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Ya se pueden solicitar los permisos para la pesca de trucha en la región salmonícola superior de Navarra

Sobre la Entidad

Gobierno de Navarra
El Gobierno de Navarra es la institución de carácter ejecutivo en que se organiza el autogobierno de la Comunidad Foral de Navarra (España).
  • Se concederán un máximo de cinco autorizaciones por pescador.

A partir del 14 de abril, se pueden solicitar los permisos para la pesca de trucha en la región salmonícola superior, bien a través de internet o en el teléfono 012 Infonavarra (o el teléfono 948 217 012 desde fuera de Navarra), en horario de 8 a 19 horas, de lunes a viernes.

Cada pescador podrá solicitar un máximo de cinco permisos a lo largo de toda la temporada, independientemente del tipo de pesca, incluida también la denominada “sin muerte”. El Departamento de Medio Ambiente concederá esta temporada un total de 17.519 autorizaciones de pesca.

Esta temporada no se podrá pescar trucha en los ríos Ega y Urederra (tampoco en el acotado de trucha este último río), debido a la baja densidad detectada en estas cuencas. Finalmente, se ha establecido un cupo de tres truchas por pescador, que deberán ser inferiores a los 35 centímetros y superiores a los 20 (cauces secundarios) y 23 (cauces principales).

La normativa que regirá en la campaña de 2014, tanto en lo que se refiere a fechas, zonas, artes, número de ejemplares y tamaño de los mismos viene detallada en la Orden Foral 19/2014, del consejero de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local, cuyo contenido se ha recogido también en un folleto sobre las normas de pesca.

Sistema de peticiones

Para tramitar un permiso de pesca en la región salmonícola superior será absolutamente necesario que el pescador cuente con la licencia de pesca y que en la base de datos de licencias del Gobierno de Navarra consten sus datos correctos. Puede obtener la licencia de pesca o comprobar sus datos a través del Catálogo de Servicios.

De los cinco permisos de que podrá disponer cada pescador, uno de ellos deberá ser en día laborable (se consideran festivos los sábados, domingos y festivos oficiales en Navarra). Las autorizaciones se concederán de forma escalonada. Concretamente, entre hoy, 14 de abril, y el 2 de mayo, podrán disfrutarse de un máximo de dos permisos. Entre el 2 de mayo y el 2 de junio, podrán solicitarse otros dos permisos como máximo, y, entre el 2 y el 30 de junio, otro permiso. No obstante, no es obligatorio solicitar el número máximo de permisos en cada tramo de fechas. Se puede reservar parte o la totalidad de ellos desde hoy mismo hasta final de temporada. En cualquier caso, las autorizaciones se concederán en función de la disponibilidad.

En el momento de solicitar el permiso, el pescador deberá indicar la modalidad de pesca que va a practicar, es decir pesca extractiva o captura y suelta.

Distribución de los permisos por cuencas

En total, el Departamento de Medio Ambiente autorizará 17.519 permisos de pesca de trucha esta temporada, un 35% menos que en la temporada precedente, en la que se permitieron 27.197 pases. Las restricciones vienen motivadas por la baja densidad de ejemplares en los ríos navarros, lo cual obliga al Gobierno de Navarra a compatibilizar la viabilidad de las especies y el disfrute de su actividad a los pescadores.

La región salmonícola superior se ha dividido en siete cuencas. Para cada cuenca habrá una cantidad de permisos disponibles que se corresponde con la abundancia de especies pescables:

  • Arga-Ultzama: 553 permisos, coto de Eugi: 216 permisos
  • Arakil-Larraun: 303 permisos
  • Baztan-Bidasoa: 8.428 permisos
  • Ega-Urederra: 0 permisos, coto de Zudaire: 0 permisos (cuenca vedada)
  • Irati-Erro: 3.269 permisos
  • Oria-Urumea: 4.750 permisos
  • Eska-Salazar: 0 permisos (cuenca vedada)

Dentro de cada cuenca habilitada, el pescador acudir a cualquiera de los ríos disponibles en dicha zona.

Los pescadores que viven en las riberas de los ríos de la Región Salmonícola Superior también tienen que solicitar permisos para poder ir a pescar, pero tienen reservado temporalmente un 20 por ciento de los que corresponden a su zona. En caso de que no hagan uso de ellos, se liberarán a partir del 1 de mayo para el disfrute del resto de pescadores.

No será necesario solicitar un permiso para pescar en los cotos intensivos, ya que estos regulan por sí mismos la concesión de sus autorizaciones.

Zona salmonícola mixta

Por su parte la pesca de la trucha en la zona salmonícola mixta podrá desarrollarse entre el 1 de abril y el 31 de julio, todos los días de la semana salvo el martes, con un cupo de tres truchas de al menos 20 centímetros. No obstante, estará prohibido pescar durante el mes de abril desde dentro del cauce en las zonas de profundidad inferior a la rodilla, para proteger los frezaderos y las áreas de producción de los alevines de trucha.

La pesca del salmón atlántico y el reo en el tramo habilitado a tal efecto en el río Bidasoa se desarrollará entre el 1 de mayo y el día en el que se capture el salmón número 66 y, en el caso del reo, el número 17. Si no se hubieran conseguido aún tales capturas, el último día de pesca para ambas especies será el 15 de julio. Cada pescador podrá pescar un solo ejemplar de cada especie por día, en el caso del salmón de talla superior a 40 centímetros y en el del reo de entre 35 y 50 cm. Como novedades en la pesca del salmón, se introduce la potestad del Guarderío Forestal para prohibir la pesca cuando las condiciones hidráulicas adversas pueden provocar daños a los salmones u otras especies; y la limitación del horario de pesca, que pasa de 7 a 21:30 horas (antes era de 6.30 a 22.30 horas).

Región ciprinícola y especies invasoras

En cuanto a la región ciprinícola, en la que se puede pescar durante todo el año, las novedades de esta orden de vedas son dos: se limita a esta zona la utilización de peces artificiales con más de un anzuelo múltiple; pero se prohíbe la pesca con redes, autorizada en temporadas anteriores.

Respecto a la pesca de especies exóticas invasoras, se permite la pesca del alburno, siluro y pez gasto, además de los que se permitían anteriormente. Se mantiene el sacrificio obligatorio para todas las especies exóticas invasoras y la posibilidad de trasportarlas para autoconsumo o su eliminación para aquellas cuya pesca está permitida.

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