El Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino (MARM) ha formulado la Declaración de Impacto Ambiental (DIA) favorable a la realización del proyecto de Central de Ciclo Combinado de 850 MW en Alange (Badajoz). La DIA, que hoy se publica en el BOE, ha resuelto que siempre y cuando se ejecute la alternativa elegida, y con las medidas y condiciones ambientales señaladas que se han deducido del proceso de evaluación, quedará adecuadamente protegido el medio ambiente y los recursos naturales.
Con esta actuación se incrementará la capacidad de generación de energía eléctrica, de modo que se atiendan las crecientes necesidades de suministro y diversificación eléctrica en Extremadura y con vistas a un futuro contexto de Mercado Ibérico de Electricidad. El promotor es Iberdrola Generación, S.A. U.
La central se construirá respetando la distancia mínima de población exigida por la legislación vigente. En relación al trazado del gaseoducto, después del análisis de varias opciones se ha escogido el Trazado A por discurrir en su mayor parte paralelo a la carretera y presentar menor afección sobre la hidrología, la vegetación, principalmente zonas de encinar bien conservadas existentes en el ámbito de estudio. No obstante, debido a la cercanía de la Zona de Especial Protección para las Aves (ZEPA) "Sierras Centrales y Embalse Alange" se limita a realizar las obras para la instalación del gaseoducto entre el 15 de febrero y 15 de junio. También se instalarán dispositivos de salvapájaros en la zona de construcción de la línea eléctrica.
LA DIA se ha hecho condicionando las posibles afecciones derivadas del funcionamiento de la central con el proyecto de ciclo combinado de Zarza. Los posibles efectos acumulativos o sinérgicos entre estas centrales serán analizados en la evaluación de impacto ambiental de la Central Térmica de Ciclo Combinado de Valverde de Mérida y en el de la Refinería de Balboa, ambas en la actualidad en fase de evaluación ambiental.
En ese sentido, la DIA establece una serie de condiciones y medidas correctoras para el control de la contaminación atmosférica, entre ellas, unas turbinas con un sistema de combustión en seco que garantice bajas emisiones de óxidos de nitrógeno (NOx), así como un sistema de evacuación de gases residuales a través de una chimenea de 90 metros de altura de acuerdo con lo indicado por la Agencia Estatal de Meteorología (AEMET).
Además se deberán instalar sistemas de medición continúo para controlar las concentraciones de los contaminantes de dióxido de azufre, óxidos de nitrógeno y monóxido de carbono y se facilitará su transmisión en tiempo real al órgano ambiental de la Junta de Extremadura. Previo al funcionamiento de la central, se instalará una red de vigilancia de la calidad del aire que permitirá conocer la contaminación de fondo existente, para así comprobar posteriormente la incidencia real de las emisiones y estará conectada en tiempo real a la Red Extremeña de Protección e Investigación de la Calidad del Aire.
Con anterioridad a la puesta en marcha del ciclo combinado, la central deberá disponer de la Autorización Ambiental Integrada expedida por la Comunidad Autónoma según la Ley 1/2005.
La resolución ministerial también establece condiciones para el control del ruido generados por la explotación de la central. Asimismo, se efectuará un seguimiento de los principales parámetros de funcionamiento de las torres de refrigeración: sobre el caudal de agua de aporte, se tomará un volumen total máximo de embalse de Algange de 8,66 hm3/año, mientras que el aporte de la reposición del agua del sistema de refrigeración no superará el caudal de 431 l/s. Para mitigar el impacto térmico del vertido se instalará un intercambiador de calor entre el caudal de agua de aporte a la central y se diseñará un sistema de difusión que permita una mezcla del vertido más rápida.
También se fijan condiciones de restauración ecológica y paisajística así como de preservación de patrimonio histórico-cultural afectado en la zona.
Según la resolución se establecerá Programa de Vigilancia tanto para la fase de construcción de la central y del gasoducto como durante la fase de explotación de la misma para realizar el seguimiento y control de los impactos y la eficacia de las medidas correctoras establecidas.