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Formalizado el contrato para determinar el estado de las aguas continentales de la CHT

  • Formalizado contrato determinar estado aguas continentales CHT
  • Los programas de seguimiento permiten evaluar el estado de las masas de agua y garantizar su calidad química y ecológica.

Sobre la Entidad

Confederación Hidrográfica del Tajo
La Confederación Hidrográfica del Tajo es un organismo de cuenca intercomunitaria, creado mediante de Real Decreto el 5 de marzo de 1926 para gestionar las aguas de la parte española de la cuenca del Tajo.

La Dirección General del Agua ha formalizado el contrato ‘Servicios para el desarrollo del programa de seguimiento para determinar el estado de las aguas continentales y el control adicional de las zonas protegidas en la Confederación Hidrográfica del Tajo’.

El valor de la oferta seleccionada asciende a 3.801.313,40 euros y la información relacionada con el anuncio de la formalización del contrato se puede consultar en el Boletín Oficial de Estado del día 13 de enero de 2020.

Estos servicios comprenden la ejecución de programas de seguimiento en las masas de aguas superficiales y subterráneas en el ámbito territorial de la Confederación Hidrográfica del Tajo, organismo autónomo del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, conforme al Real Decreto 817/2015, por el que establecen los criterios de seguimiento y evaluación del estado de las aguas superficiales y las normas de calidad ambiental y al Real Decreto 1514/2009, de 2 de octubre, por el que se regula la protección de las aguas subterráneas contra la contaminación y el deterioro.

El seguimiento incluye programas de control de vigilancia que afectan al conjunto de las masas definidas y dan una visión general del estado de la cuenca, programas de control operativo que se desarrollan sobre masas en riesgo de incumplir sus objetivos medioambientales y evalúan los cambios que se produzcan en el estado de dichas masas como resultado de los programas de medidas, así como el control adicional de las masas de agua inscritas en el Registro de Zonas Protegidas de esta demarcación hidrográfica

Evaluación esencial

El establecimiento de programas de seguimiento del estado de las aguas con objeto de obtener una visión general coherente y completa del estado de las aguas en cada demarcación hidrográfica constituye una obligación plasmada en la normativa de aguas nacional como consecuencia de la trasposición de la Directiva Marco del Agua.

Esta Directiva Marco establece que los Estados Miembros deben garantizar la calidad y comparabilidad de los métodos empleados para efectuar el seguimiento y evaluación del estado de las aguas, por lo que es necesario disponer de criterios homogéneos y básicos de diseño de los programas de seguimiento que permitan obtener una visión general y completa del estado de las aguas y que sean adoptados por todas las administraciones con competencias sobre demarcaciones hidrográficas para garantizar un enfoque homogéneo en toda España.

En este contexto, los programas de seguimiento constituyen un elemento fundamental de la gestión y de la planificación hidrológica, proporcionando la información necesaria para evaluar la efectividad de las medidas adoptadas y el grado de cumplimiento de los objetivos marcados. Asimismo, son esenciales para vigilar la calidad de las aguas que están destinadas a determinados usos, en particular el abastecimiento.

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