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Los títulos del agua (1)

  • títulos agua (1)

En lo que se refiere al abastecimiento de agua y al saneamiento, la competencia municipal ha sido reconocida invariablemente desde el Estatuto Municipal y el Reglamento de Obras y Servicios Municipales de 1924. Ahora bien, la titularidad del servicio,

  • — es la que establece si hay o no una autoridad pública responsable del servicio público y su prestación.
  • — establece que el titular es el regulador del servicio, que es quien fija las condiciones para su prestación
  • — establece las condiciones técnicas y económicas en que debe operar el gestor del servicio
  • — es la que otorga categoría de pública a la información y al conocimiento asociados a la prestación del servicio
  • — es la que garantiza interlocución y derechos a los ciudadanos usuarios del servicio y evita las múltiples situaciones de indefensión como las que se observan en el ámbito de los servicios de interés general por su carácter privado.
  • — es la que otorga garantía de reversión al ámbito público de los bienes afectos al servicio cuando han sido financiados por un concesionario privado de forma que se evita el enriquecimiento injusto.

Es decir, la titularidad, importa. Y mucho, pues en los servicios de interés general, privatizados, no se dan esas garantías esenciales para los servicios básicos.

En la época anterior –llamada por algunos, primera transición- se ha podido acusar a los municipios de ser “ineficientes en el control y dirección de los concesionarios”[1]. En la medida en que las cosas pudieron ser así en algún caso, caben dos reacciones lógicas: reforzar ese control y dirección, cosa que muchos municipios están haciendo[2], o interpretar el problema de gestión en clave política. Eso podría ser así en casos en los que se hayan dado resistencias del contratista a seguir las indicaciones de su contratante, lo que podría equivaler a no reconocer su autoridad.

Quizá por ese motivo, porque muchos municipios están asumiendo a fondo sus responsabilidades, hay actores a los que este escenario les resulta molesto: “Debemos superar la discusión sobre la titularidad de la prestación del servicio, pues la problemática supera de forma amplia esta diatriba[3].

En el contexto de una crisis tan dura como la que estamos pasando, que ha subrayado la conciencia de que se debe reforzar el control público sobre los servicios básicos, es difícil comprender en esa clave el alcance de tal afirmación. Viniendo de quien viene, tampoco puede calificarse de frívola pues su interpretación sólo es posible en clave de interés del sector privado.

Y es que la liberalización del mercado del agua es una vieja aspiración del sector, que desea asimilar su estatus a los del gas y la electricidad, antiguos servicios públicos que ya fueron liberalizados.

Asistimos a una ofensiva profunda en diversos frentes para posicionar a los operadores privados del agua urbana como los agentes esenciales del servicio y reforzar las bases del negocio con mercados grandes, cautivos y opacos.

La cuestión de la titularidad no es irrelevante: quitarle importancia no deja de ser una afirmación que no concuerda con la realidad observada, pues se han empleado muchos recursos en crear foros de debate ideológico para extender esa idea y convertirla en un relato dominante. Se han redactado borradores de proyecto de ley que condicionan la competencia municipal hasta hacerla irreconocible y que van manifiestamente en sentido contrario al que marcan las políticas comunitarias sobre transferencia de riesgo. Se ha dado tribuna a personas que arriesgan su credibilidad profesional desacreditando al mundo municipal y a algunos de sus alcaldes. Se invierten muchos recursos en judicializar aspectos de la relación concesional que nunca hasta ahora fueron discutidos.

¿Qué tiene que ver todo eso con la regulación del agua? Poco. Ya se ha explicado que la regulación del agua y su uso eficiente se juegan en las interfaces entre el ciclo general y los distintos ciclos de uso. La gestión de las reglas o su reformulación compete a la autoridad hidráulica -que ciertamente requiere una puesta al día de sus actuaciones- y también a los grandes actores tradicionales, el agrícola y el energético. Cuando se habla de eficiencia nadie puede negar –nadie niega- que esos son los verdaderos problemas.

En realidad la ofensiva en curso trata de dar carta de naturaleza –y de forma preeminente- a los operadores privados en el mundo del agua urbana, que es el de mayor valor añadido. Se pretende subrayar su carácter de mercado en detrimento de su carácter de servicio público. Y conseguir situaciones de derecho que impidan, de hecho, el gobierno del servicio por parte de los municipios. Lo que poco tiempo atrás podía entenderse como una crítica a la actuación de algunos municipios, acabó por convertirse en una buena idea para evitar su control.

[1] La remunicipalización de los servicios públicos locales. Algunas precisiones conceptuales. Joaquín Tornos Mas 07/04/2016

[2] Véanse casos recientes en otros servicios públicos en distintos ayuntamientos.

[3] Ángel Simón, Iagua 1/12/2016

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