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El presidente del Tribunal de Cuentas afirma que no es razonable mantener las sociedades estatales de agua

Temas

  • Ramón Álvarez de Miranda.
    Ramón Álvarez de Miranda.

El presidente del Tribunal de Cuentas, Ramón Álvarez de Miranda, ha  insistido en que "no es razonable" mantener las sociedades estatales de agua, durante la presentación este martes en la Comisión Mixta (Congreso-Senado) para las relaciones con la institución del informe de fiscalización de los Convenios de gestión directa vigentes entre las Sociedades estatales de aguas y el Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino entre 2010 y 2011.

En él recomienda al Gobierno que se replantee "la existencia" de las sociedades estatales de agua, después de haber analizado el grado de cumplimiento de las acciones, programas e inversiones de ACUAMED, ACUASUR, ACUANORTE y ACUAEBRO.

El trabajo del tribunal ha puesto de manifiesto que siendo instrumentos de gestión mucho más ágiles los creados de estas sociedades estatales

"El trabajo del tribunal ha puesto de manifiesto que siendo instrumentos de gestión mucho más ágiles los creados de estas sociedades estatales, sin embargo han tenido una muy baja ejecución, se plantea su viabilidad o conveniencia de mantenimiento como una forma de responsabilizarlas frente a unos desfases. No serían razonables mantener", ha señalado Álvarez de Miranda.

Escasa actividad inversora

Este trabajo muestra también el "escaso grado de avance de la actividad inversora" de las Sociedades Estatales de Aguas que, a 31 de diciembre de 2010, habían invertido un 54 por ciento del total necesario para ejecutar las actuaciones que se incluían en los convenios de gestión directa y, a finales de 2011, era del 58 por ciento.

Además, pone de manifiesto que los Presupuestos Generales del Estado contemplaban 1,74 millones de euros para 2010 y 1,23 millones para 2011, con un descenso del 29 por ciento, mientras que tuvieron unas plantillas medias de 242 y 273 respectivamente.

Ramón Álvarez de Miranda ha recalcado que la financiación de obras hidraúlicas se llevaba a efecto mediante fondos propios de la Sociedad Estatal de Aguas, con aportaciones de instituciones públicas o de sujetos privados, con cargo a fondos de la UE o bien acudiendo a los mercados financieros.

El documento apunta también "discrepancias" entre las actuaciones a desarrollar y el coste de estas inversiones así como "desviaciones significativas" en materia presupuestaria.

En este sentido, el Tribunal de Cuentas recomienda que, a la vista del "escaso avance en su efectividad como motor de avance de las inversiones", se replantee la existencia de las Sociedades Estatales de Aguas.

"Sería recomendable que se valorara la necesidad de seguir manteniendo esta modalidad de instrumentos de gestión, en particular si se tiene en cuenta que estas Sociedades se encuentran sometidas en un grado significativamente menor que la Administración General del Estado a las normas del derecho presupuestario y administrativo", insiste el documento presentado por Álvarez de Miranda.

Asimismo, propone al Gobierno que ponga en marcha medidas y procedimientos que "ayuden a realizar unas previsiones más realistas, tanto en el diseño como en los plazos y costes de las actuaciones, minimizando las desviaciones en la ejecución de los presupuestos motivadas por errores y defectos" en la fase de planificación.

Además, manifiesta el "escaso avance" de estas sociedades estatales en el objetivo de su creación, que era "dar una respuesta eficaz" a la inversión y la gestión de las obras hidráulicas competencia del Estado, tanto en la construcción como en la explotación de las mismas.

El órgano fiscalizador recuerda también que la Unión Europea ha abierto a España dos procedimientos de infracción, uno por el incumplimiento de la obligación marcada por la Directiva Marco del Agua, y otro por su deficiente trasposición al ordenamiento jurídico español.

Fue en 1996 cuando el Consejo de Ministros autorizó la creación de un total de 13 sociedades estatales de aguas, como instrumento de gestión directa de las competencias de la administración general del Estado en materia de obras hidraúlicas. Su finalidad consistía en acometer la gestión directa de la construcción o explotación de obras públicas hidraúlicas, ha relatado Álvarez de Miranda.

Como consecuencia del plan de racionalización del sector público empresarial estatal de 2010 y del plan de reestructuración y racionalización del sector público empresarial y fundacional estatal de 2012, se llevaron a cabo varios procesos de fusión que habían dejado reducidas las sociedades estatal de aguas de capital íntegramente de titularidad estatal a cuatro: ACUAMED, ACUASUR, ACUANORTE Y ACUAEBRO.

Un proceso de fusiones, según ha ultimado, que culminó en noviembre de 2012, con efectos contables a partir del 1 de enero de 2013, mediante la formalización del acuerdo de fusión de ACUASUR, ACUANORTE Y ACUAEBRO.

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