Las inundaciones fluviales son un fenómeno natural recurrente, que afecta a aquellos terrenos que lindan con los cauces naturales. Se producen por ocasionales crecidas de caudal, que son la respuesta de la cuenca de aportación de un río a un episodio de precipitaciones.
Según el uso del suelo en estas márgenes inundables (forestal, agrícola, industrial, urbano, etc.), los daños producidos por las inundaciones tendrán una magnitud u otra, dependerá de la vulnerabilidad de los bienes (y personas) allí situados a ser afectados por el desbordamiento de las aguas.
En los mapas de peligrosidad, se representa la superficie inundada de manera natural por diferentes caudales correspondientes a 3 escenarios
La Directiva europea 2007/60/CE relativa a la "Evaluación y la gestión de los riesgos de inundación", y el Real Decreto 903/2010, que la traspone al ordenamiento español, tienen como objetivo principal reducir las consecuencias de las inundaciones sobre la salud humana, el medio ambiente, el patrimonio cultural y la actividad económica. Esta Directiva obliga a los Estados miembros a la realización de las siguientes fases en los horizontes temporales señalados:
- Evaluación Preliminar del Riesgo de Inundación (EPRI) e identificación de las Áreas con Riesgo Potencial Significativo de Inundación (ARPSIs). Diciembre 2011
- Elaboración de mapas de peligrosidad y riesgo (de las ARPSIs seleccionadas en la EPRI). Diciembre 2013
- Plan de gestión de riesgo (de las ARPSIs seleccionadas en la EPRI). Diciembre 2015
En la primera fase (2011), se realizó la evaluación del riesgo de inundación en cada demarcación hidrográfica. En la cuenca del Ebro estudiaron 96.000 km. de cauces para establecer una selección de aquellos tramos cuyo riesgo de inundación es significativo. La longitud obtenida fue de 1330 km.
En la segunda fase (2013) se han elaborado los mapas de peligrosidad y riesgo de aquellos tramos seleccionados en la fase anterior con riesgo significativo (1330 km) así como otros tramos adicionales con riesgo alto. En total, 3300 km de nuevos mapas que ahora se encuentran en consulta pública y constituyen una herramienta de conocimiento muy importante en la gestión de los ríos.
Estos mapas son de dos tipos diferentes: de peligrosidad y de riesgo.
En los primeros, los mapas de peligrosidad, se representa la superficie inundada de manera natural por diferentes caudales correspondientes a tres escenarios (las avenidas probables en 10,100 y 500 años) así como las profundidades (calados) que alcanza el agua en el terreno. Además se representa el Dominio Público Hidráulico probable (DPHP) y la zona de Flujo Preferente (ZFP), asociada a la avenida de 100 años de periodo de retorno; ambos conceptos son fundamentales en nuestra legislación de aguas para la delimitación de cauces y el otorgamiento de autorizaciones.
En los mapas de riesgo, se superponen las áreas inundadas en los tres escenarios anteriores con la ocupación real de ese territorio
En los segundos, los mapas de riesgo, se superponen las áreas inundadas en los tres escenarios anteriores con la ocupación real de ese territorio. Así, se obtienen las capas de afección a la población, a la actividad económica, a las áreas protegidas y a los puntos de especial importancia. Es decir, los mapas de riesgo informan del daño producido por la inundación (definida su extensión por los mapas de peligrosidad) en función del uso del suelo.
Ambos tipos de mapas se representan mediante capas independientes para cada información (superficies de inundación, calados, DPHP, ZFP, actividad económica, población, etc), que se pueden activar separada o conjuntamente para su consulta en el Sistema de Información Territorial de la cuenca del Ebro (SitEbro Consulta Pública Directiva Inundaciones. FaseII ) y se integran en el Sistema Nacional de Cartografía de Zonas Inundables.
Por último, en la tercera fase de la Directiva de Inundaciones, se realizará un Plan de Gestión del Riesgo de Inundación para aquellos tramos con riesgo significativo. En él se incluirán medidas que minoren los daños producidos por las inundaciones; entre otras muchas, las medidas no estructurales relacionadas con los sistemas de alerta temprana y la ordenación del territorio para la limitación de usos en áreas inundables (porque, ya se sabe, “siempre es mejor prevenir que curar”).
Este artículo se publicó originalmente en el Newsletter de la Confederación Hidrográfica del Ebro y se reproduce en iAgua con su expreso consentimiento.