayuda a la privatización de los activos gubernamentales, incluidos los proveedores de servicios de abastecimiento de agua y de saneamiento, también puede ser perjudicial para los derechos humanos en los casos en los que no se adopten simultáneamente medidas específicas dirigidas a reglar la prestación de los servicios y a garantizar la existencia de incentivos suficientes para la ampliación y la mejora del acceso en las zonas con rentas bajas”.
  • Las compañías privadas que consumen agua o influyen en su consumo por parte de otros usuarios también tienen la responsabilidad de respetar los derechos humanos relativos al uso de este recurso. No deben violar los derechos humanos y deben ejercer la diligencia debida para mantenerse informadas sobre las consecuencias posibles o reales de su actuación para los derechos humanos. Entre las consecuencias que puede tener el consumo de agua por terceros sobre los derechos humanos cabe citar la sobreexplotación de agua, la contaminación de los recursos hídricos debido a prácticas contaminantes o la limitación del acceso de otros usuarios a una fuente de agua a través de la apropiación”.

Podéis descargar el libro completo en este enlace.