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Los antecedentes de la GIRH: cinco formas (complementarias) de gestionar el agua

Sobre el blog

Sandra Ricart Casadevall
PhD in Experimental Sciences and Sustainability. Juan de la Cierva Postdoctoral Fellowship at Water and Territory research group (UA). H2020 expert researcher evaluator (EC).

El debate sobre la necesidad de un cambio de paradigma en la gestión de los recursos naturales en general y en la gestión del agua en particular, es resultado, en buena medida, de la preocupación ante su disponibilidad y distribución en espacio y tiempo. El paradigma dominante se ha basado en la priorización del valor económico-productivo del recurso y no será hasta bien entrada la década de 1980 cuando tendrá lugar una reorientación conceptual de la gestión de los recursos naturales y, entre ellos, la gestión del agua. El objetivo de la misma será mejorar la comprensión de las relaciones entre ésta, el agua, y la sociedad, desde la concepción holística de las mismas.

La Gestión Integrada de los Recursos Hídricos (GIRH) (las bases de la cual se trataron en un post anterior) es el último ejemplo de esta tendencia que busca la complementariedad entre usos y funciones del recurso agua desde el fomento de la participación. Una respuesta de carácter político (por su capacidad de decisión); gestional (capaz de trasladar a la práctica los acuerdos políticos concebidos) y social (promotora del acuerdo entre partes interesadas y ante el conjunto de la sociedad). Cierto es también que la tendencia a la “integración” de buena parte de las políticas va en aumento: planeamiento integrado, gestión ambiental integrada, gestión integrada del riesgo o integración de políticas sectoriales son solo algunos ejemplos. Todas ellas responden al enfoque que pretende superar las insuficiencias técnicas del momento y el análisis sectorial y aislado de las externalidades negativas del modelo de gestión tradicional.

Cortner y Moote (1994) hicieron un esfuerzo, hace casi veinte años, para comprender aquellos aspectos clave ante la necesidad de un cambio de paradigma en la gestión de los recursos hídricos:

  • La gestión participativa y la toma de decisiones de forma colaborativa;
  • una integración mayor de temáticas y sectores;
  • una gestión focalizada en la raíz de los retos y no así en sus efectos;
  • una gestión descentralizada y de mayor flexibilidad;
  • una atención mayor a la gestión de la conducta humana mediante la educación, la información y la sensibilización;
  • una inclusión explícita del medio ambiente en los objetivos de la propia gestión;
  • unas fuentes de información abiertas y compartidas y
  • la incorporación de ciclos de aprendizaje interactivo capaz de generar debate.

Si bien la apuesta por la GIRH no rehúye ciertas objeciones , tres de sus características justifican que en la actualidad sea considerado el modelo de gestión más adecuado para adaptarse a los condicionantes físicos (cambio climático) y sociales (competencia entre usos) futuros:

  • Reconoce la naturaleza holística del ciclo del agua y explicita su objetivo: que la totalidad de sectores consuntivos del recurso participen de manera integrada de tal forma que los objeticos sectoriales no perjudiquen el desarrollo del conjunto;
  • recoge como la definición de instituciones eficaces es esencial para que las concesiones entre las diferentes actividades e intereses se gestionen de manera equitativa; y
  • apunta al carácter adaptativo de la misma, de manera que pueda afrontar los retos futuros según sean las demandas sectoriales y sociales vigentes.

Ante esta caracterización, han sido numerosas las adaptaciones terminológicas propuestas en las que, manteniendo como variables clave la integración y la participación en la gestión de los recursos hídricos, se premian otras variables complementarias.

La gestión participativa

Un modelo de gestión que responde a las dificultades que comporta la distribución y priorización de los recursos hídricos −complejidad, incertidumbre y conflicto−, así como el auge de las preocupaciones ambientales, la participación pública en la gestión de lo común. El análisis de la gestión participativa tendrá en Arnstein (1969) su referente, quien mediante la confección de las reglas básicas de la participación, proporcionará una clasificación de la participación pública en función del nivel de decisión del ciudadano y de las partes interesadas .

La gestión adaptativa

Se trata de una apuesta que alude a la gestión de los ecosistemas discutida a mediados de la década de 1970 cuando crece la preocupación por la capacidad de la sociedad para afrontar los cambios ambientales . Ante esta situación, se prioriza una gestión capaz de mejorar su reacción ante nuevos retos mediante nuevas experiencias y conocimientos adquiridos (PAHL-WOSTL, 2007). Es decir, la habilidad de un sistema socio-ecológico para hacer frente a nuevas demandas sin disminuir su capacidad de adaptación futura.

La gestión sostenible

El encaje de la gestión sostenible con la concepción integrada de las políticas de marco europeo e internacional nace en el marco de la Conferencia de las Naciones Unidas de 1972 en Estocolmo y se desarrolla y toma relevancia dos décadas más tarde en la Cumbre de la Tierra celebrada en Rio de Janeiro en junio de 1992. Se trata de un tipo de gestión que impulsa una manera de corresponder equitativamente a las necesidades de desarrollo y al buen estado ambiental de las generaciones presentes y futuras. En sus inicios, responderá a una voluntad de cambio más que a una definición práctica de cómo impulsar el mismo, pues no describe ni los medios ni el enfoque de la o las medidas a seguir para lograrlo. Autores como Pereira et al. (2002: 176) se centraran en el uso sostenible del agua, definiéndolo como la suma de “la conservación de los recursos, el respeto hacia el medio ambiente, la adecuación de las tecnologías, la viabilidad económica y la aceptación social de las cuestiones de desarrollo”. Según Arrojo (2006), la gestión sostenible de los recursos hídricos de un territorio exigirá tener presente algunos criterios básicos como:

