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Avances en la asignación de la reserva de 20 hm3 prevista en el Plan del Guadalquivir

  • Avances asignación reserva 20 hm3 prevista Plan Guadalquivir
    (Wikipedia/CC)
  • El documento, disponible para su consulta en la web del Organismo, se encuentra en información pública durante 20 días, para que los interesados puedan realizar las alegaciones pertinentes.
  • Los solicitantes que cuenten con asignación provisional deberán comunicar su aceptación en dicho plazo.  

Sobre la Entidad

Confederación Hidrográfica del Guadalquivir
La Confederación Hidrográfica del Guadalquivir es el Organismo responsable de la gestión del agua en la demarcación hidrográfica del Guadalquivir, así como en las demarcaciones hidrográficas de Ceuta y de Melilla.

La Oficina de Planificación Hidrológica de la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir, Organismo dependiente del Ministerio para la Transición Ecológica, ha emitido los informes previos de compatibilidad de todas las solicitudes para participar en el aprovechamiento de la reserva de 20 hm3 de aguas regeneradas, prevista en el artículo 19 del Plan Hidrológico del Guadalquivir.

Esta provisión, recogida en el “Plan de Aprovechamiento y Distribución de la reserva de hasta 20 hm³ de aguas regeneradas prevista en el Plan Hidrológico del Guadalquivir: definición de criterios para informe de las solicitudes de concesión”, aprobado el pasado 13 de julio de 2017 por la Junta de Gobierno de la CHG, y en vigor desde el 21 de septiembre del mismo año, abría la posibilidad para que las comunidades de regantes interesadas pudieran solicitar estas asignaciones en un plazo máximo de 3 meses.

Para ello, se establecieron consideraciones de disponibilidad de recurso, de carácter ambiental, de viabilidad técnica y económica y de tipo social e institucional, teniendo en cuenta, entre otros criterios: que los solicitados fueran nuevos aprovechamientos, que no pusieran en riesgo el estado de las masas de agua asociadas a la captación, con un volumen total que no superara el 1,50 hm3 /año ni ser inferior a 0,15 hm3 /año; y con el respaldo de una EDAR en funcionamiento o en construcción, cuyo vertido fuera conforme a la Ley de Aguas.

Aplicando las bases reguladoras y criterios de valoración, la CHG ha analizado la compatibilidad previa con la propuesta de cada una de las solicitudes de aprovechamiento de aguas regeneradas que fueron presentadas en concurrencia competitiva para obtener concesión de uso privativo.

En este sentido el documento recoge tanto la asignación provisional de volúmenes por orden de mayor puntuación, hasta completar la reserva disponible de 20 hm3, como la incompatibilidad previa en las solicitudes que resultan sin asignación o incurren en motivos de exclusión.

Desde su publicación en la web del Organismo, los interesados disponen de 20 días para realizar las alegaciones pertinentes. Asimismo, los solicitantes que cuenten con asignación provisional deberán comunicar su aceptación en dicho plazo.

Con esta iniciativa, la CHG facilita el uso de recursos en zonas con pocas alternativas, al tiempo que pone en valor el papel de las aguas residuales, lo que redundará en un mayor esfuerzo en el mantenimiento y atención de las infraestructuras de depuración.

Redacción iAgua

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