Hay un tema muy delicado desde el punto de vista ambiental, y es el de la gestión y protección de las cabeceras de cuenca, donde nacen las fuentes naturales de agua se forman los glaciares y las lagunas, las aguas subterráneas, los humedales y los ríos que generalmente llegan al mar. Es quizás el punto más sensible en el ciclo del agua, especialmente para el Perú dado que en esos lugares se concentra su riqueza minera.
Técnicamente para la Autoridad Nacional del Agua (ANA) las cabeceras de cuenca son aquellas zonas localizadas en las nacientes de los cursos de agua y perimétricas de la unidad hidrográfica mayor (divortium aquarum), drenadas por cursos de agua de orden 1, según el Método Strahler[1].
Las cabeceras de cuenca siempre han representado una gran preocupación y dolor de cabeza para los gobiernos que se han sucedido en dos siglos de vida republicana de Perú. Al final, normas permisivas de gobiernos permisivos han hecho posible que muchas empresas de las actividades minera, petrolera y gasífera mayormente en las zonas altas de los Andes y la Amazonía, extraigan a su libre albedrío la riqueza natural de las comunidades andinas y amazónicas, sin importarles su existencia, bienestar y cultura, ampliando más bien las brechas sociales y dañando irremediablemente el medio ambiente. Más del 50% de los conflictos medioambientales son por el agua, según la defensoría del Pueblo.
El 19 de julio del 2017, hace cinco años, el Congreso de la República aprobó la Ley N° 30640 Ley que modifica la Ley 29338 de Recursos Hídricos, mediante el establecimiento de los criterios técnicos para la identificación y delimitación de las cabeceras de cuenca, precisando que las cabeceras de cuenca “es donde se originan los cursos de agua de una red hidrográfica”; y fijando el plazo de un año para que la ANA en coordinación con los sectores competentes, elabore el Marco Metodológico de Criterios Técnicos para la Identificación, Delimitación y Zonificación de las Cabeceras de Cuenca de las Vertientes Hidrográficas del Pacífico, Atlántico y Lago Titicaca. Perú posee 159 unidades hidrográficas.
El objetivo es “regular la conservación y protección de las cabeceras de cuenca”, para asegurar la gestión integrada y sostenible de los recursos hídricos en el ámbito de la cuenca y afrontar mejor “los nuevos retos frente a escenarios del cambio climático, la ocupación territorial por actividades económicas multisectoriales, el crecimiento poblacional, entre otros desafíos”, según detalla el documento.
¿Cómo será la implementación del Marco Metodológico de Cabeceras de Cuenca (MMCC)?
La ANA señala que “El Marco Metodológico de criterios técnicos para la identificación, delimitación y zonificación de cabeceras de cuenca (MMCC), aprobado a través del Decreto Supremo N° 014-2021-MIDAGRI, es un instrumento técnico que busca contribuir en la planificación de la gestión integrada de los recursos hídricos en las cabeceras de cuenca”.
El Boletín Informativo Nº 2, noviembre del 2022, de la Dirección de Calidad y Evaluación de Recursos Hídricos, a cargo del Ing. Guido Vásquez Prevate, refiere que “Para la implementación del MMCC se ha considerado el documento técnico ‘Priorización de Cuencas para la Gestión de los Recursos Hídricos’, el cual establece criterios e indicadores desde una visión económica, ambiental y social; identificando las cuencas hidrográficas con mayor o menor prioridad. En ese sentido, la implementación del MMCC durante el 2023 iniciará con la Prioridad 1: Alta”.

El máximo ente normativo y técnico de los recursos hídricos, indica que “El marco metodológico contribuirá en la gestión integrada de los recursos hídricos, formará parte de la planificación de su gestión y el análisis de la ocupación territorial de las actividades económicas multisectoriales en las cuencas del país. Bajo estas consideraciones, las actividades antrópicas deben conciliar los intereses de protección y conservación de las cabeceras de cuenca con las necesidades de desarrollo equilibrado y sostenible del país”.

Como podemos apreciar, pese a la turbulencia sociopolítica que vive el país, la Autoridad Nacional del Agua, continúa su labor técnico-científica, priorizando la adecuada gestión sostenida de las cabeceras de cuenca, protegiéndolas de la acción antrópica con malas prácticas socioambientales y de los efectos del cambio climático, en bien de la disponibilidad, seguridad hídrica y paz nacional.
[1] Marco Metodológico. Criterios técnicos para La identificación, Delimitación y Zonificación de Cabeceras De Cuenca. Accede aquí.