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Presentado en la Cámara de Diputados de Chile un proyecto que obliga a las mineras al empleo de agua desalada en sus procesos productivos

Sobre la Entidad

Cámara de Diputados de Chile
Cámara de diputados de Chile, encargada de participar en la elaboración de la legislación junto con el Senado y el presidente de la República
  • Minera Michilla, Escondida, El Abra, e incluso Codelco en sus divisiones Radomiro Tomic y Chuquicamata emplean la desalación en minería
  • El objetivo del proyecto es dotar de una normativa legal que establezca principalmente su obligatoriedad en todas las empresas mineras

Los diputados autores del proyecto de ley (boletín 9185) consideran que además de la limitación de la disponibilidad de agua dulce en el mundo, existe una distribución desigual del recurso en las distintas superficies continentales, dando lugar a zonas de abundancia y zonas de escasez de agua.

Para evitar el uso excesivo de agua dulce en la minería, una de las soluciones es la desalación o desalinización

Ejemplo de ello es la zona norte de Chile, que es una de las zonas más secas del planeta, con escasos recursos hídricos superficiales y en la que, además, existe una creciente demanda de agua por parte de las distintas actividades productivas, particularmente la Minería.

Para evitar el uso excesivo de agua dulce en la minería, una de las soluciones es la desalación o desalinización, proceso mediante el cual se elimina la sal del agua de mar o salobre para obtener agua potable. Dentro de las empresas que actualmente aplican este proceso en Chile está Minera Michilla, Escondida, El Abra, e incluso Codelco en sus divisiones Radomiro Tomic y Chuquicamata.

El problema está en que estas iniciativas que resultan en procesos productivos muy eficientes, no están reguladas en Chile, por tanto el objetivo de este proyecto es dotar de una normativa legal que establezca principalmente su obligatoriedad en todas las empresas mineras.

Por esto el proyecto moficia el Código de Minería, estableciendo que el uso de las demás aguas necesarias para explorar, explotar o beneficiar sustancias minerales se sujetará a las disposiciones del Código de Aguas y demás leyes aplicables, salvo aquellas aguas desalinizadas, las que serán reguladas por un reglamento que será dictado para tales efectos.

Las empresas mineras cuya extracción de agua sobrepasen los 150 litros por segundo tendrán la obligación de incorporar la desalinización de aguas marítimas dentro de sus procesos productivos cumpliendo con las normas establecidas en el reglamento antes dicho.

El proyecto de ley fue presentado por los diputados Fuad Chahín (DC), Marcos Espinosa (PRSD), José Pérez (PRSD), Ricardo Rincón (DC), Alberto Robles (PRSD), Marcelo Schilling (PS), Carlos Vilches (UDI) y Matías Walker (DC) y será analizado por la Comisión de Minería.  

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