El Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente ha defendido su gestión del trasvase Tajo-Segura, en el que afirma se "aplica escrupulosamente la normativa vigente", así como en la autorización de transferencias de agua a través de esta infraestructura, después de que este miércoles el Gobierno de Castilla-La Mancha y 22 alcaldes de la zona hayan pedido el cese "inmediato" de las transferencias de agua.
En una nota informativa, el departamento que dirige Isabel García-Tejerina señala que la Ley de Evaluación Ambiental y el decreto de septiembre de 2014 establecen las reglas de explotación a seguir en el trasvase para calcular los recursos trasvasables desde la cuenca cedente del Tajo hasta las cuencas receptoras del Segura y del Júcar.
Según estas reglas, el Gobierno recuerda que el nivel de referencia en 2015 es de 304 hectómetros cúbicos (Hm3). Es más, indica que la Ley de Evaluación Ambiental establece en 400 Hm3 el nivel de referencia para la definición de excedentes trasvasables en la cabecera del Tajo (en los embalses de Entrepeñas y Buendía, de donde son los alcaldes que han pedido la paralización), pero establece un régimen transitorio para alcanzar progresivamente ese nivel en un máximo de cinco años.
"Todas las normas posteriores, como es el caso del Plan Hidrológico del Tajo aprobado el 11 de abril de 2014, acatan este nivel de referencia", insiste el Gobierno.
Igualmente, explica que la Ley de Evaluación Ambiental también establece ese régimen transitorio, que pasa gradualmente del anterior nivel de referencia de 240 Hm3 (establecido en la Ley del Plan Hidrológico Nacional de 2001) a los 400 Hm3 actuales, a razón de 32 hm3 al año. "Por tanto, el nivel de referencia durante 2015 es de 304 Hm3", apostilla el Gobierno.
En este sentido, apunta que el acuerdo de la regulación del trasvase Tajo-Segura fue suscrito por las cinco comunidades autónomas de las cuencas cedentes y receptoras (Extremadura, Madrid, Castilla-La Mancha, Comunidad Valenciana y Región de Murcia), con el objetivo de incrementar las garantías ambientales y de preferencia de la cuenca cedente (la del Tajo), otorgar seguridad jurídica al acueducto y a todos los interesados, y mejorar el funcionamiento del trasvase.