La Comisión lleva al Reino Unido ante el TJUE por no garantizar el adecuado tratamiento de las aguas residuales de diecisiete aglomeraciones urbanas. Los Estados miembros tienen que disponer de sistemas adecuados de recogida y tratamiento de las aguas residuales urbanas, pues el agua sin tratar supone un riesgo para la salud humana, las aguas interiores y el medio ambiente marino.
La normativa de la UE sobre tratamiento de las aguas residuales urbanas data de 1991, y establece generosos plazos para su aplicación. Los Estados miembros tenían hasta el final de 1998 para garantizar un tratamiento riguroso de las aguas residuales de aglomeraciones urbanas vertidas en zonas sensibles.
El plazo iba hasta el final de 2000 para garantizar el tratamiento adecuado de las aguas residuales de grandes aglomeraciones que se vierten en aguas no designadas, y hasta el final de 2005 para los vertidos procedentes de aglomeraciones de mediano tamaño y para los vertidos en masas de agua dulce y estuarios procedentes de localidades pequeñas.
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