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El Supremo ratifica la decisión de no suspender cautelarmente la exclusión de la oferta de Acciona por ATLL

  • Sede del Tribunal Supremo en Madrid
    Sede del Tribunal Supremo en Madrid
  • El Órgano Administrativo de Recursos Contractuales de Cataluña (OARC) excluyó a la recurrente del procedimiento tras haber sido elegida adjudicataria del mismo, en una decisión que está recurrida ante el TSJ de Catalunya.

Sobre la Entidad

Redacción iAgua
Redacción de iAgua. La web líder en el sector del agua en España y Latinoamérica.

El Tribunal Supremo (TS) ha desestimado las medidas cautelares que solicitó BTG Pactual para que no se ejecutase el dictamen del Órgano Administrativo de Recursos Contractuales de Catalunya (OARCC) que dejaba sin efecto la oferta de Acciona - en la que BTG Pactual es socio - en la adjudicación de la gestión de la empresa Aigües Ter-Llobregat (ATLL).

La Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo ha ratificado la decisión del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña y ha rechazado suspender de forma cautelar la decisión del Órgano Administrativo de Recursos Contractuales de Cataluña (OARC) que excluyó a la recurrente del procedimiento, después de haber sido elegida adjudicataria del mismo y comenzar a prestar el servicio el 1 de enero de 2013.

La Sala de lo Contencioso-administrativo señala que la Generalitat de Cataluña formalizó el contrato con Acciona sin esperar a la resolución posterior del OARC que la dejó fuera del concurso. Recuerda que, de prosperar el recurso contencioso-administrativo, si no es posible su reposición como adjudicataria, podrá ser resarcida como sucede en otros casos.

Los daños económicos para los intereses públicos por los que vela la Generalitat de Cataluña, según la sentencia, dependerán de la suerte que haya de correr el concurso y de la adjudicación que finalmente se efectúe, por lo que no cabe tenerlos por tan precisos y determinados como mantiene la recurrente, que los cifró en más de mil millones de euros.

Reacciones

El Govern catalán han declinado pronunciarse sobre el fallo del TS hasta que responda al recurso que presentó la propia Generalitat para pedir la suspensión cautelar de la resolución del OARCC, respuesta que se prevé en los próximos días.

Fuentes de Agbar han argumentado que, tras llegar al Tribunal Supremo, la Generalitat "no tiene más remedio que acatar la resolución del OARCC y del TSJC, así como del Tribunal Supremo, y liquidar de forma inmediata el contrato".

Añaden que, en consecuencia, "Acciona tiene que ser excluida de la gestión del contrato" y la gestión deberá ser asumida de forma transitoria por la Generalitat hasta que se realice la nueva adjudicación.

Por su parte, fuentes de Acciona han señalado a iAgua que "se trata de un proceso tangencial, centrado en medidas cautelares, no en los recursos contenciosos administrativos  en el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) sobre el fondo del asunto que están aún en trámite y que se centran en la validez o no del dictamen del OARCC y de la adjudicación". Asimismo, han añadido que "el TSJC ha denegado dos veces y mediante resolución firme la suspensión del contrato solicitada por la oferta competidora".

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