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Los ayuntamientos pueden limpiar los cauces y evitar inundaciones (declaracion responsable)

Sobre el blog

José Antonio Díaz Lázaro-Carrasco
Ingeniero Industrial. Diplomado en Ingeniería Ambiental (EOI) y Diplomado en Hidrología (CEDEX-CEH). Presidente del Grupo Tecnológico del Agua del IIE, Presidente de la Comisión de Medioambiente del COIIM y Vicepresidente de Adecagua.
  • ayuntamientos pueden limpiar cauces y evitar inundaciones (declaracion responsable)
    Pablo González-Cebrián/ Fotos iAgua.

El objeto de este artículo es poner de manifiesto la posibilidad que tienen los ayuntamientos de actuar sobre los cauces y que no se vean denunciados y sancionados por las confederaciones hidrográficas.

Hace unos días vi en televisión una entrevista a una alcaldesa de uno de los pueblos afectados por la dana del 29 de octubre de 2024 y dijo casi literalmente que no podían limpiar los cauces porque les denunciaba y posteriormente les sancionaba la Confederación. Esto mismo me lo dijo el alcalde del pueblo de mi padre (Cobeja de la Sagra en la provincia de Toledo) en octubre de 2023 el pueblo se había inundado, aunque sin desgracias personales. Estas manifestaciones me parecen un disparate, por eso escribo este artículo, que espero pueda ayudar para que los ayuntamientos actúen en el dominio público con todas las garantías administrativas. Recordemos las masas de cañas flotando arrastradas por la riada del barranco del Poyo, su acumulación en La Albufera y en las playas de Valencia.  

Actuaciones de conservación, mantenimiento y mejora de cauces

Implican trabajos a realizar en el Dominio Público hidráulico (DPH) y Zona de Policía (ZP). Un documento fundamental es:

INSTRUCCIÓN DEL SECRETARIO DE ESTADO DE MEDIO AMBIENTE PARA EL DESARROLLO DE ACTUACIONES DE CONSERVACIÓN, PROTECCIÓN Y RECUPERACIÓN EN CAUCES DE DOMINIO PÚBLICO HIDRÁULICO EN EL ÁMBITO TERRITORIAL DE LAS CONFEDERACIONES HIDROGRÁFICAS.

Esquema de dominio público hidráulico

Fuente: Confederación Hidrográfica del Tajo.

Con la aprobación del Real Decreto 665/2023, de 18 de julio, por el que se modifica el Reglamento del Dominio Público Hidráulico, para algunas de estas actuaciones se ha sustituido la necesidad de contar con una autorización por la de presentar una declaración responsable, lo que permite agilizar significativamente el proceso de limpieza de los cauces. 

En particular, las actuaciones en DPH y en ZP relacionadas con la conservación, mantenimiento y mejora de cauces que ahora quedan sujetas al régimen de declaración responsable son las siguientes:

  • Corta y retirada de árboles muertos o que supongan un riesgo para la seguridad de personas o bienes.
  • Podas de árboles.
  • Desbroce selectivo de vegetación herbácea o arbustiva.
  • Actuaciones de gestión de la biomasa vegetal, de obligada ejecución en aplicación de la normativa de prevención y defensa contra los incendios forestales, o medidas de prevención frente a enfermedades y plagas.
  • Retirada de las especies acuáticas y ribereñas alóctonas o exóticas invasoras.
  • Retirada de escombros y residuos sólidos urbanos.
  • Retirada puntual de arrastres, provocados por las corrientes, que obstruyan el cauce y, en especial, aquellos arrastres que se depositen en    las proximidades de las obras de paso.
  • Labores urgentes de recuperación ambiental tras incendios forestales y, en general, reforestaciones con vegetación autóctona que no    supongan afección al régimen de corrientes.
  • Tratamientos biológicos para la eliminación de simúlidos (mosca negra) u otras especies.

Manejo y control de la caña (Arundo donax)

La especie exótica invasora helófita con mayor presencia en nuestras masas de agua, principalmente en la zona mediterránea, es la caña (Arundo donax). Por su extensión y capacidad de desarrollo, su control y erradicación constituyen actuaciones prioritarias en conservación y mantenimiento de los cauces, así como en los proyectos de restauración ambiental.

Desbroce de la parte aérea de la caña

Fuente: Guía de buenas prácticas MITERD

En general, el método recomendado para la gestión de los cañaverales consiste en una primera eliminación por desbroce mecánico o manual de la parte aérea, para posteriormente proceder a atacar al rizoma de la caña, bien mediante su extracción mecánica, o su muerte por el “efecto sauna” de posibles cubrimientos o por agotamiento tras la realización de desbroces sucesivos, todo ello acompañado por la plantación de especies autóctonas que compitan con ella y le proporcionen sombra. Estas acciones pueden ser complementadas con algún uso puntual y localizado de herbicidas en determinados casos para aumentar la eficacia de las mismas. Para evitar la llegada al cauce y el arrastre y propagación aguas abajo de los restos de los desbroces de la caña, es aconsejable colocar una barrera flotante para su retención y posterior retirada. Con el objetivo de evitar el rebrote de los rizomas hay que complementar estos desbroces con labores de eliminación directa mediante la excavación y eliminación de los rizomas por cribado de la tierra y separación de la parte radical para su posterior eliminación.

Se ha de considerar la función de refugio de fauna que en muchas ocasiones cumple esta vegetación macrófita (Arundo donax). Por este motivo, antes de iniciar la eliminación de la misma se ha de analizar su función ecológica, dejando manchas en su caso para albergar las especies que ocupen este nicho, o bien buscar alternativas de refugio con especies menos invasoras como enea o carrizo. Experiencias anteriores en la eliminación o control de Arundo donax concluyen que la diversidad faunística es mayor en las zonas controladas, no suponiendo desplazamiento de la fauna autóctona por su desbroce.

Declaración responsable para realizar actuaciones de conservación, mantenimiento y mejora de cauces (modelo)

Para llevar a cabo las actuaciones en Dominio Público Hidráulico o en Zona de Policía, la institución o persona interesada debe completar, y remitir a la Confederación, el formulario de Declaración Responsable (modelo de la Confederación Hidrográfica del Tajo).

Los ayuntamientos cuyos cauces estén afectados por especies invasoras, acumulación de escombros, árboles muertos etc., deberían prever en sus presupuestos actuaciones anuales que eviten inundaciones y presentar a Confederación correspondiente la DECLARACION RESPONSABLE que garantice que las actuaciones en DPH y ZP se van a realizar de forma adecuada.

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