Redacción iAgua
Connecting Waterpeople
AGS Water Solutions
RENOLIT ALKORPLAN
Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
AMPHOS 21
Confederación Hidrográfica del Segura
Aqualia
HRS Heat Exchangers
ADECAGUA
s::can Iberia Sistemas de Medición
Catalan Water Partnership
KISTERS
SCRATS
Fundación CONAMA
Minsait
Fundación Biodiversidad
Saint Gobain PAM
Global Omnium
Hidroconta
Xylem Water Solutions España
Vector Energy
TEDAGUA
Molecor
ACCIONA
Red Control
ISMedioambiente
Grupo Mejoras
Lama Sistemas de Filtrado
ICEX España Exportación e Inversiones
Barmatec
Likitech
Schneider Electric
AECID
DATAKORUM
Filtralite
FENACORE
Rädlinger primus line GmbH
ADASA
Ingeteam
Consorcio de Aguas Bilbao Bizkaia
EPG Salinas
ONGAWA
ESAMUR
Fundación Botín
Agencia Vasca del Agua
Sacyr Agua
TRANSWATER
Cajamar Innova
Almar Water Solutions
CAF
Centro Nacional de Tecnología de Regadíos (CENTER)
Sivortex Sistemes Integrals
Innovyze, an Autodesk company
GS Inima Environment
IAPsolutions
LACROIX
Baseform
Hach
Amiblu
J. Huesa Water Technology
FLOVAC
TecnoConverting
Laboratorios Tecnológicos de Levante
Asociación de Ciencias Ambientales
Idrica

Se encuentra usted aquí

Establecer criterios técnicos, clave para identificar y delimitar las cabeceras de cuenca

  • Establecer criterios técnicos, clave identificar y delimitar cabeceras cuenca
  • Medida fortalecerá el trabajo del organismo regulador en impulsar la conservación de las fuentes de agua a través de Mecanismos de Retribución por Servicios Ecosistémicos (MRSE).

Sobre la Entidad

Sunass
El organismo regulador de la prestación de servicios de agua potable y alcantarillado del Perú.

La Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento (SUNASS) calificó de pertinente la modificatoria de la Ley de Recursos Hídricos (Ley 30640), mediante la cual se dispone el establecimiento de los criterios técnicos para la identificación y delimitación de las cabeceras de cuenca.

En efecto, la referida ley modificó el artículo 75 de la Ley de Recursos Hídricos con el objetivo de regular la conservación y protección de las cabeceras de cuenca, incorporando el establecimiento de los criterios técnicos para la identificación y delimitación de las cabeceras de cuenca, a fin de evaluar la implementación de medidas especiales para su protección y conservación según su vulnerabilidad.

De esta manera el artículo 75 de la Ley de Recursos Hídricos, quedó modificado bajo los siguientes términos:

Artículo 75. Protección del Agua

(…) El Estado reconoce como zonas ambientalmente vulnerables las cabeceras de cuenca donde se originan los cursos de agua de una red hidrográfica. La Autoridad Nacional del Agua, con opinión del Ministerio del Ambiente, pueden declarar zonas intangibles en las que no se otorga ningún derecho para uso, disposición o vertimiento de agua. Asimismo, debe elaborar un Marco Metodológico para definir el concepto de “Cabecera de Cuenca” y en base a ello definir Criterios Técnicos para la Identificación, Delimitación y Zonificación de las Cabeceras de Cuenca de las Vertientes Hidrográficas del Pacífico, Atlántico y Lago Titicaca”.

En ese sentido, SUNASS considera de suma importancia la precisión legislativa porque permitirá complementar los esfuerzos que viene realizando el organismo regulador para proteger y conservar las fuentes de agua, mediante Mecanismos de Retribución por Servicios Ecosistémicos (MRSE) en los estudios tarifarios de las Empresas Prestadoras de los Servicios de Saneamiento (EPS).

A la fecha, SUNASS ha incorporado en la tarifa el concepto de Mecanismo de Retribución por Servicios Ecosistémicos (MRSE) en 19 EPS, generando fondos por cerca de 100 millones de soles, que servirán para financiar proyectos ecosistémicos (infraestructura verde) liderando a nivel latinoamericano los esfuerzos regulatorios para impulsar la conservación de las fuentes de agua.

El trabajo de SUNASS, de las EPS y de grupos impulsores en cada región es parte de los esfuerzos por implementar la gestión integrada de los recursos hídricos con enfoque de cuenca, que le dará sostenibilidad a los servicios de agua potable en beneficio de la población.  

La redacción recomienda