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Aportación del Guadalquivir al Handbook-Inbo 2018, en materia de participación de usuarios de agua

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Iniciativa del Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente y la web Spain Technology del ICEX para dar a conocer la excelencia de los sectores público y privado en la gestión del ciclo del agua.

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  • Aportación Guadalquivir al Handbook-Inbo 2018, materia participación usuarios agua

La Confederación Hidrográfica del Guadalquivir presentó el pasado 21 de diciembre de 2017 ante la RIOC (Red Internacional de Organismos de Cuenca) una aportación al nuevo manual o handbook que esta organización se encuentra redactando con el título “La participación de los actores económicos y de la sociedad civil en las cuencas de los ríos, lagos y acuíferos” y cuyo objetivo es su publicación para el próximo Foro Mundial del Agua de Brasilia en marzo de 2018 además de su incorporación a la colección de manuales que la RIOC tiene creada desde 2009.

Básicamente, y dentro de la tabla de contenidos que la RIOC ofrecía, la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir se centró en el subepígrafe titulado “Mecanismos formales de participación en la Cuencas” dentro del cual se desarrollaron las siguientes cuestiones:Marco legislativo nacional que permite la participación, participación en Comités o Comisiones de cuenca, participación a través de grupos de trabajo o subcomités y comités locales o regionales cercanos a las poblaciones y actores económicos.

Dentro del marco legislativo, se hizo referencia con carácter general a la Constitución española (arts. 9.2, 23.1 y 45), así como al art. 3.1.c) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. De manera más específica, se mencionaron el art. 3.2 de Ley 27/2006, de 18 de julio que regula los derechos de acceso a la información, de participación pública y de acceso a la justicia en materia de medio ambiente; los arts. 15.1 y 26 al 36 del Real Decreto legislativo 1/2001, de 20 de julio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Aguas; los arts. 216 a 227 del Real Decreto 849/1986, de 11 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de Dominio Público Hidráulico; los arts. 28 al 56 del Real Decreto 927/1988, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Administración Pública del Agua y de la Planificación Hidrológica, en desarrollo de los títulos II y III de la Ley de Aguas y, por último, el art. 4 del Real Decreto 926/1989, de 21 de julio de Constitución de la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir.

En cuanto a la participación orgánica mediante la cual el ciudadano se incorpora, directamente o a través de representantes, en la organización de órganos administrativos, hay que distinguir dos grandes ámbitos: Por una parte, en el Organismo de cuenca o Confederación Hidrográfica en su condición de Organismo Autónomo de la Administración General del Estado adscrito al Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente (administración institucional) y, por otra, en las Comunidades de regantes en su condición de corporaciones de derecho público adscritas al organismo de cuenca (administración corporativa) y formadas por los usuarios del agua y otros bienes de dominio público hidráulico de una misma toma o concesión.

El subepígrafe del Handbook concerniente a la “participación en Comités o Comisiones de cuenca” (que se vino a identificar con la denominada “Administración institucional”), se procedió a la exposición de los órganos típicamente representativos de los Organismos de cuenca, con mención especial, en cuanto a su composición, a los correspondientes a la cuenca del Guadalquivir. Así, se expuso gráficamente la composición de la Junta de Gobierno (órgano de gobierno) y la Asamblea de usuarios, las Juntas de explotación, la Comisión de desembalse, el Consejo del agua y la Junta de obras (órganos de gestión o participación) con la participación en los mismos de los usuarios del agua (abastecimiento, regadío, energéticos y otros usos).

Dentro del subepígrafe “participación en comités locales o regionales cercanos a las poblaciones y actores económicos”, se hizo inevitable exponer el modelo único y genuino de España en la gestión y administración colectiva del agua en torno a la figura de las Comunidades de regantes (identificada con la denominada “Administración corporativa”) cuyo conocimiento se consideró importante para poder exportar este tipo de asociación de regantes a otros países en desarrollo, con el objetivo de que el escaso recurso del agua, como bien de titularidad pública, pueda llegar a ser distribuido con el máximo rigor, eficiencia y equidad. Dentro de estas comunidades se hizo referencia a la participación, en este caso, de los usuarios integrantes de cada comunidad en los órganos propios de cada comunidad y que la legislación española de aguas identifica en un triple ámbito legislativo, ejecutivo y judicial con la Asamblea general, la Junta de Gobierno y el Jurado de riegos.

Por último, y de forma ejemplificativa, se procedió a reseñar algunos aspectos característicos de la cuenca del Guadalquivir entre los que se destacó que la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir gestiona una cuenca de 57.184 km2, en las que ha impulsado numerosas actuaciones en materia de construcción de infraestructuras, las cuales han permitido garantizar el suministro en cantidad y calidad tanto para el riego como para el abastecimiento humano e industrial. Así, desde el embalse del Guadalmellato, construido en 1928, hasta los más recientes de Melonares, Breña II, Arenoso y Siles, nuestro organismo de cuenca ha venido construyendo y explotando cincuenta y dos embalses con una capacidad total próxima a los 8.000 hectómetros cúbicos, lo que ha permitido transformar en regadío más de 700.000 hectáreas en la cuenca. Dentro de la cuenca existen unas 3.500 comunidades de regantes (en tramitación o constituidas) las cuales presenta una superficie media de unas 100 hectáreas.

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