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Admitido a trámite un recurso de Unesa contra el canon hidráulico

La sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Supremo ha admitido a trámite un recurso de la Asociación Española de la Industria Eléctrica (Unesa) en contra del real decreto que desarrolla el canon hidráulico lanzado por el Gobierno en 2012 para contener el déficit de tarifa.

Además de este recurso, cuya admisión a trámite aparece publicada este martes en el BOE, el Supremo cursará otra denuncia presentada por Energía de Galicia (Engasa) contra la misma norma, recogida en el real decreto 198/2015, de finales de marzo.

El canon hidráulico denunciado por la patronal eléctrica, que defiende los intereses de Endesa, Iberdrola, Gas Natural Fenosa, EDP y E.ON, consiste en un gravamen del 22% a la producción en instalaciones hidroeléctricas.

El canon hidráulico consiste en un gravamen del 22% a la producción en instalaciones hidroeléctricas

En concreto, el real decreto desarrolla el artículo 112 bis del texto refundido de la Ley de Aguas y regula el nuevo canon, aplicado por la "utilización de las aguas continentales para la producción de energía eléctrica".

La aplicación de este canon aprobado en 2012 y no desarrollado hasta este año permite aliviar en unos 300 millones de euros el déficit de tarifa entre los ejercicios 2013 y 2015. Su aplicación tiene efecto retroactivo a partir del 1 de enero de 2013.

Este gravamen forma parte de los impuestos a la actividad eléctrica aprobados en 2012 para reducir el déficit de tarifa en 2.700 millones. Aparte del canon hidráulico, estos impuestos incluyeron una tasa del 7% a la producción de electricidad, un gravamen para la nuclear y céntimos verdes para el gas, el carbón y el fuel.

Justificación ambiental

El impuesto hidráulico se aplica con el argumento de que "la calidad general de las aguas continentales españolas hace necesaria su protección a fin de salvaguardar uno de los recursos naturales imprescindibles para cualquier actividad humana y necesarios para el desarrollo de la sociedad".

En todo caso, el 2% de lo recaudado será considerado ingreso del organismo de cuenca, al tiempo que el 98% restante se ingresará en el Tesoro y será destinado a través de los Presupuestos Generales del Estado (PGE) a "actuaciones de protección y mejora del dominio público hidráulico".

De los PGE, este 98% pasará al sistema eléctrico, ya que la Ley 15/2012, la misma que impone los nuevos impuestos, establece que las cuentas públicas destinarán a la tarifa una cantidad similar a la recaudada a través de los gravámenes.

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