No se puede negar que España tiene unos servicios de calidad del agua elevados. Décadas de experiencia donde la construcción de infraestructuras dotó al país de un acceso al agua potable de calidad y de un alto nivel de tratamiento de las aguas residuales, parecen haberse quedado atrás con las exigencias de la normativa europea.
Y es que España arrastra una serie de incumplimientos en cuanto a la normativa que se refiere al tratamiento de las aguas residuales (Directiva 91/271/CEE) impuesta por Bruselas, cuyo plazo para adaptar las infraestructuras municipales finalizaba en 2001. Ahora, en 2020, diecinueve años después de la primera fecha límite y casi treinta años después desde que se aprobara la Directiva, la depuración de las aguas residuales urbanas sigue siendo una de las principales batallas entre Bruselas y España.
La amenaza fantasma
Nada más y nada menos que diez años tenían los Estados miembros para dotar de un sistema de aguas residuales a sus poblaciones de más de 15.000 habitantes desde que se aprobara la Directiva 91/271/CEE. Pero llegada la fecha límite, España no logró cumplir el requerimiento en muchas de sus localidades, careciendo estas de sistemas colectores ni de sistemas de tratamiento de aguas residuales urbanas. Esto supuso que, en 2010, llegara la primera advertencia para el Estado español, llevada ante la Justicia europea por la Comisión.
Un año después, el Tribunal de Justicia europeo (TJUE) dictó sentencia y denunció a España por no llevar a cabo una correcta depuración de las aguas residuales en 37 localidades de más de 15.000 habitantes, pero en lugar de haber sanción, se obtuvo una ampliación del plazo -hasta 2013- para el cumplimiento de la sentencia. Una oportunidad de oro que se desaprovechó.
La multa podría seguir creciendo de prosperar otros cuatro procesos de infracción europeos por la falta de tratamiento de aguas urbanas
Dando un salto de luz a 2016, tres años después del nuevo plazo para que España adaptara las infraestructuras de depuración de aguas residuales, la sombra de la Comisión Europea se posa de nuevo sobre el país: de las 37 localidades iniciales que no disponían aún de sistemas correctos de tratamiento, 17 seguían careciendo de ellas: Matalascañas, Alhaurín el Grande, Isla Cristina, Tarifa, Coín, Estepona-San Pedro de Alcántara, Nerja y Barbate (Andalucía), Gijón Este (Asturias), Santiago de Compostela, Aguiño-Carreira-Ribeira y Vigo (Galicia), Benicarló, Peñíscola y Teulada-Moraira (Comunidad Valenciana), Noreste (Valle Guerra) y Valle de Güímar (Tenerife, Islas Canarias).
La falta de un nivel adecuado de recogida y tratamiento de las aguas residuales plantea riesgos significativos para la salud humana, las aguas interiores y el medio marino. Esto supuso que España se enfrentara a una multa a tanto alzado por un importe de más de 46 millones de euros, más una multa coercitiva de más de 170.000 euros por cada día de retraso en dicho cumplimiento a partir de la fecha en la que el Tribunal dictara su segunda resolución. Cuando el TJUE dictó sentencia en 2018, ocho de ellas ya se habían puesto al día y nueve aún seguían contraviniendo la normativa europea: Matalascañas, Alhaurín el Grande, Isla Cristina, Tarifa, Coín, Nerja y Barbate (Andalucía), Gijón Este (Asturias) y Valle de Güímar (Tenerife, Islas Canarias). La sentencia quedó entonces reducida a una multa coercitiva de 10.950.000 euros por cada semestre de retraso y una suma a tanto alzado de 12 millones de euros, siendo la primera sentencia condenatoria de estas características a nuestro país en materia medioambiental.
La reiteración y el prolongado incumplimiento de los requisitos de depuración en España que señala Bruselas, han supuesto ya para las arcas del Estado el pago de 32,7 millones de euros en concepto de multa; una cantidad que previsiblemente seguirá creciendo a tenor de la sanción impuesta, al menos, hasta 2023, cuando España prevé poder satisfacer los deseos de Bruselas. Pero este no es el único problema.
Bruselas contraataca
El asunto de los núcleos de población mayores no es el único descontento de Bruselas con España. La multa millonaria ya impuesta podría seguir creciendo de prosperar otros cuatro procesos de infracción europeos por la falta de tratamiento de las aguas urbanas, agrupados en función del tamaño de las poblaciones que no depuran, de la deficiencia y de las zonas naturales afectadas. Y es que cuando al agua se refiere, cualquier tamaño de la flota importa.
