La mala calidad de las aguas superficiales en el eje del Tajo es objeto de controversia desde hace décadas. La diversidad de las presiones existentes (efluentes de depuradoras urbanas, fertilizantes agrícolas, detracciones del Trasvase Tajo-Segura...) dificulta la caracterización del problema y el diseño de soluciones. Un estudio del Observatorio del Agua de la Fundación Botín, del que mostramos resultados preliminares, está cuantificando el efecto de cada una de las presiones y los cambios necesarios para mejorar el estado de las aguas.
La definición del problema: ¿Qué es realmente lo que está mal?
Los objetivos de calidad de las aguas superficiales se definen en la Directiva Marco del Agua y en su transposición a la legislación española. Según la legislación, el buen estado ecológico de las aguas se mide mediante el valor cuantitativo de unos indicadores biológicos, hidromorfológicos y físico-químicos (concentración de oxígeno y nutrientes nitrogenados o fosforados). El estudio se centra en estos últimos, al poder reproducir su comportamiento con modelos matemáticos contrastados.
El Real Decreto 817/2015 de evaluación del estado de las aguas superficiales establece la concentración máxima de contaminantes, que para un río como el Tajo entre Aranjuez y Toledo es de 1 mg/l para el amonio y 0,4 mg/l para el fosfato. Pero las concentraciones actuales, medidas por la red oficial de control del estado de las masas de agua superficiales (Red CEMAS), muestran medias por encima de 5mg/l de amonio y 0,6 mg/l de fosfato. El origen del amonio (un subproducto de la descomposición de la urea, presente en la orina) se encuentra en los vertidos de las grandes depuradoras urbanas de la zona metropolitana de Madrid y ciudades circundantes, que el Jarama va transportando hasta su desembocadura en el Tajo. En el caso del fosfato, al origen urbano (presente por ejemplo en detergentes de lavadora) habría que sumar las aportaciones de los fertilizantes agrarios. La concentración de estos contaminantes en el eje del Tajo también viene condicionada por el caudal del río, que viene mermado por las detracciones del trasvase Tajo-Segura.
La mala calidad de las aguas superficiales en el eje del Tajo es objeto de controversia desde hace décadas
El peso relativo de la contaminación de depuradoras urbanas vs. contaminación difusa agraria
El uso de modelos matemáticos nos permite cuantificar el porcentaje relativo de cada vertido en la cantidad de contaminantes en las aguas receptoras. Separando por tipología, los resultados de la investigación muestran que más del 95% de la concentración de amonio y nitratos medida en los ríos de la zona de estudio tienen su origen en las depuradoras urbanas. En el caso de los fosfatos, más del 80% estaría originado en los vertidos de las depuradoras, mientras que el porcentaje restante procedería de contaminación difusa, mayormente de fertilizantes agrarios.
Las depuradoras urbanas son, por tanto, la mayor fuente de contaminación de los ríos de la zona. ¿Eso quiere decir que incumplen la ley? Los vertidos de las depuradoras deben cumplir dos condicionantes: que la concentración de contaminantes en el vertido esté por debajo de los valores autorizados, y que las aguas receptoras cumplan con los objetivos ambientales. Los valores autorizados a los vertidos están alineados con los valores estándar de la Directiva Europea 91/271 y los Reales Decretos 11/1995, 509/1996 y 2116/1998: 25mg/l de demanda biológica de oxígeno y 1mg/l de fósforo total para las grandes depuradoras (en muchos casos el nitrógeno no está limitado al no estar declarada zona sensible a eutrofización por este elemento en la Resolución del MITECO correspondiente). Dichos valores se cumplen con creces en las depuradoras de la zona metropolitana de Madrid. Pero como hemos visto, el segundo condicionante no se cumple, lo que apunta a que las autorizaciones de vertido deberían ser más restrictivas para alcanzar los objetivos medioambientales establecidos.
Las depuradoras urbanas son la mayor fuente de contaminación de los ríos de la zona
La legislación permite el establecimiento de objetivos medioambientales menos rigurosos (artículo 4.5 de la Directiva Marco del Agua y artículo 37 del RD907/2007 del Reglamento de Planificación Hidrológica) cuando los costes de las medidas correctoras se consideran desproporcionados. El Plan Hidrológico actual (RD1/2016) aplica esta cláusula al Manzanares a su paso por Madrid y al bajo Jarama. Pero la propia ley (artículo 4.9 de la Directiva Marco del Agua y artículo 39bis del RD907/2007 del Reglamento de Planificación Hidrológica) especifica que dichas exenciones no deben poner en peligro el logro de los objetivos medioambientales en otras masas, como el Tajo entre Aranjuez y Toledo.
El Trasvase Tajo-Segura y la capacidad de dilución del Tajo
Una vez identificada la principal fuente de polución, analizamos el efecto del trasvase sobre la calidad de las aguas del Tajo. Ya hemos visto que con los volúmenes actuales de trasvase (con una media de 30 hm3/mes) no se alcanzan los límites de los elementos físico-químicos compatibles con el buen estado, pero ¿cuánto debería bajar el volumen trasvasado para alcanzarlos?
Menores volúmenes trasvasados permiten una mayor capacidad de dilución del Tajo y una menor concentración de contaminantes. El estudio muestra que incluso sin el trasvase, los vertidos urbanos transportados por el Jarama seguirían imponiendo una concentración de amonio en el Tajo por encima del permitido. Por tanto, solamente aumentando el caudal del Tajo no se pueden alcanzar el buen estado ecológico del río aguas abajo de Aranjuez.
El estudio muestra que incluso sin el trasvase, los vertidos urbanos transportados por el Jarama seguirían imponiendo una concentración de amonio en el Tajo por encima del permitido
Sin depuradoras no hay paraíso
Hemos observado que los vertidos urbanos depurados son la mayor causa de contaminación del Tajo Medio, y que ni siquiera dejando de trasvasar agua desde la cabecera se podría recuperar la calidad de las aguas del río. Por tanto, toda solución pasa por la reforma de las grandes depuradoras urbanas de la Comunidad de Madrid. Los enormes costes asociados a esta mejora implican que toda actuación debe ser escalonada.
Si se toman estas medidas, al ir mejorando la calidad de las aguas circulantes por el Jarama, llegará un momento en el que los parámetros físico-químicos en el Tajo serán compatibles con un buen estado ecológico. En ese caso y sin considerar las implicaciones que tienen los caudales circulantes sobre otros parámetros que influyen sobre el buen estado, se pueden calcular los volúmenes que sería posible transvasar sin que las concentraciones de contaminantes rebasaran los límites establecidos. El estudio muestra que para llegar a los niveles medios de trasvase actuales sería necesario reformar las depuradoras Sur, China, Rejas, Valdebebas y Butarque.
En todo caso, para cumplir con los objetivos medioambientales fijados por la legislación, las decisiones de trasvase deberían tener en cuenta la consecución del buen estado de las aguas superficiales del Tajo, y no solamente el volumen de reservas embalsadas. La investigación en curso permite dotar a los gestores de las herramientas cuantitativas necesarias para dicha toma de decisiones.