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El Ayuntamiento de Ourense deberá pagar a Acuaes más de 4,4 millones de euros por la EDAR de Reza

  • Ayuntamiento Ourense deberá pagar Acuaes más 4,4 millones euros EDAR Reza
    Ayuntamiento de Ourense. (imagen: CC/Wikipedia)

El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha estimado el recurso de apelación interpuesto por Aguas de las Cuencas de España (Acuaes) y ha determinado que el Ayuntamiento de Ourense deberá pagar a esta entidad 4.492.228 euros más intereses como consecuencia de gastos derivados de la construcción de la estación depuradora de aguas residuales de Reza.

Según ha indicado el gobierno local en un comunicado, se trata de un pleito cuyo origen se remonta a mandatos municipales anteriores al actual, derivados de un convenio firmado en 2009.

La sala estima el recurso de apelación interpuesto por Acuaes contra la sentencia de junio del año pasado del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 2 de Ourense, que revoca parcialmente y condena al Ayuntamiento a pagar los 4.492.228 euros más los intereses correspondientes.

El fallo no es firme y la junta de gobierno local del Ayuntamiento estudiará en su sesión de esta semana (que se celebrará el viernes) la propuesta de los servicios jurídicos de interponer recurso de casación ante el Tribunal Supremo.

Peticiones

Acuaes le reclamaba al Ayuntamiento de Ourense esta cantidad en virtud del convenio suscrito por la Sociedad Estatal Aguas de la Cuenca del Norte S.A., la Xunta de Galicia, el organismo autónomo Aguas de Galicia y el Ayuntamiento para la ejecución y explotación de las obras de mejora del saneamiento de Ourense.

El Ayuntamiento se opuso a la demanda y un juzgado decretó que el Ayuntamiento no tenía que pagar la cuantía reclamada por las obras de la EDAR de Reza, que solo estimaba parcialmente la demanda de Acuaes y condenaba el Ayuntamiento a abonar 631.543,24 euros derivados del convenio para las obras del abastecimiento más los intereses (por importe de 43.596,57 euros), hasta un total de 675.139,81 euros.

La sociedad estatal recurrió y ahora el alto tribunal gallego ha estimado su recurso.

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