De nuevo, de acuerdo a la Directiva 91/271/CEE, las aglomeraciones de entre 10.000 y 15.000 habitantes equivalentes (h-e) tenían que someter sus aguas residuales urbanas a un tratamiento secundario a más tardar en 2005 y, en el caso de vertidos a masas de agua dulce y estuarios, las de aglomeraciones de entre 2.000 y 10.000 habitantes. Siete años después del plazo inicial, en 2012, España recibe una carta de emplazamiento por parte de la Comisión al observar que 612 aglomeraciones de entre 2.000 y 15.000 h-e cometían una infracción sistemática de la normativa; y en febrero de 2015, ante la reiteración, recibe un dictamen motivado. A ello se suman otras 400 aglomeraciones de todo tipo que siguen sin depurar correctamente sus aguas.
Las circunstancias exigen a España revisar y actualizar las acciones planteadas, tanto en términos económicos, sociales y ambientales
El cuarto expediente abierto afecta a cuatro aglomeraciones de más de 10.000 habitantes que siguen vertiendo agua sin una depuración conforme a la directiva en zonas declaradas sensibles. Berga, Figueres, El Terri (Banyoles) y Pontevedra, las cuatro en cuestión, debían cumplir desde 1999. Tras varios requerimientos de Bruselas, la Comisión demandó a España y el Tribunal la condenó en 2016, pero no acarreó sanción (aún).
Sumado todo ello, la Comisión advirtió de un incumplimiento generalizado de las obligaciones de la Directiva principalmente en grandes aglomeraciones españolas, enviando en diciembre de 2016 una nueva carta de emplazamiento. Sin embargo, y pese a los avances del Estado español en materia de infraestructuras, en 2020 España recibe un nuevo requerimiento para 133 aglomeraciones urbanas que carecen del tratamiento requerido por la normativa. ¿Cuándo pondrá fin España a la situación?
El despertar de España
Los diferentes procedimientos de infracción que Bruselas mantiene con España por los retrasos en la aplicación de la legislación comunitaria de aguas, ponen en evidencia el déficit de la planificación hidrológica española que, ya sea con el cumplimiento de los objetivos ambientales como respecto a la satisfacción de las demandas de agua, necesita una gran revisión.
Estas circunstancias exigen a España revisar y actualizar las acciones planteadas, tanto en términos económicos, sociales y ambientales como en términos administrativos, e integrarlas en los mecanismos de planificación hidrológica (planes de cuenca y plan hidrológico nacional), según su naturaleza y alcance. Para ello, y con el objetivo de evitar que lleguen más sanciones multimillonarias como la que ya está pagando, el Gobierno español pretende dar respuesta a las exigencias de Bruselas con el Plan Nacional de Saneamiento y Depuración de Aguas Residuales (Plan DSEAR).
España arrastra una serie de incumplimientos en cuanto a la normativa que se refiere al tratamiento de las aguas residuales
Dicho plan recoge el catálogo de actuaciones en estas materias incluidos en los Planes Hidrológicos, y sienta las bases para fijar los criterios generales que permitan priorizar y estudiar la viabilidad de medidas y actuaciones, así como la definición del papel de las distintas administraciones y sus ámbitos de responsabilidad en el proyecto, evaluación, construcción y explotación de las actuaciones contempladas. En cifras, el Plan DSEAR establece los criterios para dar prioridad a unas actuaciones sobre otras de entre las 3.500 medidas de saneamiento y depuración contempladas en los planes hidrológicos españoles, que suponen una inversión estimada en unos 10.000 millones de euros. Además, desde la Dirección General del Agua, España prevé llevar a cabo, hasta 2023, 86 actuaciones que cuentan con una financiación europea de 477 millones de euros.
El Plan DSEAR llega muy tarde en forma de respuesta. Pero llega. Lo que falta por saber es si este se cumplirá tal y como se formula, o si por el camino en la aplicación del mismo regresarán los fantasmas del pasado en los que la falta de transparencia en los escenarios de gestión, de responsabilidades y de compromiso, vuelvan a relegar al agua a un segundo plano de las prioridades políticas.
Que la correcta gestión del agua nos acompañe.