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Conflicto de competencias en la cuenca del Guadalquivir: ¿Y si la Junta designase al presidente de la CHG?

  • Guadalquivir (Wikipedia/CC).
    Guadalquivir (Wikipedia/CC).

Un informe jurídico propone como solución al conflicto de competencias sobre el río Guadalquivir la gestión unitaria por la Junta de Andalucía a través de la designación autonómica del presidente del organismo que gestione la cuenca, así como de la mayoría de los miembros de la Junta de Gobierno.

Ésta es una de las principales conclusiones del trabajo 'Competencias autonómicas y gestión de la cuenca del Guadalquivir', número 72 de la colección Actualidad publicada por el Centro de Estudios Andaluces, que ha sido elaborado por dos expertos en Derecho Constitucional de la Universidad de Cádiz, el catedrático Miguel Revenga Sánchez y el profesor José Joaquín Fernández Alles, ha precisado el centro en una nota.

Según ambos investigadores, ésta sería una "solución equilibrada y funcional" tras los intentos fallidos de asumir la gestión de las aguas del río Guadalquivir que transcurren por el territorio de Andalucía en un 98 por ciento y "con pleno respeto a la jurisprudencia constitucional". El informe defiende que dicha jurisprudencia "no deja lugar a dudas sobre la importancia de la participación de la Junta de Andalucía en un asunto que le atañe y sobre el que posee relevantes títulos e intereses competenciales".

Un informe jurídico propone como solución al conflicto de competencias sobre el río Guadalquivir la gestión unitaria por la Junta de Andalucía 

De esta forma, los expertos proponen una reforma de la Ley de Aguas que implicaría la designación del presidente del organismo de la cuenca por la Junta de Andalucía, así como la de tres vicepresidentes por parte de las otras comunidades autónomas afectadas: Castilla La Mancha, Extremadura y Murcia.

El documento asimila esta fórmula a la que se utiliza para las Autoridades Portuarias (Ley 62/1997 de reforma de la Ley de Puertos de Estado y de la Marina Mercante), donde se configura la participación de las comunidades autónomas en la estructura y organización de los puertos mediante una descentralización territorial y funcional que se concreta en atribuir a las regiones la potestad de designar a los presidentes de las autoridades portuarias, así como en la composición de los consejos de administración de las mismas.

Los expertos consideran que la figura de las autoridades portuarias de interés general bajo presidencia autonómica "sigue siendo una fórmula eficaz, un precedente legislativo contrastado por la experiencia y cuyo encaje en la Constitución ha sido avalado por la jurisprudencia constitucional". Por este motivo, el informe lo defiende como una alternativa preferible frente a las tres vías reivindicativas ensayadas hasta el momento: el traspaso de competencias, la proposición de ley orgánica de transferencia o delegación y el convenio de encomienda de gestión.

Tres fórmulas

El documento describe estas tres fórmulas que se han llevado a cabo y que considera "fallidas" aunque "de indudable valor en lo que tienen de experiencia pionera de relaciones intergubernamentales en materia de gestión de aguas".

En primer lugar, el Real Decreto 1666/2008 de 17 de octubre, que articulaba el traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la comunidad autónoma de Andalucía en materia de recursos y aprovechamientos hidráulicos correspondientes a las aguas de la cuenca del Guadalquivir que discurren íntegramente por el territorio de la Comunidad.

A continuación, el estudio se refiere a la encomienda de gestión aprobada por la Resolución de 1 de julio de 2011 de la Dirección General del Agua, un periodo transitorio en el que el legislador ideó esta fórmula para articular la cooperación interadministrativa que respondía a las necesidades de compromiso mutuo y urgencia de una solución.

Por último, el informe se detiene en la última fórmula ensayada: la proposición de ley orgánica que elevó el Parlamento andaluz al Congreso de los Diputados para la delegación de competencias a la Comunidad sobre las aguas de la cuenca del Guadalquivir. Esta iniciativa fue sometida al informe del Consejo Consultivo a petición de los tres grupos parlamentarios que declaró que se ajustaba al ordenamiento constitucional y establecía que la Administración General del Estado y la Comunidad Autónoma de Andalucía arbitrarían fórmulas de coordinación, suministro de información y asesoramiento técnico para el mejor cumplimiento de las funciones que se delegan.

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