El pasado 26 de marzo entró en vigor el nuevo Reglamento de prestación del servicio de abastecimiento domiciliario de agua potable y otras actividades conexas al mismo y de prestación del servicio de saneamiento (vertido y depuración) para todos los municipios abastecidos por EMASESA Metropolitana.
Este Reglamento tiene como objetivo la regulación del servicio de abastecimiento domiciliario de agua potable y servicio de saneamiento en los términos municipales de Alcalá de Guadaíra, Alcalá del Río, Camas, Coria del Río, Dos Hermanas, El Garrobo, La Puebla del Río, La Rinconada, Mairena del Alcor, San Juan de Aznalfarache y Sevilla, fijando las normas que han de regir las relaciones del usuario con la Empresa Metropolitana de Abastecimiento y Saneamiento de Aguas de Sevilla S.A., (Emasesa), prestadora del servicio en los citados términos municipales, estableciendo tanto los derechos y obligaciones de cada una de las partes, como los aspectos técnicos, medio ambientales, económicos, sanitarios y contractuales propios del servicio.