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Las trágicas consecuencias de los pozos ilegales

Sobre el blog

Mari Feli Fernández García
Arquitecta y doctoranda por la UPM; especialista en ética de la gestión integral de los recursos hídricos. Formada junto al prof. R. Llamas en la RAC ha trabajado en el derecho humano al agua y saneamiento. Ha sido representante de TI-Spain en agua.
Minsait
  • trágicas consecuencias pozos ilegales
    Pozo en la senda de Cruz de Camarolos, Málaga. (CC/Wikipedia)
  • Con la colaboración de M. Ramón Llamas.

La trágica muerte de un niño en la localidad malagueña de Totalán, ha ocupado amplios espacios informativos en los medios de comunicación en el último mes. Pues bien, el pozo en el que cayó el niño no tenía el preceptivo permiso de la Junta de Andalucía, dado que son aguas controladas por esta autonomía. Para hacer un sondeo, hay que solicitar dicho permiso.

Quizá esta triste tragedia pueda contribuir a disminuir el caos predominante en casi toda España en relación con el inventario de pozos, públicos o privados.

Repetidas veces se ha dicho y escrito, que la gestión de las aguas subterráneas suele ser caótica y que después de más de 30 años de aplicación de la Ley de Aguas de 1985 aún en la mayoría de demarcaciones hidrográficas se desconoce el registro de aprovechamientos públicos y el catálogo de aprovechamientos privados. Vale la pena analizar las causas de esta situación.

En primer lugar, esto se debe al deficiente conocimiento que tuvo el legislador sobre la importancia que tenía en España el uso de las aguas subterráneas. La Constitución Española exige compensar económicamente al dueño de un bien privado que pasa a ser público. Esto llevó al legislador a introducir una cláusula que permitía la continuación de las captaciones de aguas privadas a perpetuidad; aunque establecía la necesidad de crear los correspondientes inventarios de estas captaciones, es lo que se llamó el catálogo de aguas privadas. En cambio, el inventario de aguas públicas se denomina Registro.

Aún en la mayoría de demarcaciones hidrográficas se desconoce el registro de aprovechamientos públicos y el catálogo de aprovechamientos privados

Después de más de treinta años de aplicación de la Ley de Aguas de 1985, el cumplimiento de esos requisitos legales es todavía escaso en bastantes cuencas estatales y/o autonómicas. Entre las que funcionan aceptablemente cabe mencionar las cuencas del Duero, Ebro y Júcar. En cambio, llama la atención la deficiente situación de la cuenca del Tajo, y más específicamente el caos administrativo de la gestión del Acuífero Terciario de Madrid.

En dos ocasiones el Ministerio responsable del agua, inició planes denominados ARICA y ALBERCA para intentar inventariar todas las captaciones de aguas subterráneas, públicas y privadas. El resultado de estos proyectos fue muy variado según las cuencas. El hecho de esta variabilidad en los resultados, puede deberse tanto a la pasividad de los usuarios, como a la deficiente actuación de algunos funcionarios. Incluimos imagen de un escrito de contestación de un usuario que solicitó un permiso de investigación en la cuenca del Guadalquivir, dicho usuario recibió la contestación 18 años más tarde pidiendo una copia del DNI. Evidentemente esta anécdota no puede generalizarse, pero indica que del caos existente los pecadores son tanto algunos funcionarios ineptos, como usuarios refractarios a cumplir la ley. En el caso de Julen, no hubo ninguna solicitud de permiso, que en este caso debía de haberse dirigido al organismo competente de la Junta de Andalucía.

En resumen, el caos administrativo sobre las captaciones de aguas subterráneas que existe en gran parte de España se debe tanto a la falta de civismo de los propietarios de pozos, como a la falta de mentalidad o de medios económicos de los funcionarios responsables de la gestión de las aguas subterráneas. Ahora bien, en nuestra opinión el problema fundamental reside en la pertinaz “Hidroesquizofrenia” dentro de la Dirección General del Agua donde se toman las decisiones y apenas hay personas con conocimientos adecuados de hidrología subterránea. Como anécdota cabe decir, que en estos momentos, en la Dirección General del Agua hay muchos menos expertos en aguas subterráneas (prácticamente ninguno) que en el organismo que controla las aguas en la Generalitat de Cataluña, donde puede haber fácilmente 8-10 expertos en hidrogeología. Por ello, si se quiere curar el problema en su raíz, es importante que la Dirección General del Agua cuente en su plantilla con el suficiente número de funcionarios técnicos en gestión de aguas subterráneas, integrados mediante la correspondiente oposición.

Finalmente, como anécdota curiosa cabe mencionar la noticia de que en muchas zonas rurales ha habido grupos que se están dedicando a tapar o rellenar los huecos que ven en el terreno pensando que son cabeceras de pozos, cuando a veces son madrigueras de animales silvestres. Esta es una labor que debe ser realizada por personas competentes que suelen ser los antiguos Guardias Forestales, ahora denominados Agentes Medioambientales.