La Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento (SUNASS) publicó en el diario oficial El Peruano la resolución N° 048 – 2015 – SUNASS-CD, con la propuesta de Metodología, criterios técnico-económicos y procedimiento aplicable a la Tarifa de Monitoreo y Gestión de Uso de Aguas Subterráneas a cargo de las entidades prestadoras de servicios de saneamiento (EPS), en cumplimiento de lo dispuesto por el Decreto Legislativo N°1185.
El agua subterránea es una de las principales fuentes de abastecimiento para las EPS y la principal reserva en caso de sequía. Por años, el agua fue considerada como un recurso renovable, cuyo uso no se veía limitado por el peligro de agotamiento. Sin embargo, las recientes crisis hídricas en Sao Paulo, California y Las Vegas, han demostrado la necesidad de gestionar el agua subterránea para garantizar el abastecimiento a la población.
El Perú no está ajeno a esta problemática. Con el fin de cautelar el aprovechamiento eficiente y sostenible de las aguas subterráneas, el Decreto Legislativo N° 1185 reguló el régimen especial de monitoreo y gestión de uso de aguas subterráneas a cargo de las EPS, estableciendo el pago de una tarifa por dicho servicio, cuya metodología de cálculo debe ser elaborada por Sunass.
El servicio de monitoreo y gestión de uso de aguas subterráneas consiste en la puesta a disposición del recurso hídrico subterráneo en favor de los usuarios que explotan dichas aguas. Para ello, las EPS monitorean el nivel y calidad de los acuíferos y realizan inversiones, cuyos costos han venido siendo financiados por los usuarios del servicio de agua potable conectados a la red pública.
La tarifa, a calcularse con la metodología propuesta por Sunass, contribuirá a que la EPS tenga a su disposición las aguas subterráneas en cantidad suficiente y con la calidad necesaria para garantizar la prestación de los servicios de saneamiento. Asimismo, permitirá recuperar los costos de inversión, operación y mantenimiento en los que la EPS ha incurrido para que los usuarios tengan a su disposición las aguas subterráneas, generando incentivos para su aprovechamiento eficiente y sostenible.
La propuesta publicada otorga un plazo de 15 días calendario a fin de que los interesados puedan presentar sus comentarios, por vía electrónica a gpn@sunass.gob.pe o en la sede institucional de la SUNASS (Av. Bernardo Monteagudo Nº 210-216, Magdalena del Mar). Dicho plazo vence el 11 de enero de 2016.