  • El marco natural para la gestión sostenible de los recursos hídricos debe ser la cuenca hidrográfica;
  • la gestión del agua y la ordenación territorial y urbanística son inseparables: difícilmente podrá diseñarse un modelo de gestión sostenible sin integrarlo en un modelo de ordenación territorial sostenible;
  • el estado ecológico de los ecosistemas es el test clave en la sostenibilidad de la gestión del agua;
  • la consideración del río y sus ecosistemas fluviales como un hábitat integrado es del todo esencial y
  • los valores socioculturales vinculados al agua y sus ecosistemas deben integrar-se en el análisis: el patrimonio arquitectónico del entorno y sus valores simbólicos y estéticos dan personalidad e identidad a territorios y paisajes.

La gestión comunitaria o colectiva

Se trata de un modelo de gestión que se sostiene en la teoría de los bienes comunes impulsada por Elionor Ostrom a mediados de la década de 1990. Una teoría según la cual, los bienes se pueden clasificar en función de dos variables: la escasez y la exclusividad. Una doble naturaleza que da lugar a una gestión de los bienes más compleja, especialmente cuando se trata de un bien público usado por parte de un uso privado. A resultas, la gestión del agua conlleva situar el recurso en función de los parámetros anteriores, donde la cuestión a responder es ¿dónde situamos el recurso “agua”? Una decisión que dependerá de la forma de concebir el espacio y la red por donde circula o las partes interesadas implicadas en su gestión.

La gestión concertada o cogestión

En relación a los recursos naturales, la cogestión se puede concebir como una gestión a largo plazo en la cual se prioriza el “derecho a regular los patrones de uso interno del recurso así como transformar el recurso en beneficio de la mejora de su estado. Así, podemos interpretar el modelo de la cogestión como un sistema de intercambio (donde las relaciones entre actores tienen lugar desde esferas de conocimiento separadas); como una organización conjunta (donde se promueve la cooperación); como un sistema jerarquizado de reparto de funciones (donde el interés público delega las prioridades) o como la priorización de los intereses de la comunidad.

A las puertas del s.XXI y en paralelo a la consagración de los modelos y formas de concebir la gestión de los recursos hídricos expuestos con anterioridad, la gestión integrada de los recursos hídricos se ha visto auspiciada por la gestión participativa de los mismos así como la promoción de la gestión sostenible y la puesta en práctica de la cogestión. En el primer caso, por la inclusión de los aspectos ambientales y en el segundo, por la apuesta por la gobernanza como mecanismo facilitador del acuerdo y promotor de la legitimidad social tan necesaria ante variables dinámicas y complejas como es el agua.

REFERENCIAS

  • ARNSTEIN, S. R. (1969): A ladder of citizen participation, Journal of the American Institute of Planners, vol. 35, nº 4, pp. 216-224. Disponible aquí: http://lithgow-schmidt.dk/sherry-arnstein/ladder-of-citizen-participatio...
  • ARROJO, P. (2006): “Planificación hidrológica y sostenibilidad: nuevas claves en materia de gestión de aguas”, dins CUADRAT, J. Mª. (ED.): “El agua en el siglo XXI: gestión y planificación”. Zaragoza: Institución “Fernando el Católico”. Pp. 83-100.
  • CORTNER, H. J. I MOOTE, M. A. (1994): Trends and issues in land and water resources management: setting the agenda for change, Environmental Management, nº 18, pp. 167-173.
  • FOLKE, C. ET AL. (2002): Resilience and sustainable development: Building adaptive capacity in a world of transformations, Ambio, nº 31, pp. 437-440.
  • PAHL-WOSTL, C. (2007): Transition towards adaptive management of water facing climate and global change, Water Resources Management, vol. 21, nº 1, pp. 49-62.
  • PEREIRA, L. S. ET AL. (2002): Irrigation management under water scarcity, Agricultural Water Management, nº 57, pp. 175-206.

Notas

1.-  En inglés, Integrated Water Resources Management, IWRM.

2.-  Algunos autores sostienen que el concepto de GIRH no es realmente nuevo y que la definición formulada por la Asociación Mundial del Agua es “inservible e inaplicable en términos operativos”. Otros consideran que el concepto se ha tomado a la ligera por parte de la comunidad vinculada a los recursos hídricos (profesionales y científicos del agua), con una falta de reconocimiento de la dimensión política del propio concepto.

3.-  Serán un total de ocho categorías de participación las identificadas por Arnstein: 1) la manipulación, 2) la terapia, 3) la información, 4) la consulta, 5) el apaciguamiento, 6) la colaboración, 7) la delegación de poder, y 8) el control ciudadano. Será famosa su plasmación de los riesgos de la participación, resumidos en la frase siguiente: “yo participo, tu participas, él o ella participa, nosotros participamos, vosotros participáis... y ellos se aprovechan”.

4.-  Nos cambios ante los cuales se han cometido dos errores fundamentales según Folke et al. (2002): por un lado, la suposición implícita según la cual la respuesta de los ecosistemas ante las prácticas sociales es lineal, predictible y controlable; por el otro, la creencia según la cual los sistemas humanos y naturales pueden ser tratados de forma independiente.

5.-  Unos bienes comunes (Common-Pool Resources, CPRs en inglés) definidos como aquellos recursos naturales o de origen humano compartidos por diferentes usuarios, aspecto que produce una competencia de uso de los mismos. Son ejemplos el bosque, la biodiversidad, la atmósfera o el agua.
 

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